RESOLUCIÓN 125 2011 SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

Síntesis:

NORMA DEROGADA - TRÁNSITO Y TRANSPORTE - PROHIBICIÓN DE ESTACIONAR- ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS - 24 HORAS -  CALLE - PASAJE AVALLE - CALLE RONDEAU

Publicación:

21/09/2011

Sanción:

12/09/2011

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE


VISTO:

el Registro N° 1302925-DGTRANSI-2010, y

CONSIDERANDO:

Que en los presentes el Sr. Juan Alberto del Barrio, propone la prohibición de estacionamiento en una de las aceras las 24 hs. del Pasaje Avalle (sin salida) esquina Rondeau, aduciendo que esto beneficiaria al ingreso y egreso de dicho Pasaje y a las maniobras para salir de los garajes por la gran cantidad de vehículos estacionados en ambas manos;

Que independientemente de ello y analizada la cuadricula circulatoria después de haberse inspeccionado la zona se pudo comprobar la veracidad de lo manifestado por el recurrente; entendiéndose que por el exiguo ancho de calzada, resultaría viable prohibir el estacionamiento general de vehículos durante las 24 hs en la acera par (Este) del Pasaje Avalle, arteria sin salida;

Que la medida propuesta se basa en la seguridad vial, dándole más fluidez a la entrada y salida de vehículos al sector, en virtud de la reducción de la calzada producida por el estacionamiento general de vehículos en ambas aceras.

Por ello, conforme la facultad otorgada por el artículo 1.2.2. del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácter asignado a esta Subsecretaría por el Decreto N° 498-GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1° - Prohíbase, con carácter transitorio y experimental, por el término de 90 días corridos, a partir de la fecha de implementación, el estacionamiento general de vehículos todos los días durante las 24 horas en el siguiente tramo de arteria:

AVALLE, acera par (Este): esquina Rondeau (Pasaje sin salida).

Artículo 2° - La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el pertinente señalamiento vertical que proyectará y ejecutará la Dirección General de Tránsito, y fijará posteriormente la fecha de implementación, mediante la respectiva Disposición.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro del término de diez días hábiles, de acuerdo a lo previsto en el inciso a) del artículo 1.2.2 del CTTCABA, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito para su conocimiento y comunicación a la Policía Federal Argentina, y a las Direcciones Generales de Transporte, del Cuerpo de Agentes de Control del Transito y el Transporte y de Seguridad Vial. Cumplido, continúese el trámite indicado en el artículo anterior. Dietrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 5 de la Ley 4357, deja sin efecto la Resolución 125-SSTRANS-11.</p>