DECRETO 86 1999

Síntesis:

AUTORIZA AL DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS A SUSCRIBIR CONTRATOS DE LOCACIÓN DE RECONOCIMIENTOS MÉDICOS DOMICILIARIO

Publicación:

12/02/1999

Sanción:

18/01/1999

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 1.259/99, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante los Decretos Nros. 325/97, 1.765/97, 1.206/98, 2.023/98, 1.721/97 se autorizó a la entonces Dirección General de administración de Recursos Humanos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a suscribir contratos Locación de Servicios Médicos Domiciliarios.

Que el objetivo de la Ex-Dirección Medicina del Trabajo dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos es establecer una política de protección y prevención de la salud del trabajador del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el desempeño eficiente de la mencionada Dirección es condición indispensable para el estricto cumplimiento de las normas aplicables para la justificación del ausentismo por causa médica en el ámbito de esta Comuna;

Que un gran número de solicitudes quedan sin ser atendidas por falta de profesionales médicos que concurran a domicilio;

Que actualmente el ochenta por ciento (80 %) de la atención se realiza en los consultorios de dicha Dirección comportando esta situación numerosas dificultades para el personal que debe trasladarse hasta esa dependencia;

Que al aumentar el número de solicitudes a atender en domicilio, se logrará una ejecución descentralizada manteniendo un control único y central de la actividad de los médicos posibilitando una más eficiente organización;

Que la experiencia muestra que es necesario brindar una atención rápida a todo el personal que solicite licencia invocando causas médicas;

Que actualmente para algunas zonas de Capital Federal y para toda la provincia de Buenos Aires no existe cobertura en domicilio, generando una situación de clara iniquidad entre el personal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que a partir del primero de enero de 1999 han finalizado los contratos existentes para la realización de reconocimientos médicos en domicilio;

Que por lo expuesto es imprescindible contar con un grupo de médicos que puedan efectuar tareas de suspervisión, control, auditoría y suplencias de los profesionales que realizan las visitas domiciliarias;

Que es necesario reforzar con un profesional médico más, la atención requerida para dar cumplimiento al Decreto N° 1.721/98 sobre las autorizaciones y posterior control de los solicitantes de subsidios al Fondo Compensador para trasplantes y/o prestaciones de alta complejidad;

Que existen razones de oportunidad, mérito y conveniencia que justifican la necesidad de solicitar la autorización al Señor Jefe de Gobierno para contratar, durante el período comprendido entre el 1 de Enero de 1999 y el 31 de Diciembre de 1999, a cincuenta (50) médicos para reconocimientos domiciliarios, seis (6) médicos para tareas de supervisión, control, auditoría y suplencias, tres (3) médicos especialistas y suscribir por el mismo período los contratos oportunamente autorizados por el Decreto N° 2.023/98;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Art. 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires);

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Autorízase al Director General de Recursos Humanos a suscribir cincuenta (50) contratos de Locación de Servicios para la realización de reconocimientos médicos domiciliarios, por el período comprendido entre el 1 de Enero de 1999 y el 31 de Diciembre de 1999, en las condiciones contractuales que se indican en el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante del mismo, en el modo y forma que se señala en el mismo.

Art. 2° Autorízase al Director General de Recursos Humanos a suscribir seis (6) Contratos de Locación de Servicios para las tareas de supervisión, control, auditoría y suplencias de los profesionales que realizan reconocimientos médicos domiciliarios, por el período comprendido entre el 1 de enero de 1999 y el 31 de Diciembre de 1999, en las condiciones contractuales que se indican en el Anexo II que a todos sus efectos forma parte integrante del mismo, en el modo y forma que se señala en el mismo.

Art. 3° Autorízase al Director General de Recursos Humanos a suscribir tres (3) Contratos de Locación de Servicios para desempeñarse como médicos especialistas, por el período comprendido entre el 1 de Enero de 1999 y el 31 de Diciembre de 1999, en las condiciones contractuales que se indican en el Anexo III que a todos sus efectos forma parte integrante del mismo, en el modo y forma que se señala en el mismo.

