LEY 719 2001
Síntesis:
APRUEBA - MEMORANDUM DE COOPERACIÓN E INTERCAMBIO - CELEBRADO ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y LA CIUDAD DE BEIJING - RELACIONES DE HERMANDAD - VISITAS MUTUAS - VINCULACIONES ENTRE SECTORES ECONÓMICO Y COMERCIAL - COOPERACIÓN - ESPECIALMENTE DE ALTA TECNOLOGÍA - NEGOCIACIONES - SUSCRIPCIÓN DE ACUERDOS ESPECÍFICOS DE PROGRAMAS - IMPLEMENTAACIÓN - FINANCIACIÓN - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACION DEL DIGESTO JURIDICO)
Publicación:
23/01/2002
Sanción:
14/12/2001
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
16/01/2002
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de Actualización: 29 de febrero de 2024
Artículo 1° Apruébase el Memorándum de Cooperación e Intercambio entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por el Señor Director General de Relaciones Internacionales Consulares y Cooperación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Lic. Carlos Soukiassian, autorizado mediante Decreto N° 675-GCBA-01, y la Ciudad de Beijing, República Popular de China, representada por el Director de la Oficina de Relaciones Exteriores, del Gobierno Municipal de Beijing, Señor Zhang Honghai, que como anexo forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 2° Comuníquese, etc.FELGUERAS-ALEMANY
ANEXOS
El señor Zhang Honghai, Director de la Oficina de Relaciones Exteriores del Gobierno Municipal de Beijing y el señor Lic. Carlos Soukiassian, Director General de Relaciones Internacionales, Consulares y Cooperación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, han mantenido conversaciones en un ambiente sumamente amistoso durante el año corriente, con el propósito de profundizar las relaciones hermanas que unen a la Ciudad de Beijing (República Popular China) y de Buenos Aires.
En el marco de las mencionadas conversaciones, ambas partes han intercambiando opiniones y han acordado lo siguiente:
1) Ambas partes mantendrán visitas mutuas de alto nivel, facilitando las condiciones necesarias para las mismas.
2) Ambas partes proporcionarán la coordinación a favor de vincular los sectores económico y comercial, y de estimular la cooperación en dichos campos, especialmente el de alta tecnología entre las dos ciudades.
3) Ambas partes realizarán intercambios y cooperación en materia de turismo, deporte y cultura, sobre la base de los principios de igualdad y beneficio mutuo.
4) Con motivo del décimo aniversario de la aprobación del memorándum de intención para el hermanamiento entre nuestras dos ciudades, por parte del ex Consejo Deliberante de la Ciudad de Buenos Aires, ambas oficinas mantendrán negociaciones en vistas a la organización de la Semana de Beijing en Buenos Aires y de Buenos Aires en Beijin a llevarse a cabo en la segunda y tercera semana de noviembre respectivamente.
5) En el marco del presente memorándum y con la finalidad de cumplir con los objetivos del presente, ambas partes suscribirán acuerdos específicos de programas tendientes a la realización de las acciones correspondientes, estableciendo el método de implementación y la financiación de los mencionados programas.
Con miras a garantizar la finalización de acciones del presente memorándum, la Oficina de Relaciones Exteriores del Gobierno Municipal de Beijing y de Relaciones Internacionales, Consulares y Cooperación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se mantendrán en contacto e intercambiarán información periódicamente.
Este presente memorándum se suscribe en dos idiomas chino y español del mismo tenor siendo ambos textos igualmente válidos. Soukiassian - Zhang Honghai