DISPOSICIÓN 224 2011 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Síntesis:

REGLAMENTACIÒN - APRUEBA - ADHESIÓN A NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS - BAC - APLICACIONES EN CONTRATACIONES - SISTEMA ELECTRONICO DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES - BUENOS AIRES COMPRAS  BAC 

Publicación:

24/08/2011

Sanción:

02/08/2011

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES


VISTO:

La Ley N° 2095, su Decreto Reglamentario N° 754/GCABA/2008, el Decreto N° 1145/GCABA/2009, reglamentario del Art. 83 de la Ley 2095, la Resolución N° 596/MHGC/2011, la Resolución N° 1160/MHGC/2011, la Disposición N° 119/DGCyC/2011 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2095, regula el Régimen de Compras y Contrataciones en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Articulo 83 de dicha norma establece que: “Todos los procesos de compras, ventas y contrataciones que efectúen los órganos contratantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben realizarse utilizando sistemas electrónicos o digitales que establezca el órgano rector, abarcando todas las instancias y actos administrativos del proceso”;

Que por su parte el Artículo 83 del Decreto 754/GCABA/2008 refiere que “El Órgano rector debe elaborar e implementar los procedimientos necesarios a efectos de que los sistemas informáticos se adecuen a los requerimientos de la presente reglamentación, y a la vez de solicitar el desarrollo o modificaciones de los sistemas electrónicos que considere necesarios, a fin de abarcar a través de su aplicación todas las instancias y actos administrativos del proceso”;

Que mediante Decreto N° 1145/GCABA/2009 se aprobó la reglamentación del artículo 83 de la Ley N° 2095 y se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones creando el portal www.buenosairescompras.gob.ar de acceso público y gratuito para todos los usuarios, medio a través del cual la Administración activa, difunde sus llamados y efectúa los procesos de las contrataciones de bienes y servicios regulados en la Ley N° 2095;

Que el decreto de mención en su Artículo 6° referido a las “Comunicaciones Electrónicas” establece: “Toda comunicación entre el organismo contratante y los oferentes o proveedores, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato se efectúa a través de BAC”;

Que asimismo en su Artículo 7°, relativo a las Notificaciones electrónicas, dispone que: “Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N° 2095 y del presente Reglamento se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y simultáneo envío de mensajería mediante BAC”;

Que mediante Resolución N° 596/MHGC/2011 se han aprobado tanto las Políticas, Términos y Condiciones de Uso del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones, como el Procedimiento de Autenticación de los Usuarios de los Proveedores de Buenos Aires Compras (BAC), de aplicación obligatoria para todos los usuarios de los proveedores que participen en los procesos de adquisiciones y contrataciones electrónicas, delegándose en esta Dirección General de Compras y Contrataciones la facultad de elaborar y aprobar el procedimiento de Administración de Perfiles y Usuarios Compradores de BAC dependientes del GCABA;

Que en el Art. 5 del Anexo I de la mentada Resolución se establece “…Los usuarios proveedores aceptan recibir permanentemente correos electrónicos relativos a procesos electrónicos de adquisición, órdenes de compras y demás información relevante, a la dirección de correo informada por ellos en el BAC. El BAC es el medio obligatorio de publicación de los llamados y procesos de contratación electrónica del GCABA, sin perjuicio de las demás formas de difusión y publicidad que la reglamentación vigente determina. Los correos electrónicos enviados por el BAC sólo constituyen un medio de aviso...”;

Que dentro del contexto normativo señalado resulta necesario proceder a la aprobación del documento a través del cual los proveedores manifiestan su adhesión al régimen de notificaciones electrónicas de aplicación a las contrataciones efectuadas bajo el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado Buenos Aires Compras (BAC).

Por ello, en mérito a todo lo expuesto,

EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE

Artículo 1° - Apruébase el documento denominado “Adhesión a Notificaciones Electrónicas - BAC” de aplicación a las contrataciones a ser efectuadas bajo el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado Buenos Aires Compras (BAC), que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

Artículo 2° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el sitio de internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3° - Regístrese y remítase a la Gerencia Operativa de Registros para la prosecución de su trámite. Greco


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3733

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Disp. 224-DGCYC-11 aprueba el documento de adhesión a Notificaciones Electrónicas - BAC</p>