ACTA 2429 2011 INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

APRUEBA PUNTOS - PUNTO 3 - APRUEBA GASTOS PARA LA REPARACIÓN DE FRENTES Y PINTURAS EXTERIORES ­MATERIAL Y MANO DE OBRA- BARRIO ILLIA. AV. RIESTRA, TORRES Y TENORIO, BARROS PAZOS Y AGUSTÍN DE VEDIA - PUNTO 7 - APRUEBA  GASTOS PARA LA REALIZACIÓN DE DIVERSOS TRABAJOS EN EL BARRIO RAMÓN CARRILLO, VINCULADO CON LA PROBLEMÁTICA DE INSTALACIONES PLUVIALES Y CLOACALES DE TODO EL BARRIO - PUNTO 10 - APRUEBA GASTO PARA LAS MODIFICACIONES DE INSTALACIONES INTERNAS DE GAS DEL NUDO 11, 4ª. ETAPA. EDIFICIOS  23 -EX 17 - 26 -EX 18 - Y 34 -EX 28 - DEL CONJUNTO URBANO SOLDATI - APRUEBA GASTO 

Publicación:

27/06/2011

Sanción:

16/06/2011

Organismo:

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES


ACTA N° 2429-IVC/11

Nota N° 5.066-IVC/2011

Continuando la sesión del día 16 de junio de 2011 del Acta N° 2429/D/2011 y con la presencia del Sr. Presidente Omar Ahmed Abboud, del Sr. Director Martín Miguel Moyano Barro, del Sr. Director Martín Gonzalo Garcilazo y del Sr. Director Marcelo Claudio Viegas Calçada, se considera el siguiente punto:

PUNTO N° 3:

Aprobar como gasto de imprescindible necesidad conforme los términos del Punto N° 23 del Acta de Directorio N° 2424/D/2011, la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CON 00/100 ($ 3.667.000,00) correspondiente a la empresa NORBERTO SPINELLI S.R.L. para la reparación de frentes y pinturas exteriores ­material y mano de obra- Barrio Illia. Av. Riestra, Torres y Tenorio, Barros Pazos y Agustín de Vedia.

Visto la Nota N° 5.066/IVC/2011, y;

Considerando:

Que por Acta de Directorio N° 2410/D/10 de fecha 08/07/10, el IVC adhirió al Decreto N° 2143/GCBA/07 y sus complementarios y modificatorios.

Que con fecha 19 de Julio de 2010 se Publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3463, el Decreto N° 556 que derogó el Decreto N° 2143/07 y sus modificatorios y el Decreto N° 400/08.

Que mediante Acta de Directorio N° 2411, Punto 1, el IVC derogó el Punto del Acta 2410 y adhirió al Decreto N° 556/GCBA/10.

Que con fecha 27 de Septiembre de 2010 se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N“ 3512 el Decreto N° 752 que modificó el Decreto N° 556/10.

Que por el Punto N° 23 del Acta de Directorio N° 2424/D/2011 de fecha 17 de febrero de 2011, este Organismo adhirió al Decreto N° 752/GCBA/10 (BOCBA 3512 del 27/09/2010).

Que esta nueva norma vino a unificar toda la normativa que rige la materia, actualizando los límites autorizados para realizar gastos de imprescindible necesidad tendientes a asegurar la prestación de servicios esenciales que, por la celeridad con que deben llevarse a cabo, no pudieran ser gestionados desde su inicio a través de los procedimientos vigentes en materia de compras y contrataciones del Estado o mediante el régimen de cajas chicas.

Que las presentes actuaciones se inician ante la necesidad de reparar frentes y pinturas exteriores a fin de dar la terminación adecuada a las viviendas del Barrio Illia. Av. Riestra, Torres y Tenorio, Barros Pazos y Agustín de Vedia luego de que se efectúe el retiro y reemplazo de cubiertas.

Que la Gerencia Técnica informó que “Ante la imposibilidad de recurrir a un proceso licitario normal debido a la urgencia que provoca el grado de avance de la obra en ejecución, se elaboraron los pliegos que se detallan a continuación... ésta área considera que adecuado utilizar la documentación anexada y realizar la contratación de acuerdo a lo normado en el Decreto N° 752/GCABA/10“.

Que, asimismo, la Gerencia General manifestó que “...se encuentra claramente demostrada, atento que la inspección judicial realizada se constató que debido al importante grado de avance que poseen las tareas de reemplazo de cubiertas en ejecución, resulta indispensable realizar los trabajos de pintura de los muros exteriores en el menor tiempo posible, acompañando la terminación de los techos en ejecución“.

