RESOLUCIÓN 731 2011 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

MODIFICACIÓN - ESTRUCTURA ORGÁNICA - ORGANIZATIVA - PODER JUDICIAL - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - PUBLICACIÓN EN PÁGINA WEB - CARGA INFORMÁTICA - ACCESO A LA INFORMACIÓN - VERSIÓN TAQUIGRÁFICA - SESIONES - PLENARIO - RESOLUCIÓNES - NORMAS - PUBLICIDAD - DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA - FUNCIONES - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - SECRETARÍA DE LA COMISIÓN DE SELECCIÓN DE INTEGRANTES DE LA MAGISTRATURA Y DEL MINISTERIO PÚBLICO - SECRETARÍA DE LA COMISIÓN DE DISCIPLINA Y ACUSACIÓN - SECRETARÍA DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN  FINANCIERA, INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y TELECOMUNICACIONES - SECRETARÍA DE LA COMISIÓN DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y POLÍTICA JUDICIAL - ADMINISTRACIÓN GENERAL

Publicación:

13/10/2011

Sanción:

27/09/2011

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO:

La Convención Interamericana contra la Corrupción aprobada por la Ley Nacional N° 24.759; los artículos 1°, 41, 42, 43 y cc. de la Constitución Nacional; los artículos 1°, 11, 12, 26, 46, 54, 74, 105, 132 y cc. de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la Ley 104; las facultadas conferidas al Consejo de la Magistratura de la Ciudad por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la Ley 31; y las Resoluciones CM Nros. 260/04 (con sus modificatorias), 843/10, 1090/10 y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece el deber de organizar sus instituciones autónomas como democracia participativa y adopta para su gobierno la forma republicana y representativa. Asimismo, reconoce de modo insoslayable que “todos los actos de gobierno son públicos” (art. 1°).

Que los principios de participación, transparencia y publicidad se erigen como pilares básicos de nuestro Estado de Derecho y como obligación inexcusable de los distintos órganos y autoridades públicas. Por lo tanto, la ausencia de publicidad es sospecha de falta de transparencia y de corrupción tal como surge de manera inequívoca de la Convención Interamericana contra la Corrupción.

Que en este punto la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires prevé la ineludible remoción de los obstáculos que impidan la efectiva participación en la vida política, económica o social de la comunidad (art. 11).

Que sin acceso a la información no es posible el ejercicio del control ciudadano ni de la participación social (arts. 1° y 132).

Que la transparencia es garantía de efectividad y eficiencia en la asignación de recursos humanos, económicos y financieros (conf. art. 54 de la Constitución local y Carta Compromiso con el Ciudadano aprobada por el Decreto nacional N° 229/2000).

Que el derecho a comunicarse, requerir, difundir y recibir información libremente garantizado por el art. 12 inc. 2° de la Constitución porteña, se traduce para su efectiva realización en el deber de los poderes públicos de poner a disposición de los particulares toda la información relativa a su gestión, actos y resoluciones que emitan sin trabas u obstáculos.

Que en el cumplimiento de estos objetivos prioritarios que hacen al desempeño transparente de toda gestión pública, la red internet constituye un medio de publicación útil y eficaz y que facilita el acceso rápido, oportuno, libre y gratuito.

Que debe destacarse que si bien ha sido de buena práctica del Consejo de la Magistratura la publicación de las resoluciones dictadas en la página web del Poder Judicial, se observa que la nómina de ellas se encuentra incompleta. Motivo por el cual debe subsanarse inmediatamente la omisión a la luz de los principios de publicidad, transparencia y participación.

Que por los motivos antedichos además resulta conveniente publicar las Versiones aquigráficas de las Sesiones Plenarias del Consejo, las Resoluciones de la Presidencia del Consejo, las Resoluciones de las Comisiones del Consejo, y las Resoluciones del Administrador General del Poder Judicial.

Que de acuerdo a la estructura orgánica del Consejo de la Magistratura, conforme texto ordenado por la Resolución CM N° 843/2010 más las modificaciones introducidas por la Resolución CM N° 1090/10, la Secretaría Legal y Técnica deberá publicar en la página web del Poder Judicial de la Ciudad las Resoluciones del Plenario de Consejeros y las Versiones Taquigráficas aprobadas de las Sesiones Plenarias del Consejo (cf. artículos 79.2, 79.4, 79.5, 79.7, 79.9, 79.10 y 79.12). El Director de Coordinación Ejecutiva deberá publicar las Resoluciones de Presidencia del Consejo (cf. artículo 150.3). El Secretario de la Comisión de Selección de Integrantes de la Magistratura y del Ministerio Público deberá publicar las Resoluciones de dicha Comisión (cf. artículo 5.2). El Secretario de la Comisión de Disciplina y Acusación deberá publicar las Resoluciones de esa Comisión (cf. artículo 13.3). El Secretario de la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones deberá publicar las Resoluciones de esa Comisión (cf. artículo 21.2). El Secretario de la Comisión de Fortalecimiento Institucional, Planificación Estratégica y Política Judicial deberá publicar las Resoluciones de esa Comisión (cf. artículo 62.2). Finalmente, el Administrador General del Poder Judicial deberá publicar las Resoluciones que dicte (cf. Competencias conferidas por la Ley 1.988 y artículo 23 de la Estructura Orgánica).

