RESOLUCIÓN 21 2011 SUBSECRETARIA DE INVERSIONES

Síntesis:

APRUEBA LA INCORPORACIÓN DEFINITIVA DE DATCO SOCIEDAD ANÓNIMA AL REGISTRO DE EMPRESA TECNOLÓGICAS

Publicación:

26/05/2011

Sanción:

16/05/2011

Organismo:

SUBSECRETARIA DE INVERSIONES


VISTO:

la Ley N° 2972, los Decretos 543/GCBA/09, 1063/GCBA/09, las Resoluciones N° 425/MDEGC/09, 548/MDEGC/09, 164/MDEGC/11, el expte. N°43516/2009 y;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 2972, se creó el Distrito Tecnológico de la Ciudad de BuenosAires, en el área comprendida por las Avenidas Sáenz, Boedo, Chiclana, Sánchez de Loria y Brasil, las calles Alberti y Manuel García y la Avenida Amancio Alcorta en ambas aceras;

Que el referido distrito ha sido diseñado para fomentar que las empresas de origen TIC (tecnología de la información y la comunicación), puedan radicar su sede dentro de esa zona. De modo de posicionar a la Ciudad como un centro de excelencia para la producción de software y el desarrollo de tecnologías informáticas y de las comunicaciones;

Que por el art. 4° de la mencionada normativa se designó al Ministerio de Desarrollo Económico como autoridad de aplicación en la materia que se regula;

Que por el art. 6° de la referenciada legislación, se creó el Registro de empresas TIC, en el ámbito del Ministerio antes señalado;

Que en el Capitulo IV de la Ley en cuestión, se establecen los incentivos promocionales para aquellas empresas que se radiquen en el Distrito Tecnológico y estén inscriptas en el Registro de Empresas TIC;

Que por el Decreto N° 543/MDEGC/09, se establecieron las pautas y modos en que se realizarán las inscripciones en el Registro de Empresas Tecnológicas;

Que el Anexo I de la normativa ut supra mencionada, establece las pautas para proceder a inscribir a los interesados definitiva o provisionalmente en el Registro de Empresas Tecnológicas;

Que el objetivo de dicha inscripción, es a los fines de que la empresa inscripta pueda realizar los trámites tendientes a obtener de la autoridad competente distintos beneficios fiscales establecidos en la norma antes referenciada;

Que podrán inscribirse provisionalmente, conforme lo establece el art.6 del Capítulo II, Anexo I, Decreto N° 543/GCBA/09, aquellas empresas que acrediten su voluntad de radicarse en el Distrito Tecnológico en un plazo máximo de veinticuatro (24) meses;

Que están en condiciones de acceder a la inscripción definitiva, sólo aquellos que acrediten encontrarse efectivamente radicados en el mencionado Distrito, según se regula en el art. 9, Capítulo III, Anexo I, Decreto N°543/GCBA/09;

Que por Resolución 425/MDEGC/09, Anexo I, se aprobó el Nomenclador de Actividades TIC, el cual describe aquellas actividades que serán objeto de los beneficios establecidos en la Ley 2972;

Que por Resolución N° 548/MDEGC/09 se delegó en la actual Dirección General de Fomento Productivo e Innovación Tecnológica, las facultades para administrar y regular el Registro creado por el art. 6 de la Ley 2972;

Que por Resolución 164/MDEGC/11 se encomendó a la Dirección General de Gestión de Inversiones, dependiente de la Subsecretaría de Inversiones, las facultades otorgadas a la actual Dirección General de Fomento Productivo e Innovación Tecnológica por Resolución 548/MDEGC/09;

Que se presenta la empresa “DATCO SOCIEDAD ANÓNIMA“ solicitando su inscripción definitiva en el Registro de Empresas TIC. En virtud de encontrarse efectivamente radicada en el Distrito Tecnológico;

Que mediante declaración jurada presentada en autos, la firma manifiesta que se encuentra efectivamente radicada en el Distrito Tecnológico y que su actividad principal se encuentra contemplada en la descripción de los rubros 11-01, 11-02, 12-02, 13-01, 13-05, 14-01, 14-02, 14-03, 21-01, 21-02, 21-05, 22-01, 22-02, 22-05, 22-07, 23-05, 23-06, 23-07, 24-05, 24-09, 25-04, 26-01, 26-02, 26-03, 31-01, 31-02;