Que a raíz de ello la Gerencia General del IVC solicita la cotización de los trabajos listados por el área técnica.

Que a raíz de ello se adjuntan tres presupuestos por material y mano de obra, a saber: 1) MEJOR COLOR P 42 S.A. quien cotiza la suma de $ 4.290.000,00; 2) REGLAS DEL ARTE SRL cotiza la suma de $ 4.107.000,00, y 3) SPINELLI SRL cotiza la suma de $ 3.667.000,00. Que la Gerencia General realizó informe de rigor analizando los Presupuestos presentados y aconseja “...desde el punto de vista técnico y económico, esto es, por ajustarse a pliego y por ser la de menor precio, resulta mas favorable la Propuesta N° 3 efectuada por la Empresa SPINELLI S.R.L., por un monto de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL ($ 3.667.000,00)“.

Que la Gerencia Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete no teniendo observaciones que formular dictaminando que “Los requisitos previstos por el art. 5 del acta precitada se encuentran cumplimentados...“.

Que la Gerencia Administración y Finanzas realizó la correspondiente Reserva Presupuestaria a través del Formulario N° 1273/11 e informó que “En virtud a la no disponibilidad crediticia a la fecha se realizó la reserva preventiva por la suma de $ 2.567.000. Se deja constancia que al momento de efectuarse la etapa definitiva del gasto, se realizará el ajuste correspondiente.“ Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba por los miembros presentes. Por ello.

SE RESUELVE:

1°) Aprobar como gasto de imprescindible necesidad conforme los términos del Acta N° 2411 Punto 1, la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CON 00/100 ($ 3.667.000,00) correspondiente a la empresa NORBERTO SPINELLI S.R.L. para la reparación de frentes y pinturas exteriores ­material y mano de obra- Barrio Illia. Av. Riestra, Torres y Tenorio, Barros Pazos y Agustín de Vedia.

2°) Encomendar a la Gerencia Técnica la notificación de lo resuelto a la firma NORBERTO SPINELLI S.R.L., mediante Cédula de Notificación, la que deberá ser diligenciada conforme las disposiciones del Art. 60 y cc. de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por el DNU N° 1510/GCBA/97.

3°) Establecer que el monto del presente gasto será solventado conforme la reserva presupuestaria efectuada mediante el Formulario N° 1273/11, dejando constancia que al momento de efectuarse la etapa definitiva del gasto, la Gerencia de Administración y Finanzas realizará el ajuste correspondiente.

4°) Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un día

y en el sitio web oficial de la CABA.

5°) Comunicar a las Gerencias: General, Coordinación General Legal y Técnica,

Coordinación General Planificación Administrativa y Financiera, Administración y

Finanzas, Asuntos Jurídicos y Técnica. Cumplido, pase a esta última.

Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio. Moyano Barro ­ Gonzalo Garcilazo ­ Viegas Calçada ­ Abboud

Nota N° 6.048-IVC/2011

Continuando la sesión del día 16 de junio de 2011 del Acta N° 2429/D/2011 y con la presencia del Sr. Presidente Omar Ahmed Abboud, del Sr. Director Martín Miguel Moyano Barro, del Sr. Director Martín Gonzalo Garcilazo y del Sr. Director Marcelo Claudio Viegas Calçada, se considera el siguiente punto:

PUNTO N° 7:

Aprobar como gasto de imprescindible necesidad conforme los términos del Punto N° 23 del Acta de Directorio N° 2424/D/2011, la suma de PESOS UN MILLON CIENTO OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 1.180.000,00) correspondiente a la empresa NORBERTO SPINELLI S.R.L. para la realización de diversos trabajos en el Barrio Ramón Carrillo, vinculado con la problemática de instalaciones pluviales y cloacales de todo el barrio.

Visto la Nota N° 6.048/IVC/2011, y;

Considerando:

Que por Acta de Directorio N° 2410/D/10 de fecha 08/07/10, el IVC adhirió al Decreto N° 2143/GCBA/07 y sus complementarios y modificatorios.

Que con fecha 19 de Julio de 2010 se Publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3463, el Decreto N° 556 que derogó el Decreto N° 2143/07 y sus modificatorios y el Decreto N° 400/08.

Que mediante Acta de Directorio N° 2411, Punto 1, el IVC derogó el Punto del Acta 2410 y adhirió al Decreto N° 556/GCBA/10.

Que con fecha 27 de Septiembre de 2010 se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N“ 3512 el Decreto N° 752 que modificó el Decreto N° 556/10.

