RESOLUCIÓN 1585 2011 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

MODIFICA LA RESOLUCION N° 1443-MSGC-MHGC/11 - FACULTA A  DIRECTORES DE  HOSPITALES GENERALES DE AGUDOS Y GENERALES DE NIÑOS, DEL HOSPITAL MATERNO INFANTIL  RAMÓN SARDÁ, DEL HOSPITAL DE REHABILITACIÓN RESPIRATORIA MARÍA FERRER DEL HOSPITAL DE QUEMADOS, Y DEL HOSPITAL DE INFECCIOSAS “DR. FRANCISCO MUÑIZ“, DEPENDIENTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES A AUTORIZAR MÓDULOS ÚNICOS PARA EL PERSONAL DE ENFERMERÍA

Publicación:

18/08/2011

Sanción:

09/08/2011

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO:

La Resolución Conjunta N° 1.443/MSGC-MHGC/11, y el Expediente N° 1.190.448/11, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Conjunta mencionada en el VISTO se facultó a los Directores de los Hospitales Generales de Agudos y Generales de Niños, a autorizar Módulos Únicos para el personal de enfermería conforme a lo establecido por Resolución N° 1.762/MHGC/06, para cubrir las necesidades de los Servicios de Terapia Intensiva e Intermedia Pediátrica y Neonatología, durante el período comprendido entre la suscripción de la presente y hasta el 30 de Septiembre de 2011, inclusive, sin restricción de cupo alguno;

Que analizada en profundidad dicha norma se ha advertido que han quedado fuera de sus previsiones algunos efectores pertenecientes al sistema de salud, los cuales deberían estar incluidos, ya que se ven alcanzados por situaciones análogas a las que se pretende evitar en los anteriormente mencionados;

Que en ese orden de ideas, se estima propicia la modificación del mencionado acto administrativo, incorporando al Hospital Materno Infantil “Ramón Sardá”, al Hospital de Rehabilitación Respiratoria “María Ferrer“, al Hospital de Quemados, y al Hospital de Infecciosas “Francisco Muñiz“, con los mismos alcances y efectos que los establecidos para los Hospitales Generales de Agudos y Generales de Niños;

Que, en otro orden, y a la luz de la experiencia recogida por el Ministerio de Salud, es aconsejable disponer asimismo que la facultad otorgada por el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 1.443/MSGC-MHGC/2011 se amplíe a los Servicios de Terapia Intensiva e Intermedia de Adultos, contemplando a los efectores mencionados en la mentada Resolución Conjunta y a los aquí citados;

Que en este estado, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, el cual introduzca las modificaciones planteadas a la Resolución Conjunta N° 1.443/MSGC-MHGC/2011.

Por ello, en uso de las facultades legales que les son propias,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE HACIENDA

RESUELVEN

Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 1.443/MSGC-MHGC/2011, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Facúltase a los Directores de los Hospitales Generales de Agudos y Generales de Niños, del Hospital Materno Infantil “Ramón Sardá”, del Hospital de Rehabilitación Respiratoria “María Ferrer“, del Hospital de Quemados, y del Hospital de Infecciosas “Dr. Francisco Muñiz“, dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a autorizar Módulos Únicos para el personal de enfermería conforme a lo establecido por Resolución N° 1.762/MHGC/2006, para cubrir las necesidades de los Servicios de Terapia Intensiva e Intermedia Pediátrica y Neonatología, y Terapia Intensiva e Intermedia Adultos, durante el período comprendido entre la suscripción de la presente y hasta el 30 de Septiembre de 2011, inclusive, sin restricción de cupo alguno.”

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás fines, pase a la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud, y a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud y a la Dirección General Oficina General de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Lemus - Grindetti

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