LEY 3785 2011

Síntesis:

ADHIERE - PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA EL CONSUMO EXCESIVO DE ALCOHOL - CREADO POR LEY NACIONAL 24788

Publicación:

15/06/2011

Sanción:

12/05/2011

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

08/06/2011


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere al Programa Nacional de Prevención y Lucha contra el Consumo Excesivo de Alcohol creado por la Ley Nacional 24.788, reglamentado mediante los decretos reglamentarios N° 149/09 y N° 688/09, e implementado mediante Resolución N° 1.170/10.

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Moscariello - Pérez

Buenos Aires, 9 de junio de 2011

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2343/98, certifico que la Ley N° 3785 (Expediente N° 798048/11), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 12 de mayo de 2011 ha quedado automáticamente promulgada el día 8 de junio de 2011.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, y para su conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

ADHIERE
<p>Art. 1 de la Ley 3785, dispone que Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere al Programa Nacional de Prevención y Lucha contra el Consumo Excesivo de Alcohol creado por la Ley Nacional 24.788, reglamentado mediante los decretos reglamentarios 149-09 y 688-09, e implementado mediante Resolución 1170-10.</p>