Que por el Punto N° 23 del Acta de Directorio N° 2424/D/2011 de fecha 17 de febrero de 2011, este Organismo adhirió al Decreto N° 752/GCBA/10 (BOCBA 3512 del 27/09/2010).

Que esta nueva norma vino a unificar toda la normativa que rige la materia, actualizando los límites autorizados para realizar gastos de imprescindible necesidad tendientes a asegurar la prestación de servicios esenciales que, por la celeridad con que deben llevarse a cabo, no pudieran ser gestionados desde su inicio a través de los procedimientos vigentes en materia de compras y contrataciones del Estado o mediante el régimen de cajas chicas.

Que las presentes actuaciones se inician ante la necesidad de solucionar la problemática existente en la actualidad, fundamentalmente respecto de las distintas redes de desagües pluviales y cloacales.

Que la Gerencia de Coordinación General Legal y Técnica informa que “Respecto de los sistemas de desagües, este grupo de vecinos manifiesta que el Barrio sufre una grave deficiencia de desagües cloacales y pluviales, lo que provoca que con asiduidad ocurran desbordes de ambos sistemas.“

Que asimismo, manifestó “La falla de funcionamiento mencionada en el párrafo de referencia genera una grave situación sanitaria que requiere de una pronta y definitiva intervención.“

Que a raíz de ello se solicitó la cotización de los trabajos listados, adjuntando tres presupuestos por material y mano de obra, a saber: 1) P42 S.A. quien cotiza la suma de $ 1.565.000,00 2) GERARDO URIBE cotiza la suma de $ 1.450.000,00 y 3) NORBERTO SPINELLI SRL cotiza la suma de $ 1.180.000,00.

Que la Gerencia General realizó informe de rigor analizando los Presupuestos presentados y aconseja “... la propuesta mas favorable a los intereses del Organismo resulta ser la propuesta efectuada por la Empresa Norberto Spinelli SRL, y por un monto de pesos un millón ciento ochenta mil ($ 1.180.000).“

Que la Gerencia Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete no teniendo observaciones que formular dictaminando que “De todo lo actuado surge el marco normativo que deberá regir en el presente trámite es el indicado por el decreto 752/GCBA/10 (BOCBA 3512 del 27/09/10) y el Acta de Directorio 2424/D/11 (...) Los requisitos previstos por el art. 5 del acta precitada se encuentran cumplimentados...“.

Que la Gerencia Administración y Finanzas realizó la correspondiente Reserva Presupuestaria a través del Formulario N° 1309/11.

Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba por los miembros presentes.

Por ello.

SE RESUELVE:

1°) Aprobar como gasto de imprescindible necesidad conforme los términos del Punto N° 23 del Acta de Directorio N° 2424/D/2011, la suma de PESOS UN MILLON CIENTO OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 1.180.000,00) correspondiente a la empresa NORBERTO SPINELLI S.R.L. para la realización de diversos trabajos en el Barrio Ramón Carrillo, vinculado con la problemática de instalaciones pluviales y cloacales de todo el barrio.

2°) Encomendar a la Gerencia Técnica la notificación de lo resuelto a la firma NORBERTO SPINELLI S.R.L., mediante Cédula de Notificación, la que deberá ser diligenciada conforme las disposiciones del Art. 60 y cc. de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por el DNU N° 1510/GCBA/97.

3°) Establecer que el monto del presente gasto será solventado conforme la reserva presupuestaria efectuada mediante el Formulario N° 1309/11.

4°) Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un día y en el sitio web oficial de la CABA.

5°) Comunicar a las Gerencias: General, Coordinación General Legal y Técnica, Coordinación General Planificación Administrativa y Financiera, Administración y Finanzas, Asuntos Jurídicos y Técnica. Cumplido, pase a esta última.

Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio. Moyano Barro ­ Gonzalo Garcilazo ­ Viegas Calçada ­ Abboud

Nota N° 6.029-IVC/2011

Continuando la sesión del día 16 de junio de 2011 del Acta N° 2429/D/2011 y con la presencia del Sr. Presidente Omar Ahmed Abboud, del Sr. Director Martín Miguel Moyano Barro, del Sr. Director Martín Gonzalo Garcilazo y del Sr. Director Marcelo Claudio Viegas Calçada, se considera el siguiente punto:

PUNTO N° 10:

Aprobar como gasto de imprescindible necesidad conforme los términos del Punto N° 23 del Acta de Directorio N° 2424/D/2011, la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO CON 00/100 ($ 2.107.361,00) correspondiente a la empresa NORBERTO SPINELLI S.R.L. para las modificaciones de instalaciones internas de gas del Nudo 11, 4ª Etapa. Edificios N° 23 (ex 17), 26 (ex 18) y 34 (ex 28) del Conjunto Urbano Soldati.

