DISPOSICIÓN 3 2011 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Síntesis:

MODIFICA EL ANEXO I DE LA DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 1-DGR-DGESYC-DGLYT-DGANFA-UAIAGIP/11

Publicación:

15/08/2011

Sanción:

03/08/2011

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS


VISTO:

La Resolución N°131-AGIP/2011, la Resolución N°192-AGIP/2011, y la Disposición Conjunta N° 1/DGR/DGESYC/DGLYT/DGANFA/UAIAGIP/11, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N°131-AGIP/2011 la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos llama a Concurso Público Abierto para la cobertura de ciento cincuenta (150) puestos para desempeñarse en la planta permanente de este Organismo;

Que en el mismo acto administrativo se otorgaron facultades a los Directores Generales y/o Adjuntos de esta Administración para aprobar las condiciones generales y particulares del Concurso Público Abierto y dictar todas las normas reglamentarias y complementarias para la implementación del mismo.

Que mediante el dictado de la Disposición Conjunta N° 1/DGR/DGESYC/DGLYT/DGANFA/UAIAGIP/11, se aprobaron las condiciones generales y particulares del referido Concurso Público Abierto;

Que conforme lo dispuesto en el artículo 29 del Anexo I de la Disposición Conjunta N° 1/DGR/DGESYC/DGLYT/DGANFA/UAIAGIP/11 se determinó que el Comité de Selección estará compuesto por ocho ( 8) miembros titulares con nivel no inferior a Subdirector General de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y seis ( 6) miembros suplentes los cuales deben revestir el carácter de funcionarios de la citada Administración;

Que por la Resolución N° 192-AGIP/2011 el Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos designó a los miembros titulares y suplentes del Comité de Selección;

Que habiendo presentado, algunos de los miembros titulares del mencionado Comité, excusación por encontrarse comprendidos en las causales enunciadas en el artículo 11 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resulta necesario establecer, conforme lo dispuesto en el artículo 31 del Anexo I de la Disposición Conjunta N° 1/DGR/DGESYC/DGLYT/DGANFA/ UAIAGIP/11, el reemplazo para cada uno de los integrantes excusados;

Que como consecuencia de ello, y resultando insuficiente la cantidad de miembros suplentes dispuesta en el citado artículo 29 del Anexo I de la Disposición Conjunta N° 1/DGR/DGESYC/DGLYT/DGANFA/ UAIAGIP/11 para el desarrollo de las entrevistas correspondientes a la Etapa de Evaluación de Idoneidad Funcional corresponde modificar la norma aumentando en diez (10) su número total;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por Resolución N° 131/AGIP/2011.

LOS DIRECTORES GENERALES DE RENTAS, ESTADÍSTICA Y CENSOS,

LEGAL Y TÉCNICA, ANÁLISIS FISCAL,

Y LA UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA DE LA AGIP

DISPONEN

Artículo 1°.- Modifícase el artículo 29 del Anexo I de la Disposición Conjunta N° 1/DGR/DGESYC/DGLYT/DGANFA/UAIAGIP/11 elevando a diez (10) la cantidad de miembros suplentes.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, a la Comisión para la Plena integración e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS), a las Direcciones Generales dependientes de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido archívese. Leguizamón - Lahoz - Luszinsky - Pérez Colman - Donati