RESOLUCIÓN 342 2011 MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO

Síntesis:

RATIFICA ADDENDAS  REFERENTES A LOS CONVENIOS CELEBRADOS ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECICLADO Y COOPERATIVA DE TRABAJO DE RECUPERADORES URBANOS DEL OESTE LIMITADA QUE FUERA FIRMADA EL 3 DE AGOSTO DE 2010 - SUBSIDIO PARA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO DE GESTIÓN INTEGRAL DE RECOLECCIÓN DE MATERIALES RECICLABLES O REUTILIZABLES Y ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECICLADO Y COOPERATIVA DE TRABAJO LAS MADRESELVAS FIRMADO EL 12 DE AGOSTO DE 2010 - SUBSIDIO PARA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO GLOBAL DE RECUPERACIÓN Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS 

Publicación:

31/05/2011

Sanción:

31/03/2011

Organismo:

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO


VISTO:

las Leyes N° 992 y N° 1854, los Decretos N° 639/GCABA/2007, N° 84/GCABA/2006 y N° 424/GCABA/2009, la Resolución N° 971/MAyEPGC/2009, los Expedientes N° 272.579/2010 y 272.522/2010, y los Registros N° 1.454.744/DGREC/2010 y 1.454.833/DGREC/2010, y

CONSIDERANDO:

Que en los Registros citados tramitaron, por un lado, la presentación de Cooperativa de Trabajo de Recuperadores Urbanos del Oeste Limitada mediante la que solicitó la concesión de un subsidio para la implementación del “Proyecto de Gestión Integral de Recolección de Materiales Reciclables o reutilizables”, que resultó aprobado mediante Resolución N° 918/MAYEPGC/10 (Registro N° 1.454.744/2010); y, por el otro, la efectuada por la Cooperativa de Trabajo Las Madreselvas Limitada por la que requirió la concesión de un subsidio para la implementación del “Proyecto Global de Recuperación y Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos”, que resultó aprobado mediante Resolución N° 1041/MAYEPGC/10 (Registro N° 1.454.833/2010);

Que en el marco de dichos proyectos se concedió a las cooperativas mencionadas un subsidio para financiar el costo de los siguientes dos subproyectos: 1) subproyecto “vestimenta y elementos de trabajo” y 2) subproyecto “inclusión social”; y este último, a su vez, está integrado por los conceptos “seguro para los recuperadores urbanos contra accidentes personales” y “asignación por capacitación”;

Que, mediante Registro N° 1.454.744/DGREC/2010, la Cooperativa de Trabajo de Recuperadores Urbanos del Oeste Limitada solicita el incremento del subsidio vinculado con el subproyecto “inclusión social” a fin de: a) aumentar en 0 el importe máximo de la asignación por capacitación, correspondiente al subproyecto “inclusión social”, en relación con los asociados de menor antigüedad y b) posibilitar la incorporación al programa y, por ende, el otorgamiento de asignaciones por capacitación, a sesenta (60) nuevos asociados que desde hace un tiempo cumple servicios de recolección diferenciada de residuos sólidos en la Ciudad en iguales condiciones que el resto de sus asociados, que - a diferencia de ellos - percibe actualmente ese beneficio;

Que, por su parte, en el Registro N° 1.454.833/DGREC/2010, Cooperativa de Trabajo Las Madreselvas Limitada pide el aumento del subsidio vinculado con el subproyecto “inclusión social” a fin de: a) incrementar en 0 el importe máximo de la asignación por capacitación, correspondiente al subproyecto “inclusión social” y b) posibilitar la incorporación al programa y, por ende, el otorgamiento de asignaciones por capacitación, a cuarenta (40) nuevos asociados, en los mismos términos referidos en el punto b) del considerando anterior;

Que las solicitudes de ampliación de los subsidios presentadas por ambas Cooperativas se enmarcan en las previsiones del Decreto N° 424/GCABA/2009, que crea el “Programa para la Recuperación de Materiales Reciclables y Reutilizables en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público”, destinado a subsidiar a los recuperadores urbanos inscriptos en el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR) y a las cooperativas que se dediquen a la recuperación y al reciclado de productos y materiales dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se encuentren inscriptas en el Registro Permanente de Cooperativas y Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME) en todo lo que resulte necesario para el adecuado cumplimiento de la actividad principal por ellas desarrollada;

Que el mencionado Decreto delega en el Ministro de Ambiente y Espacio Público, o en el funcionario que éste designe, lo siguiente: 1) el establecimiento de las condiciones que deberán reunir los proyectos para los cuales se soliciten subsidios, así como el de los requisitos que los peticionarios deberán acreditar para la viabilidad formal de sus solicitudes; 2) la evaluación y la eventual aprobación de cada proyecto y 3) en su caso, el otorgamiento del respectivo subsidio y la determinación de las condiciones que los beneficiarios deberán cumplir para su percepción;

Que, consecuentemente, se dictó la Resolución N° 971/MAyEPGC/2009, mediante la cual se aprueba el “Instructivo sobre las condiciones que deberán reunir los proyectos para los cuales se soliciten subsidios, así como de los requisitos que los peticionarios deberán acreditar para la viabilidad formal de sus solicitudes”, que como anexo integra la norma reglamentaria;

