DECRETO 2023 1998

Síntesis:

AUTORIZACIÓN AL DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS DOMICILIARIOS CON DIVERSOS PROFESIONALES.

Publicación:

13/11/1998

Sanción:

06/10/1998

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 60.241/98, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 325/GCBA/97 se autorizó a la Dirección General de Recursos Humanos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a suscribir Contratos de Locación de Servicios Médicos Domiciliarios;

Que posteriormente por Decreto N° 1.765/GCBA/97 se autorizó la prórroga por ciento ochenta (180) días corridos de los mismos;

Que existen razones de oportunidad, mérito y conveniencia que justifican la necesidad de solicitar la autorización al señor Jefe de Gobierno para la celebración de los Contratos de Locación de Servicios a que se hizo mención, por el período comprendido entre el 1° de agosto y el 31 de diciembre de 1998;

Que la presente gestión se exceptúa de lo dispuesto en el Decreto N° 214/95, mediante el cual se instruye a los señores Secretarios de los Organos Ejecutivos y dependientes, a abstenerse de celebrar convenios ad referéndum del señor Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, salvo autorización expresa en contrario;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires);

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA

CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Autorízase al Director General de Recursos Humanos a suscribir los Contratos de Locación de Servicios Médicos Domiciliarios, por el período comprendido entre el 1° de agosto y el 31 de diciembre de 1998, de los profesionales que se indican en el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante del mismo, en el modo y forma que se señala, conforme las facultades otorgadas por el Decreto N° 325/GCBA/97, en las condiciones contractuales determinadas por la prórroga establecida por el Decreto N° 1.765/GCBA/97.

Art. 2° Exceptúase lo dispuesto en el artículo anterior de lo prescripto por Decreto N° 214/95, mediante el cual se instruye a los señores Secretarios de los Organos Ejecutivos y dependientes a abstenerse de celebrar convenios ad referéndum del señor Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, salvo autorización expresa en contrario.

Art. 3° Autorízase al Director General de Recursos Humanos a rescindir las contrataciones dispuestas en el artículo 1° cuando exista voluntad de alguna de las partes y a disponer el reemplazo en iguales condiciones de contratación.

Art. 4° Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe mensual en una Orden General de Pago, correspondiente al monto mensual de los Contratos de Locación de Servicios del personal involucrado en el Anexo I.

Art. 5° A los efectos del cobro, mensualmente deberán adicionarse las certificaciones de servicios respectivas. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, deposite los honorarios correspondientes.

Art. 6° El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.

Art. 7° El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos anteriores se imputará a la partida presupuestaria que corresponda.

Art. 8° El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 9° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales de Contaduría, Tesorería, Planificación Presupuestaria y Recursos Humanos; Cumplido, archívese.

AUTORIZACION CONTRATOS DE LOCACION DE SERVICIOS

PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1°-8-98 Y EL 21-12-98


ANEXOS

ANEXO I

AUTORIZACION CONTRATOS DE LOCACION DE SERVICIOS

PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1°-8-98 Y EL 21-12-98

Apellido y Nombres Documento N° C.U.I.T. Retribución Mensual Retribución Total
Cabrera, Roberto Daniel D.N.I. N° 13.277.355 20-13277355-7 $ 1.500.- $ 7.500.-
Chiuzzi, María Estela D.N.I. N° 13.979.858 27-13979858-4 $ 800.- $ 4.000.-
Castro Moure, Guillermo L.E. N° 8.234.059 20-08234059-7 $ 800.- $ 4.000-
Carballo, Walter Osvaldo D.N.I. N° 16.261.369 20-16261369-1 $ 1.200 $ 6.000.-
Sacheri, Ricardo Cristián D.N.I. N° 18.151.064 20-18151064-2 $ 800.- $ 4.000.-
Del Giudice, Silvana D.N.I. N° 21.553.601 27-21553601-2 $ 800.- $ 4.000.-

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIADA POR
El art. 4° hace referencia al Decreto 2023
REFERENCIA
REFERENCIA