Que a efectos de acreditar su compromiso territorial, la empresa acompaña copia simple de una escritura traslativa de dominio respecto de los siguientes inmuebles sitos en: la calle Veinticuatro de Noviembre N°2143/2151/2159 y en la calle Catulo Castillo 3251/3257, ambos de esta Ciudad;

Que asimismo, se acompaña copia simple de la escritura traslativa a favor de la firma “Nación Leasing SA“ respecto de los inmuebles antes referenciados, y la consecuente constitución del contrato de leasing a favor de la firma “DATCO SOCIEDAD ANÓNIMA“;

Que la firma, también acompaña copia de la plancheta de habilitación respecto del inmueble sito en la calle Cátulo Castillo 3251, PB de esta Ciudad;

Que del Informe Técnico emitido por la Dirección Operativa de Apoyo a la Competitividad Pyme, surge que la beneficiaria estaría efectivamente radicada en el inmueble que adquiriera en en el Distrito Tecnológico;

Que de la visita que se realizara a la firma, pudo corroborase que “DATCO SOCIEDAD ANÓNIMA“ se encuentra efectivamente radicada en el inmueble sito en la calle Catulo Castillo 3257 donde se realizó la misma;

Que en la misma vista pudo corroborarse que la firma desarrolla las siguientes actividades en su sede antes referenciada, a saber: soporte a usuarios (mantenimiento correctivo y preventivo del equipamiento, help desk, diagnostico y reparación de hardware en instalaciones de sistemas complejos bajo la modalidad Onsite), hardware y software; seguridad y control integración y seguridad en distintas plataformas incluyendo las etapas de migración y estandarización. Por ende, corresponde otorgar una inscripción de tipo definitiva;

Que el evaluador técnico, expresa que, coforme la declaración jurada presentada por la firma, la actividad que realiza “DATCO SOCIEDAD ANÓNIMA“ se encuentra incluida en el Nomenclador de Actividades aprobado por Resolución 425/MDEGC/09 en los rubros 11-01, 11-02, 23-05, 23-06, 23-07, 31-01, 31-02 correspondiente a desarrollo de de software, servicios informáticos de valor agregado y elaboración de hardware y partes o piezas de equipos informáticos;

Que la Dirección General de Rentas dependiente de AGIP, ha tomado la intervención de su competencia, e informó que la firma se encuentra en cumplimiento de sus obligaciones tributarias. En consecuencia, se tiene por acreditado lo establecido en el art. 6°, inciso d) de la Ley 2972;

Que compartiendo las recomendaciones que han formulado las distintas áreas de la Dirección General de Fomento Productivo e Innovación Tecnológica, conforme lo resuelto por la AGIP; y encontrándose reunidos todos los recaudos formales exigidos por la Ley 2972 y sus reglamentaciones; corresponde proceder a inscribir a la empresa “DATCO SOCIEDAD ANÓNIMA“ definitivamente en el registro creado por la Ley 2972;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha tomado la intervención de su competencia conforme la Ley 1218;

Que habiendo presentado su renuncia al cargo el Directo General de Gestión de Inversiones, corresponde al superior jerárquico avocarse en sus competencias. Conforme lo establecido en el art.2° de la Ley de Procedimientos Adminitrativos de la CABA;

Por ello en avocación de las facultades del Director General de Gestión de Inversiones;

EL SUBSECRETARIO DE INVERSIONES

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase la incorporación definitiva al Registro de Empresa Tecnológicas de: “DATCO SOCIEDAD ANÓNIMA“, asignándose el número de registro: 048.

Artículo 2°.- Entréguese la documentación que acredite la inscripción otorgada, y asiéntese en la base de datos correspondiente.

Artículo 3°.- Pase a la Dirección Operativa de Monitoreo y Registro de las Actividades Económicas para su registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese a los interesados personalmente, luego remítase a la Dirección General de Rentas dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos para la continuación de su trámite. Cumplido, archívese. Pirovano