RESOLUCIÓN 56 2011 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SE CESA Y ENCASILLA A PERSONAL DE LA SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD
Publicación:
06/07/2011
Sanción:
13/06/2011
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 70 (BOCBA N° 539) y N° 471 (BOCBA N° 1.026), las Resoluciones N° 17-SGCBA/10 (BOCBA N° 3.378), N° 28-SGCBA/10 (BOCBA N° 3.393), N° 61-SGCBA/10 (BOCBA 3. 422), N° 62-SGCBA/10, N° 72-SGCBA/10 (BOCBA N° 3.447), N° 79-SGCBA/10 (BOCBA N° 3.458), N° 81-SGCBA/10 (BOCBA N° 3.464), 93-SGCBA/10 (BOCBA N° 3.521), N° 987-SGCBA-MHGC-MJGC-10 (BOCBA N° 3.435), N° 1.628-SGCBA-MHGC-MJGC-10 (BOCBA N° 3.486), N° 1.951-SGCBA-MHGC-MJGC-10 (BOCBA N° 3.511), N° 2.630-SGCBA-MHGC-MJGC-10 (BOCBA N° 3.574), N° 2.696-SGCBA-MHGC/10 (BOCBA N° 3.585), N° 2.748-SGCBA-MHCG/10 (BOCBA N° 3578), N° 4-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.597) y N° 5-SGCBA/11(BOCBA N° 3.597), el Expediente N° 691877/11, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que la Ley N° 70, en su artículo 130, inciso 2), otorga al/la Síndico/a General las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de personal;
Que la Ley N° 471 establece el régimen aplicable al personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad, dependiente del Poder Ejecutivo, inclusive entes jurídicamente descentralizados, sociedades estatales y el personal dependiente de las comunas;
Que mediante Resolución N° 17-SGCBA/10 se aprobó la Estructura Organizativa de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires para sus estamentos superiores e inferiores, estableciendo sus Responsabilidades Primarias, Acciones y sus respectivos niveles remunerativos;
Que mediante las Resoluciones N° 28-SGCBA/10, 61-SGCBA/10, 62-SGCBA/10, 72-SGCBA/10, 79-SGCBA/10, 81-SGCBA/10, 93-SGCBA/10 se procedió a efectuar designaciones en los estamentos superiores e inferiores de la Estructura Organizativa de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por Resoluciones N° 987-SGCBA-MHGC-MJGC-10, 1.628-SGCBA-MHGC-MJGC-10, 1.951-SGCBA-MHGC-MJGC-10, 2.630-SGCBA-MHGC-MJGC-10, se incorporaron agentes comprendidos bajo el Régimen de Contrato por Tiempo Determinado en los términos del Decreto N° 948/05 y la Resolución N° 1.924-MHGC/07, a la planta permanente de la Sindicatura General, con los alcances establecidos en la Ley N° 471 y en el Acta Paritaria N° 11/09;
Que mediante las Resoluciones N° 2.696-SGCBA-MHGC/10 y 2.748-SGCBA-MHCG/10 se dispuso que determinados agentes que prestaban servicios en relación de dependencia en la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires continuarán su desempeño con los alcances establecidos en la Ley N° 471, a partir del 1° de Enero de 2.011;
Que por Resolución N° 4-SGCBA/11 se aprobó el Estatuto del Personal de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por Resolución N° 5-SGCBA/11 se aprobó el Sistema de Carrera Administrativa de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el Sistema de Carrera Administrativa de la Sindicatura General, prevé la diversidad de agrupamientos según exigencias de responsabilidad, autonomía y formación, requeridas en función de la especificidad y complejidad de las tareas;
Que en este contexto resulta necesario e imperioso, para optimizar el desempeño de las funciones establecidas en la Ley Suprema de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley N° 70 de Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad, proceder a efectuar encasillamientos que se adecuen al régimen escalafonario, establecido en dicha carrera administrativa;
Que el Sistema de Carrera Administrativa establece en su articulo 15, Titulo II, el valor de la unidad retributiva correspondiente a los niveles salariales según lo dispuesto en el artículo 5° del Decreto N° 2075/07 y de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 664/08 y/o aquella normativa que en un futuro lo reemplace o modifique;
Que el Decreto N° 215/11 modificó el artículo 2° del Decreto N° 664/08 estableciendo el valor de la unidad retributiva en $ 1.3384 a partir del día 1° de enero de 2011 y en $ 1.4990 a partir del día 1° de mayo de 2011;
Que la Subgerencia Legal dependiente de la Gerencia Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen Jurídico Interno N° 58-SL/11;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130 inciso 2) de la Ley N° 70,
Artículo 1°.- Césase a las personas detalladas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y forma que en el mismo se consigna, a partir del día 30 de abril de 2011.
Artículo 2°.- Encasíllese de acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 5-SGCBA/11 a partir del 1° de mayo de 2011, a las personas que se detallan en el Anexo II de la presente Resolución.
Articulo 3°.- Establécese que el valor de la unidad retributiva aprobado en el Anexo de la Resolución N° 5-SGCBA/11 lo es en $ 1.4990, conforme los términos del artículo 5° del Decreto N° 215/11.
Artículo 4°.- Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese al Sr. Jefe de Gobierno. Para su conocimiento y demás efectos pase al Ministerio de Hacienda. Notifíquese al personal mencionado en la presente, por intermedio de la Subgerencia de Recursos Humanos y Capacitación dependiente de la Gerencia Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Rial
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3699