RESOLUCIÓN 1335 2011 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

MODIFICACIÓN - RESOLUCIÓN N° 149-MH-11 - REPARTICIONES QUE NO CONSTITUYEN UNIDADES DE ORGANIZACIÓN - INCORPORACIÓN - INSTITUTO DE TRASPLANTE - CAJA CHICA COMÚN - TOPES - RÉGIMEN PARA LA ASIGNACIÓN DE FONDOS A REPARTICIONES

Publicación:

09/09/2011

Sanción:

23/08/2011

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO:

El Decreto N° 67/10, reglamentado por las Resoluciones N° 51-MHGC-10 y N° 149-MHGC-11, y el Expediente N° 195.859/11, y;

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones de la referencia el Ministerio de Salud solicita que el Instituto de Trasplante de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creado mediante Ley N° 3.294, sea incorporado al régimen del Decreto N° 67/10 y su reglamentación, a los efectos de poder afrontar los gastos corrientes que hacen a su normal funcionamiento;

Que por Decreto N° 67/10 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos bajo el sistema de caja chica o con sujeción al sistema de compras y contrataciones, con destino a las reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que constituyen Unidades de Organización o que, sin serlo, sean expresamente incorporadas por el Ministerio de Hacienda;

Que el artículo 7° del Anexo I de la referida norma establece que esta Jurisdicción fija, entre otros ítems, los montos de las cajas chicas comunes, el número máximo de reposiciones y el monto máximo de gastos por comprobante;

Que, en consecuencia, en el artículo 2° de la Resolución N° 149-MHGC-11 se incorporan al citado régimen de fondos diversas reparticiones que no constituyen Unidades de Organización, siendo enumeradas en el Anexo I de la misma;

Que en el artículo 3° de la mencionada Resolución se disponen los montos de las cajas chicas comunes para las diversas reparticiones del Gobierno, los que obran en el Anexo II de dicho acto administrativo;

Que su artículo 4° determina los montos máximos de gastos por comprobante conforme el Anexo III de la Resolución señalada.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 67/10,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE

Artículo 1°.- Incorpórase el Instituto de Trasplante de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creado mediante Ley N° 3.294, a los Anexos I, II y III de la Resolución N° 149-MHGC-11, teniéndose por ampliada la misma en tal sentido.

Artículo 2°.- Fíjase en la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) el monto de la caja chica común correspondiente al área mencionada en el precedente artículo 1°, teniéndose por ampliado en tal sentido el Anexo II de la Resolución N° 149-MHGC-11.

Artículo 3°.- Los gastos por comprobante relativos a la caja chica indicada podrán ascender sin límite alguno hasta el monto de la misma, teniéndose por ampliado en tal sentido el Anexo III de la Resolución N° 149-MHGC-11.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Contaduría y a la Gerencia Operativa de Gestión Técnica de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud. Grindetti

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art 1 de la Res 1335-MH-11 incorpora el Instituto de Trasplante a los Anexos I, II y III de la Res 149-MH-11- Art 2 Fija la suma del monto de la caja chica común teniéndose por ampliado en tal sentido el Anexo II - Art 3 establece que los gastos por comprobante podrán ascender sin límite alguno hasta el monto de la misma, teniéndose por ampliado en tal sentido el Anexo III