RESOLUCIÓN 341 2011 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628

Síntesis:

MODIFICA EN FORMA PARCIAL ANEXOS I Y II RESOLUCIÓN N° 66-APRA-11- - MODIFICA ORGANIZACIÓN DE ATENCIÓN AL PÚBLICO - CREAN - UNIDAD DE COORDINACIÓN DE ATENCIÓN AL CONTRIBUYENTE - RECEPCIÓN - TRAMITACIÓN - SALIDA Y ARCHIVO DE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA - ATENCIÓN PERSONALIZADA DE CONSULTAS - DERIVACIÓN AL ÁREA CORRESPONDIENTE Y SEGUIMIENTO DE RESPUESTA BRINDADA - DEPARTAMENTO DE CONTACTO CON EL CONTRIBUYENTE -  UNIDAD DE COORDINACIÓN DE ATENCIÓN AL CONTRIBUYENTE - TRANSFIERE -  DEPARTAMENTO DE MESA DE ENTRADAS A LA UNIDAD DE COORDINACIÓN DE ATENCIÓN AL CONTRIBUYENTE - MISIONES Y FUNCIONES DE LA UNIDAD DE COORDINACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES CON SU PERSONAL Y PATRIMONIO A LA OFICINA DE GESTIÓN SECTORIAL - DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Y EL DEPARTAMENTO DE RECAUDACIONES - SUPRIME DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES - OFICINA DE GESTIÓN SECTORIAL -  DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - AGENCIA PROTECCIÒN AMBIENTAL

Publicación:

14/10/2011

Sanción:

04/10/2011

Organismo:

AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628


VISTO:

La Ley N° 2.628, el Decreto N° 442/10, la Resolución N° 66/APRA/2011 y el Expediente N° 1705882/2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires tiene como objeto la protección de la calidad ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la política ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que de acuerdo lo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 2.628, la Agencia será administrada por un Presidente, designado por el señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo cual se ha cumplido mediante el Decreto N° 442/10;

Que conforme a lo establecido en el artículo 8° inciso b) de la Ley ut supra mencionada, es función de la Presidencia “organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico funcional para los niveles inferiores a los aprobados por la presente ley, organizativos, operativos y de administración de los recursos humanos.“;

Que mediante la Resolución N° 66/APRA/11 se aprobó la Estructura Orgánica Funcional de esta entidad autárquica, fijando las responsabilidades primarias de la Agencia de Protección Ambiental;

Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Agencia de Protección Ambiental, tiene entre sus funciones “Implementar acciones coordinadas de apoyo para lograr efectividad en la gestión administrativa, de registros, sistematización de datos y aprovechamiento racional de los recursos humanos de toda la Agencia de Protección Ambiental“;

Que atento al incremento del número de administrados que se presentan en la Agencia de Protección Ambiental a realizar diversos trámites, como así también en virtud del aumento de consultas que se reciben diariamente, se considera necesario modificar la organización de la atención al público que existe actualmente;

Que en esa inteligencia, se estima conveniente crear la Unidad de Coordinación de Atención al Contribuyente en el ámbito de la referida Dirección General Técnica Administrativa y Legal, que tendrá bajo su responsabilidad la recepción, tramitación, salida y archivo de la documentación administrativa, la atención personalizada de las consultas que realicen los administrados, su derivación al área correspondiente y el seguimiento de la respuesta que se brinde oportunamente;

Que a los fines de garantizar el funcionamiento de la nueva estructura, corresponde crear el Departamento de Contacto con el Contribuyente bajo la órbita de la referida Unidad de Coordinación de Atención al Contribuyente;

Que el Departamento de Mesa de Entradas dependiente de la Unidad de Coordinación de Infraestructura, Sistemas y Procesos de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal tiene entre sus funciones “Coordinar la atención al público en base a las directivas que imparta la Presidencia y las Direcciones Generales y de acuerdo a lo normado en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires“;

Que corresponde transferir el Departamento de Mesa de Entradas a la Unidad de Coordinación de Atención al Contribuyente;

Que, resulta propicio transferir las misiones y funciones de la Unidad de Coordinación de Compras y Contrataciones junto con su personal y patrimonio a la Oficina de Gestión Sectorial dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, creándose bajo la órbita de aquel a el Departamento de Compras y Contrataciones y en consecuencia suprimiendo el Departamento de Adquisiciones;

Que, asimismo, resulta oportuno crear el Departamento de Recaudaciones en el ámbito de la Oficina de Gestión Sectorial de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal;

Que en virtud de lo expuesto, corresponde aprobar la nueva estructura organizativa de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Protección Ambiental, así como también determinar las responsabilidades primarias que tendrán a su cargo los órganos que dependan de el a.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8° de la Ley N° 2.628 y el Decreto N° 442/10,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1°.- Modificase parcialmente el Anexo I y II de la Resolución N° 66/APRA/11, en lo que respecta a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Protección Ambiental, en el modo y condiciones que se consignan en el Anexo I y II que forma parte integrante de la presente Resolución, transfiriéndose el personal, patrimonio y presupuesto según las competencias que les correspondan.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y a todos sus efectos, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y a la Direcciones Generales dependientes de la Agencia de Protección Ambiental. Remítase a la Unidad de Coordinación de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Corcuera Quiroga


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3769

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
La Resoluciòn 341-APRA-11 modifica Anexos I y II de la Resoluciòn N° 66-APRA-11
DEROGADA POR
Art 2 de la Res 13-APRA-12 aprueba la estructura orgánica de la APRA, Art 3 deroga toda norma que se le oponga