Que el punto 3 del referido anexo establece que sólo serán admisibles los proyectos que tengan por objeto “… iv) contribuir a la efectiva inclusión de los recuperadores urbanos integrantes del ente peticionario en el marco de los beneficios de la seguridad social”;

Que la Dirección General de Reciclado ha evaluado las referidas solicitudes de ampliación de subsidios en los términos que surgen de las Providencias N° 1.488.553/DGREC/2010 y 1.488.695/DGREC/2010;

Que mediante los citados informes, luego de haberse comprobado que las presentaciones efectuadas por las Cooperativas cumplen con los requisitos formales exigibles, la Dirección General de Reciclado propició la íntegra admisión de las solicitudes. Respecto de la petición de Cooperativa de Trabajo de Recuperadores Urbanos del Oeste Limitada por considerar que es adecuado y justo el aumento del importe máximo del incentivo por capacitación correspondiente a los asociados de menor antigüedad y, por el otro, por entender que resulta necesario incorporar al referido programa y, en consecuencia, acceder al otorgamiento de asignaciones por capacitación a los sesenta (60) nuevos asociados como modo de salvar la situación de desigualdad en la que actualmente se hallan frente a los otros asociados, ya que todos cumplen iguales tareas en las mismas condiciones y sólo los últimos perciben el beneficio en consideración (cfr. Providencia N° 1.488.553/DGREC/2010). Por razones similares, con relación a la solicitud de Cooperativa de Trabajo Las Madreselvas Limitada, concluye en que corresponde conceder el aumento del importe máximo del incentivo por capacitación correspondiente a la totalidad de los asociados, como así también el otorgamiento de asignaciones por capacitación a los cuarenta (40) nuevos asociados (cfr. Providencia N° 1.488.695/DGREC/2010);

Que la Dirección General de Reciclado estima que el monto de la ampliación del subsidio correspondiente a la Cooperativa de Trabajo de Recuperadores Urbanos del Oeste Limitada que implica la admisión de lo solicitado asciende a un máximo mensual de PESOS VEINTIOCHO MIL (.000) y entiende adecuado disponer dicho aumento a partir del mes de enero de 2011;

Del mismo modo, en cuanto a la presentación efectuada por Cooperativa de Trabajo Las Madreselvas Limitada, considera que el monto del incremento del subsidio sujeto a aprobación asciende a un máximo mensual de PESOS TREINTA DOS MIL (.000) y cree que es conveniente disponer dicho aumento a partir del mes de enero de 2011;

Que, asimismo, la Dirección General de Reciclado explica que el 17 de diciembre de 2010 suscribió con las referidas cooperativas, por separado, una addenda al Convenio entre la Dirección General de Reciclado y Cooperativa de Trabajo de Recuperadores Urbanos del Oeste Limitada, firmado el 3 de agosto de 2010 en el marco de la Resolución N° 918/MAYEPGC/2010, y otra al Convenio entre la Dirección General de Reciclado y Cooperativa de Trabajo Las Madreselvas Limitada, firmado el 12 de agosto de 2010 en el marco de la Resolución N° 1041/MAYEPGC/2010, mediante las que se establecen las condiciones para la implementación de lo solicitado y explica fundadamente las razones que fueron tenidas en cuenta para proceder de tal modo;

Que por compartir los informes mencionados de la Dirección General de Reciclado, así como los términos de las referidas addendas, corresponde la ratificación de éstas en todos sus términos, de conformidad con lo estipulado en el artículo 19 inc. a) de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;

Que también procede autorizar el pago de las comisiones bancarias que deban ser pagadas para la implementación de lo convenido en la referida addenda.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 424/GCABA/2009,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Ratifícase la addenda al “Convenio entre la Dirección General de Reciclado y Cooperativa de Trabajo de Recuperadores Urbanos del Oeste Limitada”, firmado el 3 de agosto de 2010 en el marco de la Resolución N° 918/MAYEPGC/2010, suscripta el 17 de diciembre de 2010, que integra la presente como Anexo I.

Artículo 2°.- Ratifícase la addenda al “Convenio entre la Dirección General de Reciclado y Cooperativa de Trabajo Las Madreselvas Limitada”, firmado el 12 de agosto de 2010 en el marco de la Resolución N° 1041/MAYEPGC/2010, suscripta el 17 de diciembre de 2010, que integra la presente como anexo II.

Artículo 3°.- Páguense las comisiones bancarias que correspondan para la implementación de lo convenido en las addendas referidas por los Artículos 1° y 2°.

Artículo 4°.- El gasto que demande la presente se imputará a la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio 2011.

Artículo 5°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería y de Escribanía General. Cumplido, pase a la Dirección General Reciclado en prosecución del trámite. Santilli


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3674

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
La Resolución N° 342-MAYEPGC-11 ratifica la addenda del Convenio celebrado entre la Dirección General de Reciclado y la Cooperativa de Trabajo de Recuperadores Urbanos del Oeste Limitada
INTEGRA
La Resolución N° 342-MAYEPGC-11 ratifica la addenda del Convenio celebrado entre la Direción General de Reciclado y la Cooperativa de Trabajo Las Madreselvas