Visto la Nota N° 6.029/IVC/2011, y;

Considerando:

Que por Acta de Directorio N° 2410/D/10 de fecha 08/07/10, el IVC adhirió al Decreto N° 2143/GCBA/07 y sus complementarios y modificatorios.

Que con fecha 19 de Julio de 2010 se Publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3463, el Decreto N° 556 que derogó el Decreto N° 2143/07 y sus modificatorios y el Decreto N° 400/08.

Que mediante Acta de Directorio N° 2411, Punto 1, el IVC derogó el Punto del Acta 2410 y adhirió al Decreto N° 556/GCBA/10.

Que con fecha 27 de Septiembre de 2010 se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N“ 3512 el Decreto N° 752 que modificó el Decreto N° 556/10.

Que por el Punto N° 23 del Acta de Directorio N° 2424/D/2011 de fecha 17 de febrero de 2011, este Organismo adhirió al Decreto N° 752/GCBA/10 (BOCBA 3512 del 27/09/2010).

Que esta nueva norma vino a unificar toda la normativa que rige la materia, actualizando los límites autorizados para realizar gastos de imprescindible necesidad tendientes a asegurar la prestación de servicios esenciales que, por la celeridad con que deben llevarse a cabo, no pudieran ser gestionados desde su inicio a través de los procedimientos vigentes en materia de compras y contrataciones del Estado o mediante el régimen de cajas chicas.

Que las presentes actuaciones se inician ante la necesidad de realizar las modificaciones de instalaciones internas de gas del Nudo 11, 4ª. Etapa. Edificios N° 23 (ex 17), 26 (ex 18) y 34 (ex 28) del Conjunto Urbano Soldati.

Que la Gerencia Técnica informa que “... los Nudos 11 y 12 que representan entre sus 5 edificios 164 unidades de vivienda, también merecen una rápida acción en su reparación, ya que las características que motivaron la judicialización del Nudo 10 se encuentran también reflejadas en los ahora tratados. ... ya se encuentra en un avanzado estado de desarrollo la etapas primera, segunda, y tercera...“.

Que asimismo, manifestó “La labor de relevamiento técnico mencionada atinente a la cuarta etapa se encuentra a tal nivel de avance que se han finalizado los pliegos, planos y cómputos (ver Anexos) para efectuar el pertinente llamado a Licitación Pública.“

Que la Gerencia General manifiesta que “la medida fue decidida en el marco de los autos caratulados “ANDICOECHEA MARIA EUGENIA y OTROS C/ GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES y OTROS S/ AMPARO (ART. 14 CCABA)“ expediente N° 34250, que tramita ante el Juzgado Contencioso Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires, N° 6, Secretaría 12... Por lo expuesto, la urgencia demostrada, el amparo judicial incoado y los plazos exiguos que no permiten otra forma de contratación a la aquí propuesta, es que en el marco del Decreto 752/2010 al cual el Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires se encuentra adherido...“

Que a raíz de ello la Gerencia General el IVC solicita la cotización de los trabajos listados por el área técnica, adjuntando tres presupuestos por material y mano de obra, a saber: 1) P42 S.A. quien cotiza la suma de $ 2.300.011,20 IVA incluido; 2) GERARDO URIBE cotiza la suma de $ 2.299.904,33 mas IVA, y 3) NORBERTO SPINELLI SRL cotiza la suma de $ 2.107.361,00 más IVA.

Que la Gerencia General realizó informe de rigor analizando los Presupuestos presentados y aconseja “... la propuesta mas favorable a los intereses del organismo resulta ser la propuesta N° 3 efectuada por la Empresa Norberto Spinelli SRL, y por un monto de pesos dos millones ciento siete mil trescientos sesenta y uno con 00/100 ($ 2.107.361,00).“

Que la Gerencia Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete no teniendo observaciones que formular dictaminando que “Los requisitos previstos por el art. 5 del acta precitada se encuentran cumplimentados...“.

Que la Gerencia Administración y Finanzas realizó la correspondiente Reserva Presupuestaria a través del Formulario N° 1307/11.

Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba por los miembros presentes.

Por ello.

