RESOLUCIÓN 261 2011 MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO
Síntesis:
APRUEBA ACTA ACUERDO DEL ANEXO III DEL DECRETO 1098-08 SUSCRIPTA ENTRE CONARAL SRL Y LA UNIDAD PROYECTO ESPECIAL TEATRO COLÓN EN EL MARCO DE LA OBRA CUBIERTAS RESTAURACIÓN DE FACHADAS Y OTROS - TEATRO COLÓN INTERVENCIÓN - PROYECTO INTEGRAL DE SALA CETC-TEATRO COLÓN
Publicación:
17/06/2011
Sanción:
15/06/2011
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO
VISTO:
El Decreto N° 157-GCBA-08 (BO N° 2.883), el Decreto N° 589-GCBA-08 (BO N° 2.942), la Ley 2.810, el Decreto N° 1.098/08 y normas reglamentarias, los actuados que corren por Registro N° 532-UPECOLON-2.009 e incorporados y;
CONSIDERANDO:
Que, CONARAL S.R.L. solicitó la redeterminación de precios definitiva N° 3, 4 y 5 de la Obra Basica, en el marco del Decreto N° 70/03 y su reglamentación, respecto de la obra Cubiertas, Restauración de Fachadas y Otros - Teatro Colón - Intervención: Proyecto Integral de Sala CETC - Teatro Colón de la cual resultó adjudicataria;
Que, las áreas pertinentes han calculado la certificación de la Redeterminación Definitiva N° 3 y N° 4 de la Obra Básica de la obra mencionada, por un valor de $ 39.135,12 (Pesos Treinta y Nueve Mil Ciento Treinta y Cinco con Doce Centavos);
Que, tal como surge del Informe N° IF-2.011-00325.254-UPECOLON obrante a fojas 271, la Redeterminación Definitiva de Precios N° 3 y N° 4, corresponden a ejecuciones de obra realizadas en el ejercicio 2.007;
Que, de tal manera, al tratarse de un crédito originado con anterioridad al 31 de diciembre de 2007, corresponde el pago del mismo mediante el régimen de la Ley 2.810;
Que, la empresa contratista CONARAL S.R.L. no opuso objeción alguna a la cancelación de la redeterminación definitiva de precios N° 3 mediante Bonos Ley 2.810;
Que, en tal sentido, CONARAL S.R.L. y la Unidad Proyecto Especial Teatro Colón (en virtud de la delegación de facultades dispuesta mediante Resolución N° 527-MDUGC-09) procedieron a la suscripción del Acta Acuerdo Anexo III del Decreto N° 1.098/08, reglamentario de la Ley 2.810, a efectos de cancelar la deuda en cuestión mediante los Bonos establecidos por el régimen señalado;
Que, conforme surge de la cláusula octava del Acta Acuerdo Anexo III suscripta entre las partes indicadas, su validez y eficacia se encuentra supeditada a la aprobación de la misma por parte de este Ministerio de Desarrollo Urbano;
Que, asimismo y en tal sentido, la Dirección General de Contaduría del GCBA exige la aprobación de la erogación por parte de este organismo ministerial a fin de efectuar la afectación definitiva del gasto;
Que, habiendo dictaminado las áreas técnicas correspondientes, tanto en lo que respecta a los montos consignados como en cuanto al procedimiento seguido, corresponde emitir el acto administrativo aprobatorio del Acta Acuerdo Anexo III suscripta entre CONARAL S.R.L. y la Unidad Proyecto Especial Teatro Colón a la que se ha hecho referencia;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias
Artículo 1°.- Apruébese el Acta Acuerdo Anexo III del Decreto 1.098/08 (reglamentario de la Ley 2.810), suscripta entre la empresa contratista CONARAL S.R.L. y la Unidad Proyecto Especial Teatro Colón -en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución N° 527-MDUGC-2.009-, en el marco de la obra Cubiertas, Restauración de Fachadas y Otros - Teatro Colón - Intervención: Proyecto Integral de Sala CETC - Teatro Colón.
Artículo 2°.- Apruébese, consecuentemente, el gasto reconocido a la empresa CONARAL S.R.L., por la suma de $ 39.135,12 (pesos treinta y nueve mil ciento treinta y cinco con 12/100) en concepto de pago de la Redeterminación Definitiva de Precios N° 3 y N° 4 de la Obra Básica, correspondiente a la obra en cuestión, tal como ha sido reconocido mediante el Acta Acuerdo Anexo III del Decreto 1.098/08 (reglamentario de la Ley 2.810) referenciada en el artículo precedente.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos; fecho, vuelva a la Unidad Proyecto Especial para la prosecución del trámite y notificación a la empresa CONARAL S.R.L. Chaín