RESOLUCIÓN 217 2011 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Síntesis:
MODIFICACIÓN DEL ANEXO II DE LA RESOLUCIÓN 66-APRA -11 - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - OFICINA DE GESTIÓN SECTORIAL - OGESE - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - ESTRUCTURA ORGÁNICA - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - AUTORIDAD - LIQUIDACIÓN Y PERCEPCIÓN DE LOS INGRESOS TRIBUTARIOS - TRIBUTOS - IMPUESTOS - LEY TARIFARIA - LEY 3.751
Publicación:
01/07/2011
Sanción:
23/06/2011
Organismo:
AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
VISTO:
Las Leyes N° 2.628 y N° 3751, el Decreto N° 442/2010, las Resoluciones N° 66/APRA/11, Expediente N° 905450/11;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuyo objeto es la protección de la calidad ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 2.628, la Agencia será administrada por un Presidente, designado por el Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 442/10 se designó al Lic. Javier Francisco Corcuera Quiroga como Presidente de la Agencia de Protección Ambiental;
Que conforme a lo establecido en el artículo 8° inciso b) de la Ley N° 2.628, es función de la Presidencia: organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico funcional para los niveles inferiores a los aprobados por la presente ley, organizativos, operativos y de administración de los recursos humanos;
Que conforme lo previsto en el Código Fiscal, la Ley N° 3751 establece los impuestos, tasas y demás contribuciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires correspondientes al año 2011;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde determinar la repartición que tendrá a su cargo la instrumentación y percepción de los ingresos tributarios establecidos en la mentada Ley correspondientes a las competencias de la Agencia de Protección Ambiental;
Que mediante la Resolución N° 66/APRA/11, se aprobó la Estructura Orgánica Funcional de esta entidad autárquica, fijando las responsabilidades primarias de las diferentes Direcciones Generales y Coordinaciones;
Que la Oficina de Gestión Sectorial dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, tiene entre sus funciones Asesorar a la Presidencia en consultas e informes técnicos de orden presupuestario. Administrar los bienes y recursos de la Agencia ( ). Ejercer todas las facultades que surgen de la Ley N° 70 de Sistemas de Gestión, Administración Financiera y control del Sector Público de la Ciudad y su Decreto reglamentario.
Que, en virtud de dichas competencias resulta oportuno designar a tal repartición como autoridad encargada de la liquidación y percepción de los ingresos tributarios competencia de esta Agencia previstos en la Ley N° 3751 y las que en el futuro la reemplacen, modificando en consecuencia la Resolución N° 66/APRA/11;
Que la Unidad de Coordinación de Asuntos Jurídicos dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8° de la Ley N° 2.628 y el Decreto N° 442/2010,
Artículo 1°.- Modificase parcialmente el Anexo II de la Resolución N° 66/APRA/11, en lo que respecta a las Responsabilidades Primarias de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal y la Oficina de Gestión Sectorial dependiente de la misma, en el modo y condiciones que se consignan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Unidad de Auditoría Interna y a las Direcciones Generales de esta Agencia de Protección Ambiental. Cumplido archívese Corcuera Quiroga