Art. 4° Autorízase al Director General de Recursos Humanos a suscribir los Contratos de Locación de Servicios, por el período comprendido entre el 1 de Enero de 1999 y el 31 de Diciembre de 1999 de las personas que se indican en el Anexo IV con las mismas condiciones contractuales que las que fueran pactadas en el Decreto N° 2.023/98.

Art. 5° Autorízase al Director General de Recursos Humanos a rescindir las contrataciones dispuestas en los artículos 1°), 2°), 3°), 4°) y a disponer el reemplazo en iguales condiciones de contratación.

Art. 6° Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe mensual en una Orden General de Pago, correspondiente al monto mensual de los Contratos de Locación de Servicios del personal involucrado en los Anexos I, II, III y IV.

Art. 7° A los efectos del cobro, mensualmente deberán adicionarse las certificaciones de servicios correspondientes. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, deposite los honorarios correspondientes.

Art. 8° El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.

Art. 9° El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos anteriores se imputará a la partida presupuestaria que corresponda.

Art. 10 El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 11 Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales de Contaduría, Tesorería, Planificación Presupuestaria y de Recursos Humanos; cumplido, archívese.

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

CONTRATOS A RENOVAR


ANEXOS

ANEXO I

Modalidad: Contrato de Locación de Servicios.
Objeto: Realización de reconocimientos médicos domiciliarios.
Cantidad: Cincuenta (50) contratos.
Período: 1° de enero de 1999 al 31 de diciembre de 1999.
Precio Total: Pesos Diez Mil Ochocientos ($ 10.800.-).
Forma de pago: Doce cuotas mensuales y consecutivas de pesos novecientos ($ 900.-) las que se harán efectivas dentro de los diez (10) primeros días hábiles de cada mes vencido.
Prestaciones: La Dirección de Medicina del Trabajo podrá asignarle a cada profesional Médico hasta un máximo de doce (12) reconocimientos médicos a domicilio por día. Estos pedidos de reconocimiento deberán ser retirados de la Dirección de Medicina del Trabajo en el tiempo y el modo que, al momento de efectivizar los contratos, se considere más conveniente para el servicio. Las autoridades de la Dirección de Medicina del Trabajo pueden, mediante una notificación producida con una anticipación adecuada, convocar a los profesionales médicos, en forma grupal o individual, a los efectos de realizar actividades de capacitación, transmitir sugerencias o solicitar alguna modificación en el accionar de los citados profesionales.
Zonas: A cada profesional Médico se le asignará una zona geográfica donde deberá desarrollar su actividad. Esta zona podrá o no ser compartida por otro profesional. La Dirección de Medicina del Trabajo arbitrará los medios necesarios para que las solicitudes de reconocimiento médico domiciliario para cada profesional pertenezcan a la zona que la fuera asignada, no obstante lo cual, la Dirección de Medicina del Trabajo podrá solicitar al profesional Médico la realización de reconocimientos médicos fuera de su zona de cobertura.