SE RESUELVE:

1°) Aprobar como gasto de imprescindible necesidad conforme los términos del Punto N° 23 del Acta de Directorio N° 2424/D/2011, la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO CON 00/100 ($ 2.107.361,00) correspondiente a la empresa NORBERTO SPINELLI S.R.L. para las modificaciones de instalaciones internas de gas del Nudo 11, 4ª. Etapa. Edificios N° 23 (ex 17), 26 (ex 18) y 34 (ex 28) del Conjunto Urbano Soldati.

2°) Encomendar a la Gerencia Técnica la notificación de lo resuelto a la firma NORBERTO SPINELLI S.R.L., mediante Cédula de Notificación, la que deberá ser diligenciada conforme las disposiciones del Art. 60 y cc. de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por el DNU N° 1510/GCBA/97.

3°) Establecer que el monto del presente gasto será solventado conforme la reserva presupuestaria efectuada mediante el Formulario N° 1307/11.

4°) Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un día y en el sitio web oficial de la CABA.

5°) Comunicar a las Gerencias: General, Coordinación General Legal y Técnica, Coordinación General Planificación Administrativa y Financiera, Administración y Finanzas, Asuntos Jurídicos y Técnica. Cumplido, pase a esta última.

Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio. Moyano Barro ­ Gonzalo Garcilazo ­ Viegas Calçada ­ Abboud

Nota N° 6.231-IVC/201

Continuando la sesión del día 16 de junio de 2011 del Acta N° 2429/D/2011 y con la presencia del Sr. Presidente Omar Ahmed Abboud, del Sr. Director Martín Miguel Moyano Barro, del Sr. Director Martín Gonzalo Garcilazo y del Sr. Director Marcelo Claudio Viegas Calçada, se considera el siguiente punto:

PUNTO N° 15:

Aprobar como gasto de imprescindible necesidad conforme los

términos del Punto N° 23 del Acta de Directorio N° 2424/D/2011, la suma de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ 631.620,00) correspondiente a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL TRABAJO LTDA. para el servicio de mantenimiento de espacios semipúblicos en Barrio Manuel Dorrego “Los Perales“.

Visto la Nota N° 6.231/IVC/2011, y;

Considerando:

Que por Acta de Directorio N° 2410/D/10 de fecha 08/07/10, el IVC adhirió al Decreto N° 2143/GCBA/07 y sus complementarios y modificatorios.

Que con fecha 19 de Julio de 2010 se Publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3463, el Decreto N° 556 que derogó el Decreto N° 2143/07 y sus modificatorios y el Decreto N° 400/08.

Que mediante Acta de Directorio N° 2411, Punto 1, el IVC derogó el Punto del Acta 2410 y adhirió al Decreto N° 556/GCBA/10.

Que con fecha 27 de Septiembre de 2010 se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N“ 3512 el Decreto N° 752 que modificó el Decreto N° 556/10.

Que por el Punto N° 23 del Acta de Directorio N° 2424/D/2011 de fecha 17 de febrero de 2011, este Organismo adhirió al Decreto N° 752/GCBA/10 (BOCBA 3512 del 27/09/2010).

Que esta nueva norma vino a unificar toda la normativa que rige la materia, actualizando los límites autorizados para realizar gastos de imprescindible necesidad tendientes a asegurar la prestación de servicios esenciales que, por la celeridad con que deben llevarse a cabo, no pudieran ser gestionados desde su inicio a través de los procedimientos vigentes en materia de compras y contrataciones del Estado o mediante el régimen de cajas chicas.

Que las presentes actuaciones se inician por la Gerencia de Desarrollo Habitacional ante la necesidad de “...una contratación por urgencia de un servicio de barrido y recolección de basura, pintura de cordones, corte de césped, acercamiento de basura a contenederos del G.C.A.B.A., e hidrolavado de paredes y columnas. Las tareas de limpieza se realizarán en espacios semipúblicos como estacionamientos, lazas, pasillos internos y puentes en cuyos lugares no tiene injerencia el IVC ni los consorcios de los respectivos edificios“.

Que a raíz de ello se adjuntan tres presupuestos para realizar las tareas de mantenimiento, a saber: 1) COOPERATIVA DE TRABAJO 1° DE MAYO LTDA. quien cotiza la suma de $ 720.000,00; 2) COOPERATIVA DE TRABAJO EL PROGRESO LTDA. por la suma de $ 689.700,00 y 3) COOPERATIVA DE TRABAJO EL TRABAJO LTDA. cotiza la suma de $ 631.620,00.