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad y la Ley N° 31,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Incorporar como punto 79.13 al texto del artículo 79 de la Estructura Orgánica del Consejo de la Magistratura (texto ordenado por la Resolución CM 843/10 con las modificaciones introducidas por la Resolución CM N° 1090/10) el siguiente texto: “79.13. Publicar en la página web del Poder Judicial de la Ciudad las Resoluciones del Plenario de Consejeros y las Versiones Taquigráficas aprobadas de las Sesiones Plenarias”.

Art. 2°: Incorporar como punto 150.17 al texto del artículo 150 de la Estructura Orgánica del Consejo de la Magistratura (texto ordenado por la Resolución CM 843/10 con las modificaciones introducidas por la Resolución CM N° 1090/10) el siguiente texto: “150.17. Publicar en la página web del Poder Judicial de la Ciudad las Resoluciones de la Presidencia del Consejo”.

Art. 3°: Incorporar como punto 5.11 al texto del artículo 5 de la Estructura Orgánica del Consejo de la Magistratura (texto ordenado por la Resolución CM 843/10 con las modificaciones introducidas por la Resolución CM N° 1090/10) el siguiente texto: “5.11 Publicar en la página web del Poder Judicial de la Ciudad las Resoluciones de la Comisión de Selección de Integrantes de ka Magistratura y del Ministerio Público”.

Art. 4°: Incorporar como punto 13.12 al texto del artículo 13 de la Estructura Orgánica del Consejo de la Magistratura (texto ordenado por la Resolución CM 843/10 con las modificaciones introducidas por la Resolución CM N° 1090/10) el siguiente texto: “13.12. Publicar en la página web del Poder Judicial de la Ciudad las Resoluciones de la Comisión de Disciplina y Acusación”.

Art. 5°: Incorporar como punto 21.11 al texto del artículo 21 de la Estructura Orgánica del Consejo de la Magistratura (texto ordenado por la Resolución CM 843/10 con las modificaciones introducidas por la Resolución CM N° 1090/10) el siguiente texto: “21.11. Publicar en la página web del Poder Judicial de la Ciudad las Resoluciones de la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones”.

Art. 6°: Incorporar como punto 62.18 al texto del artículo 62 de la Estructura Orgánica del Consejo de la Magistratura (texto ordenado por la Resolución CM 843/10 con las modificaciones introducidas por la Resolución CM N° 1090/10) el siguiente texto: “62.18. Publicar en la página web del Poder Judicial de la Ciudad las Resoluciones de la Comisión de Fortalecimiento Institucional, Planificación Estratégica y Política Judicial”.

Art. 7°: Incorporar como punto 23.19 al texto del artículo 23 de la Estructura Orgánica del Consejo de la Magistratura (texto ordenado por la Resolución CM 843/10 con las modificaciones introducidas por la Resolución CM N° 1090/10) el siguiente texto: “23.19. Publicar en la página web del Poder Judicial de la Ciudad las Resoluciones de la Oficina de Administración y Financiera”.

Art. 8°: Encomendar a la Dirección de Informática y Tecnología tomar las medidas técnicas necesarias para que las áreas responsables puedan efectivizar la carga informáticas en la página web en el menor tiempo posible.

Art. 9°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los interesados y oportunamente archívese. Candarle - Corti

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 731-CMBA-11 incorpora texto al artículo 79 de la Estructura Orgánica del Consejo de la Magistratura (Texto Ordenado por Resolución 843-CM-10), en el cual se establece la publicación de normas del CMBA en  en la página web del Poder Judicial, complementando la obligatoriedad establecida por artículo 3 de la Ordenanza 33.701.</p><p>Art. 2, incorpora punto 150.17 al texto del artículo 150, el suiguiente texto; Publicar en la página web del Poder Judicial de la Ciudad las Resoluciones de la Presidencia del Consejo.</p><p>Art. 3, incorpora como punto 5.11 al texto del artículo 5 el suiguiente texto; Publicar en la página web del Poder Judicial de la Ciudad las Resoluciones de la Comisión de Selección de Integrantes de ka Magistratura y del Ministerio Público.</p><p>Art. 4, incorpora como punto 13.12 al texto del artículo 13 el suiguiente texto; Publicar en la página web del Poder Judicial de la Ciudad las Resoluciones de la Comisión de Disciplina y Acusación.</p><p>Art. 5, incorpora como punto 21.11 al texto del artículo 21 el suiguiente texto; Publicar en la página web del Poder Judicial de la Ciudad las Resoluciones de la Comisión de Administración Financiera, Infraestructura y Tecnología de la Información y Telecomunicaciones.</p><p>Art. 6, incorpora como punto 62.18 al texto del artículo 62 el suiguiente texto; Publicar en la página web del Poder Judicial de la Ciudad las Resoluciones de la Comisión de Fortalecimiento Institucional, Planificación Estratégica y Política Judicial.</p><p>Art. 7, incorpora  como punto 23.19 al texto del artículo 23 el suiguiente texto; Publicar en la página web del Poder Judicial de la Ciudad las Resoluciones de la Oficina de Administración y Financiera.</p><p> </p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 731-CMBA-11 incorpora punto 79.13 al texto del artículo 79 de la Estructura Orgánica del Consejo de la Magistratura, (Texto Ordenado por Resolución 843-CM-10).</p><p>Art. 2 incorpora punto 150.17 al texto del artículo 150.</p><p>Art. 3 incorpora punto 5.11 al texto del artículo 5.</p><p>Art. 4 incorpora punto 13.12 al texto del artículo 13.</p><p>Art. 5 incorpora punto 21.11 al texto del art 21</p><p>Art. 6 incorpora punto 62.18 al texto del artículo 62.</p><p>Art. 7 Incorpora punto 23.19 al texto del artículo 23.</p>