ANEXO II

Modalidad: Contrato de Locación de Servicios.
Objeto: Realización de tareas de suspervisión, control, auditoría y suplencias de los profesionales de reconocimientos médicos domiciliarios.
Cantidad: Seis (6) contratos.
Período: 1° de enero de 1999 al 31 de diciembre de 1999.
Precio Total: Pesos Catorce Mil Cuatrocientos ($ 14.400.-).
Forma de pago: Doce cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Mil Doscientos ($ 1.200.-) las que se harán efectivas dentro de los diez (10) primeros días hábiles de cada mes vencido.
Prestaciones: La Dirección de Medicina del Trabajo le asignará, en forma diaria, a cada profesional Médico un número de reconocimientos médicos domiciliarios para que realice tareas de supervisión, control y/o auditoría de lo actuado por el profesional de reconocimientos médicos domiciliarios, también deberá suplir a aquellos profesionales que se ausenten o realizar visitas domiciliarias en caso de un aumento extraordinario de la demanda de reconocimientos. Estos pedidos de reconocimiento deberán ser retirados de la Dirección de Medicina del Trabajo en el tiempo y el modo que, al momento de efectivizar los contratos, se considere más conveniente para el servicio. Las autoridades de la Dirección de Medicina del Trabajo pueden, mediante una notificación producida con una anticipación adecuada, convocar a los profesionales médicos, en forma grupal o individual, a los efectos de realizar actividades de capacitación.
Zonas: A cada profesional Médico se le asignará una zona geográfica donde deberá desarrollar su actividad. La Dirección de Medicina del Trabajo arbitrará los medios necesarios para que los pedidos de supervisión, control, auditoría y/o suplencias pertenezcan a la zona que le fuera asignada, no obstante lo cual, la Dirección de Medicina del Trabajo podrá solicitar al profesional Médico la realización de alguna de las tareas arriba descriptas fuera de su zona de cobertura.

ANEXO III

Modalidad: Contrato de Locación de Servicios.
Objeto: Reconocimientos médicos en consultorio de la especialidad que posea el Profesional Médico.
Cantidad: Tres (3) contratos.
Período: 1° de Enero de 1999 al 31 de Diciembre de 1999.
Precio Total: Pesos Diez Mil Ochocientos ($ 10.800.-)
Forma de pago: Doce cuotas mensuales y consecutivas de pesos novecientos ($ 900.-) las que se harán efectivas dentro de los diez (10) primeros días hábiles de cada mes vencido.
Prestaciones: El profesional Médico deberá realizar los análisis y/o revisaciones de los agentes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que, en virtud de su dolencia, requieran atención en la especialidad que posea el profesional contratado. Estos pedidos serán asignados por la Dirección de Medicina del Trabajo en el tiempo y el modo que se considere más conveniente para el servicio. Las autoridades de la Dirección de Medicina del Trabajo pueden, mediante una notificación producida con una anticipación adecuada, convocar a los profesionales médicos, en forma grupal o individual, a los efectos de transmitir sugerencias o solicitar alguna modificación en el accionar de los citados profesionales o la realización de actividades de capacitación.

ANEXO IV

Modalidad: Prórroga de los Contratos de Locación de Servicios autorizados por el Decreto N° 2.023/98.
Objeto: Reconocimientos médicos en consultorio de la especialidad que posea el Profesional Médico. Tareas de control y diseño de circuitos administrativos.
Cantidad: Seis (6) contratos.
Período: 1° de Enero de 1999 al 31 de Diciembre de 1999.
Forma de pago: Doce cuotas mensuales y consecutivas del valor fijado para cada una de las personas consignadas en la tabla siguiente. Estas cuotas se harán efectivas dentro de los diez (10) primeros días hábiles de cada mes vencido.
Prestaciones: Similares a las que fueran autorizadas en el Decreto N° 2.023/98.

CONTRATOS A RENOVAR

Apellido y Nombre Documento N° C.U.I.T. N°: Retribución Mensual Retribución Total
Cabrera, Roberto Daniel D.N.I. N° 13.277.355 20-13277355-7 $ 1.500.-- $ 18.000.--
Carballo, Walter Osvaldo D.N.I. N° 16.261.369 20-16261369-1 $ 1.200.-- $ 14.400.--
Castro Moure, Guillermo L.E. N° 8.234.059 20-08234059-7 $ 900.-- $ 10.800.--
Ciuzzi, María Estela D.N.I. N° 13.979.858 27-13979858-4 $ 900.-- $ 10.800.--
Del Giudice, Silvana D.N.I. N° 21.553.601 27-21553601-2 $ 900.-- $ 10.800.--
Hermida, Miriam D.N.I. N° $ 900.-- $ 10.800.--

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
El art. 4° hace referencia al Decreto 2023