Que la Gerencia de Desarrollo Habitacional manifiesta que “...el último presupuesto informado ...es el de menor valor, y se corresponde con el presupuesto oficial estimado en el respectivo Pliego de Condiciones Particulares de la presente contratación“.

Que la Gerencia Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete no teniendo observaciones que formular dictaminando que “Los requisitos previstos por el art. 5 del acta precitada se encuentran cumplimentados...“.

Que la Gerencia Administración y Finanzas realizó la correspondiente Reserva Presupuestaria a través del Formulario N° 1310/11.

Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba por los miembros presentes.

Por ello.

SE RESUELVE:

1°) Aprobar como gasto de imprescindible necesidad conforme los términos del Punto N° 23 del Acta de Directorio N° 2424/D/2011, la suma de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ 631.620,00) correspondiente a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL TRABAJO LTDA. para el servicio de mantenimiento de espacios semipúblicos en Barrio Manuel Dorrego “Los Perales“.

2°) Encomendar a la Gerencia de Desarrollo Habitacional la notificación de lo resuelto a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO EL TRABAJO LTDA., mediante Cédula de Notificación, la que deberá ser diligenciada conforme las disposiciones del Art. 60 y cc. de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por el DNU N° 1510/GCBA/97.-

3°) Establecer que el monto del presente gasto será solventado conforme la reserva presupuestaria efectuada mediante el Formulario N° 1310/11.

4°) Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un día y en el sitio web oficial de la CABA.

5°) Comunicar a las Gerencias: General, Coordinación General Legal y Técnica, Coordinación General Planificación Administrativa y Financiera, Administración y Finanzas, Asuntos Jurídicos y Desarrollo Habitacional. Cumplido, pase a esta última.

Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio. Moyano Barro ­ Gonzalo Garcilazo ­ Viegas Calçada ­ Abboud

Nota N° 2.581-IVC/2011

Continuando la sesión del día 16 de junio de 2011 del Acta N° 2429/D/2011 y con la presencia del Sr. Presidente Omar Ahmed Abboud, del Sr. Director Martín Miguel Moyano Barro, del Sr. Director Martín Gonzalo Garcilazo y del Sr. Director Marcelo Claudio Viegas Calçada, se considera el siguiente punto:

PUNTO N° 17:

Aprobar la Contratación Menor N° 20/11, para la recarga y mantenimiento anual de matafuegos año 2011, de acuerdo a lo establecido en el Art. 38 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad N° 2095.

Visto la Nota N° 2.581-IVC/2011 y;

Considerando:

Que la Gerencia Logística informa que según las reglamentaciones vigentes, y que consta en las Tarjetas Municipales de Control, anualmente debe realizarse el servicio de inspección y recarga de los matafuegos por lo que se inició la contratación de dicho servicio a través de la Contratación Menor N° 07/11, según al Art. 38 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad N° 2095, que contempla los equipos que son propiedad de este Instituto cuya recarga vence a partir del mes de mayo.

Que en dicha oportunidad no se consideraron los matafuegos destinados a los Conventillos y Hogares de Transito del programa de La Boca, que el área solicitante indicó que tramitaría el servicio por cuerda separada al igual que en el año 2009, debido al desfasaje temporal en la fecha de vencimiento de la recarga.

Que posteriormente, la Gerencia de Desarrollo Habitacional solicita la recarga de los mismo, cuyo vencimiento operó entre Diciembre del 2010 y Febrero de 2011, agregando la adquisición de 40 nuevos matafuegos.

Que atento a lo expuesto, y a fin de no incurrir en la figura de desdoblamiento prevista en el Artículo 91 de la Ley de Compras y Contrataciones, se consideró conveniente agregar lo solicitado a la contratación original, debiendo dejarse sin efecto la apertura de ofertas realizada el 23 de marzo de 2011, iniciando un nuevo procedimiento en virtud de la ampliación del objeto, contando ello con la aprobación del Gerente General, registrándose el mismo como contratación Menor N° 20/11.

Que en tal sentido la Gerencia Logística elaboró la nueva Solicitud de Cotización que obra a fs. 81/86 de la nota de marras.

Que el Departamento de Compras y Evaluación de Ofertas realizó las invitaciones a proveedores inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (R.I.U.P.P.), habiéndose recepcionado seis ofertas y abierto las mismas en acto público según consta en el Acta respectiva.

