RESOLUCIÓN 467 2011 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO

Síntesis:

CONVOCATORIA - CONCURSO DE PROYECTOS - PROGRAMA SECTORIAL DE INTERNACIONALIZACIÓN DE EMPRESAS - MARCO DEL PROGRAMA RED INSTITUCIONAL DE APOYO A MIPYMES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES -   INSTITUCIONES GREMIALES EMPRESARIAS - SECTORIALES Y OTRAS INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO - INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE ENTIDADES DE APOYO A MIPYMES 

Publicación:

02/09/2011

Sanción:

19/08/2011

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO


VISTO:

Los Decretos Nros. 923/05, 2075/07 y 1063/09, la Resolución N° 61/SSPRODU/06 y sus modificatorias, y el Expediente N° 476.970/2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 923/05 estableció, en el ámbito de la ex-Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, el Programa Red Institucional de Apoyo a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMEs) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de contribuir a la mejora de la competitividad de esa clase de emprendimientos, a través del fortalecimiento de su interacción con las organizaciones y entidades no gubernamentales especializadas en suministrarles servicios de apoyo;

Que el Decreto N° 1063/09, modificatorio del Decreto N° 2075/07, fijó que la Dirección General de Comercio Exterior posee entre sus responsabilidades primarias, la de promover a la internacionalización de las empresas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires e impulsar el desarrollo de la oferta exportable y la apertura de mercados externos;

Que en tal sentido, se propicia la convocatoria a un concurso que tendrá como objetivo brindar apoyo a las MIPyMEs de la Ciudad en sus actividades de comercio exterior, que permitirá fortalecer el plan de promoción de exportaciones y acceso a nuevos mercados, como también impulsar una mejora continua, debiendo las mismas adecuar los proyectos que se incorporen a lo establecido en la presente, así como encontrarse inscriptas en el Registro de Entidades de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad, que funciona en el ámbito de la Subsecretaría de Desarrollo Económico dependiente de este Ministerio;

Que en lo atinente a la instrumentación del Programa en cuestión, el Decreto N° 923/05 asignó a la ex-Subsecretaría de Producción, hoy Subsecretaría de Desarrollo Económico, la calidad de Autoridad de Aplicación;

Que en virtud de lo expuesto y a los fines de llevar adelante el proceso convocado en el marco del citado Programa, corresponde a este Ministerio avocarse la calidad de Autoridad de Aplicación con los alcances que precisa la referida normativa, encomendando a su vez el carácter de Unidad Ejecutora a la Dirección General de Comercio Exterior, teniendo en cuenta que la convocatoria se relaciona en forma directa con sus objetivos y responsabilidades;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le corresponde en virtud de lo establecido en la Ley N° 1218.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONOMICO

RESUELVE

Artículo 1.- Convócase al Concurso de Proyectos "Programa Sectorial de Internacionalización de Empresas", en el marco del Programa "Red Institucional de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" creado por el Decreto N° 923/05.

Artículo 2.- Podrán participar de este Concurso las instituciones gremiales empresarias, sectoriales y otras instituciones sin fines de lucro. Las mismas deberán previamente estar inscriptas en el Registro de Entidades de Apoyo a MIPyMEs que funciona en el ámbito de la Subsecretaria de Desarrollo Económico. Las que resulten seleccionadas, participarán del proceso de gestión, administración y tutoría de proyectos de exportación de empresas con actividad productiva en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3.- Las entidades que resulten ganadoras accederán a un aporte no reembolsable destinado a la implementación de la propuesta efectuada, de acuerdo con las pautas, montos y metodología de desembolsos aprobadas a tal efecto.

Artículo 4.- El Ministerio de Desarrollo Económico actuará como Autoridad de Aplicación de la presente convocatoria y que, en tal calidad, tendrá a su cargo:

a) Aprobar los proyectos que resulten beneficiarios del Concurso.

b) Resolver, rescindir o modificar las condiciones pactadas con quienes resulten beneficiarios, en caso de incumplimiento por parte de los mismos.

c) Resolver toda cuestión imprevista no contemplada en la presente normativa

Artículo 5.- Asígnase a la Dirección General de Comercio Exterior del Ministerio de Desarrollo Económico la calidad de Unidad Ejecutora del presente concurso, teniendo a su cargo en tal carácter:

a) Recibir las propuestas técnicas de las entidades y organizaciones participantes del concurso.

b) Evaluar las propuestas técnicas y los antecedentes de las entidades participantes.

c) Elaborar un informe del resultado de las evaluaciones efectuadas y recomendar a la autoridad de aplicación el otorgamiento del beneficio en los casos que corresponda.

d) Dar a publicidad a los ganadores del concurso a la finalización del proceso de evaluación de las propuestas técnicas.

e) Suscribir las Actas Acuerdo que forman parte de la presente como Anexo III, y cuyo modelo es aprobado por el Artículo 8° del presente.

f) Efectuar el seguimiento, control y auditoría de las propuestas seleccionadas.

g) Aprobar las rendiciones de cuentas de los aportes no reembolsables.

h) Autorizar la devolución del seguro de caución al que hace referencia el Anexo I de la presente Resolución o, por el contrario, disponer el inicio del trámite de ejecución de la caución en caso de incumplimiento fundado.

i) Dictar Disposiciones de detalle que fueren necesarias para el cumplimiento de las funciones enumeradas precedentemente.

Artículo 6.- Destínase a este concurso la suma de pesos ciento setenta mil ($ 170.000), los que serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente del presupuesto en vigor.

Artículo 7.- Establécese que las propuestas técnicas de las entidades deberán ser presentadas desde la publicación de la presente norma en el Boletín Oficial, hasta los 30 días posteriores a las 15 hs. en la sede de la Dirección General de Comercio Exterior, sita en Algarrobo 1041, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 8.- Apruébanse los Anexos I, II (Formularios 1 y 2), III, IV y V, que a todos los efectos forman parte integrante de la presente y que deberán ser cumplimentados por las entidades u organizaciones sin fines de lucro interesadas, bajo apercibimiento de ser desestimada la respectiva participación o dar por rescindido el correspondiente vínculo.

Artículo 9.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Desarrollo Económico, a la Dirección General de Comercio Exterior y a las Direcciones Generales Contaduría y Tesorería del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Cabrera


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3740

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1° Res.467-MDEGC-11 convoca a concurso Proyectos Programa Sectorial de Internacionalización de Empresas - Programa Red Institucional de Apoyo a MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco del Dec 923-05</p>