Que en su informe a fs. 208, dicho Departamento menciona que “...del análisis efectuado surge que deberá requerirse a la Oferta N° 6 de Maxcyl Ensayos No Destructivos S.A. el certificado de deudores alimentarios morosos ya que, si bien a fs. 192 obra agregado el certificado, el mismo se encuentra vencido. El resto de la documentación presentada por los distintos oferentes se ajusta a lo peticionado por la documentación licitaria...“

Que a fs. 212 consta el Certificado mencionado, verificándose que el mismo se encuentra vigente a la fecha de la apertura de las ofertas.

Que la Gerencia Logística verificó en el Instituto Argentino de Normalización y Fiscalización (IRAM) que los oferentes poseen sello que los habilita para realizar el servicio que se contrata y se evaluaron los aspectos técnicos de las ofertas, cumpliendo todas con lo solicitado.

Que en consecuencia las ofertas más convenientes son para el Renglón 1 la N° 3 de la firma Industrias Mas S.R.L. por un monto de pesos once mil novecientos cincuenta y cuatro con 80/100 ($ 11.954,80) y para el renglón 2 la N° 6 de la firma Maxcyl Ensayos No Destructivos S.A. por un monto de pesos cuatro mil seiscientos cincuenta y nueve con 00/100 ($ 4.659,00), totalizando un monto de pesos dieciséis mil seiscientos trece con 80/100 ($ 16.613,80).

Que hasta el momento no se han efectuado compras menores y en este mes aún no se adjudicó ninguna.

Que en el transcurso del año se ha realizado una adjudicación por la modalidad de Compra Menor, con lo que se cumple lo reglamentado en el Art. 38 de la Ley 2095 de Compras y Contrataciones, de no realizar más de dos compras al mes, ni mas de doce anuales.

Que la Subgerencia Económica Financiera efectuó la reserva presupuestaria correspondiente, mediante el formulario N° 1099/11.

Que la Gerencia Gerencias: General, Coordinación General Legal y Técnica y de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba por los miembros presentes.

Por ello.

SE RESUELVE:

1°) Autorizar y aprobar la Contratación Menor N° 20/11, para la recarga y mantenimiento anual de matafuegos año 2011, de acuerdo a lo establecido en el Art. 38 de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad N° 2095. Esta compra será regida por el Pliego de Condiciones Generales aprobado por Disposición 171/DGCyC/08.

2°) Adjudicar la Contratación Menor N° 20/11 de la siguiente manera: Renglón N° 1, a la oferta N° 3 de la firma Industrias Mas S.R.L. por un monto de pesos once mil novecientos cincuenta y cuatro con 80/100 ($ 11.954,80) y para el Renglón 2 la oferta N° 6 de la firma Maxcyl Ensayos No Destructivos S.A. por un monto de pesos cuatro mil seiscientos cincuenta y nueve con 00/100 ($ 4.659,00), totalizando un monto de pesos dieciséis mil seiscientos trece con 80/100 ($ 16.613,80).

3°) Dejar sin efecto lo actuado en el marco de la Contratación Menor N° 7/11.

4°) Establecer que el presente gasto, será solventado conforme la reserva efectuada oportunamente a través del Formulario N° 1099/11.

5°) Encomendar que la Gerencia Logística comunicará a las firmas adjudicataria de lo resuelto mediante la emisión de las Ordenes de Compra correspondientes.

6°) Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un día y en el sitio web oficial de la CABA.

7°) Comunicar a las Gerencias: General, Coordinación General Legal y Técnica, Coordinación General Planificación Administrativa y Financiera, Administración y Finanzas, Asuntos Jurídicos, Logística y a las Subgerencias Contable y Económico Financiera. Cumplido pase a Gerencia Logística para la emisión de las Ordenes de Compra respectivas.

Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio. Moyano Barro ­ Gonzalo Garcilazo ­ Viegas Calçada ­ Abboud

Nota N° 5.111-IVC/2011

Continuando la sesión del día 16 de junio de 2011 del Acta N° 2429/D/2011 y con la presencia del Sr. Presidente Omar Ahmed Abboud, del Sr. Director Martín Miguel Moyano Barro, del Sr. Director Martín Gonzalo Garcilazo y del Sr. Director Marcelo Claudio Viegas Calçada, se considera el siguiente punto:

PUNTO N° 18:

Aprobar como gasto de imprescindible necesidad conforme los términos del Punto N° 23 del Acta de Directorio N° 2424/D/2011, la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 434.692,50) correspondiente a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL TRABAJO LTDA. para el servicio de poda en altura y/o tala o extracción de 1.000 árboles.

Visto la Nota N° 5.111/IVC/2011, y;

Considerando:

Que por Acta de Directorio N° 2410/D/10 de fecha 08/07/10, el IVC adhirió al Decreto N° 2143/GCBA/07 y sus complementarios y modificatorios.

Que con fecha 19 de Julio de 2010 se Publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3463, el Decreto N° 556 que derogó el Decreto N° 2143/07 y sus modificatorios y el Decreto N° 400/08.

Que mediante Acta de Directorio N° 2411, Punto 1, el IVC derogó el Punto del Acta 2410 y adhirió al Decreto N° 556/GCBA/10.

Que con fecha 27 de Septiembre de 2010 se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N“ 3512 el Decreto N° 752 que modificó el Decreto N° 556/10.

Que por el Punto N° 23 del Acta de Directorio N° 2424/D/2011 de fecha 17 de febrero de 2011, este Organismo adhirió al Decreto N° 752/GCBA/10 (BOCBA 3512 del 27/09/2010).

Que esta nueva norma vino a unificar toda la normativa que rige la materia, actualizando los límites autorizados para realizar gastos de imprescindible necesidad tendientes a asegurar la prestación de servicios esenciales que, por la celeridad con que deben llevarse a cabo, no pudieran ser gestionados desde su inicio a través de los procedimientos vigentes en materia de compras y contrataciones del Estado o mediante el régimen de cajas chicas.

Que las presentes actuaciones se inician ante la necesidad de contratar un servicio de poda en altura y/o tala o extracción de 1000, a pedido de los vecinos de los Barrios: Complejo Habitacional Lugano I; Complejo Habitacional “Comandante Luis Piedrabuena“; Complejo Habitacional Savio (Lugano I y II); Complejo Habitacional Savio II, Barrio Castro, Barrio Copello, Barrio Manuel Dorrego “Los Perales“, Barrio Mascias, Barrio Nágera, Barrio Samoré y Barrio Soldati.

Que la Gerencia de Desarrollo Habitacional solicita la contratación de un servicio de poda y mantenimiento del arbolado existente en distintos barrios de esta ciudad, manifestando “... en virtud de la necesidad y urgencia de contratación del servicio de poda solicitado, teniendo en cuenta el inicio de la época de poda del arbolado se ha proyectado un pliego de condiciones particulares...“

Que a raíz de ello la Gerencia de Desarrollo Habitacional solicita la cotización de los trabajos listados, adjuntando tres presupuestos por material y mano de obra, a saber: 1) COOPERATIVA DE TRABAJO 7° DE MAYO LTDA. quien cotiza la suma de $ 460.000.- 2) COOPERATIVA DE TRABAJO EL PROGRESO LTDA. cotiza la suma de $ 523.930,00 y 3) COOPERATIVA DE TRABAJO EL TRABAJO LTDA cotiza la suma de $ 434.692,50.

Que la Gerencia Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete no teniendo observaciones que formular dictaminando que “...surge que el marco normativo que deberá regir en el presente trámite es el indicado por el decreto 752/GCBA/10 (BOCBA 3512 del 27/09/10) y el Acta de Directorio 2424/D/11. (..). Los requisitos previstos por el art. 5 del acta precitada se encuentran cumplimentados...“.

Que la Gerencia Administración y Finanzas realizó la correspondiente Reserva Presupuestaria a través del Formulario N° 1109/11.

Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba por los miembros presentes.

Por ello.

SE RESUELVE:

1°) Aprobar como gasto de imprescindible necesidad conforme los términos del Punto N° 23 del Acta de Directorio N° 2424/D/2011, la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 434.692,50) correspondiente a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL TRABAJO LTDA.. para el servicio de poda en altura y/o tala o extracción de 1000 árboles.

2°) Encomendar a la Gerencia Técnica la notificación de lo resuelto a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL TRABAJO LTDA, mediante Cédula de Notificación, la que deberá ser diligenciada conforme las disposiciones del Art. 60 y cc. de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por el DNU N° 1510/GCBA/97.-

3°) Establecer que el monto del presente gasto será solventado conforme la reserva presupuestaria efectuada mediante el Formulario N° 1109/11.

4°) Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un día y en el sitio web oficial de la CABA.

5°) Comunicar a las Gerencias: General, Coordinación General Legal y Técnica, Coordinación General Planificación Administrativa y Financiera, Administración y Finanzas, Asuntos Jurídicos y Técnica. Cumplido, pase a esta última.

Se da por aprobado el presente punto firmando al pie los miembros del Directorio. Moyano Barro ­ Gonzalo Garcilazo ­ Viegas Calçada ­ Abboud

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Acta 2449-IVC-12 modifica Punto 5 del Acta de 2429-IVC-11