RESOLUCIÓN 2468 2011 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Síntesis:

SE APRUEBA FORMULARIO DE PAGO F 5.219 VOLANTE PARA EL PAGO SOLAMENTE DEL APLICATIVO ARCIBA - SOFTWARE AGENTES DE RECAUDACIÓN DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS - DECLARACIÓN JURADA Y-O PAGO DE OBLIGACIONES FISCALES - AGENTES DE RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - SISTEMA GESTIÓN INTEGRAL TRIBUTARIA - IMPLEMENTACIÓN - VOLANTES DE PAGO - PRESENTACIONES

Publicación:

17/10/2011

Sanción:

14/10/2011

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS


VISTO

la Resolución N° 382-DGR/2005 (BOCBA N° 2135), y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Resolución se aprobó el software “Agentes de Recaudación de la Ciudad de Buenos Aires“ (A.R.Ci.B.A.) a los efectos de la presentación de la Declaración Jurada y/o pago de las obligaciones fiscales por parte de los Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;Que mediante el uso de nuevas tecnologías informáticas se encuentra en proceso de implementación el sistema “Gestión Integral Tributaria“ (GIT) en reemplazo del actual “Sistema Integral de Administración de la Cobranza“ (SIAC);

Que es necesario homogeneizar en un único instrumento la liquidación y pago de las obligaciones impuestas a los Agentes de Recaudación;Que de ello resulta una significativa mejora en la captación de datos y el posterior proceso de la información, optimizando así los recursos de la Administración;Que en igual modo resultan beneficiados los sujetos designados para actuar en calidad de Agentes de Recaudación en la medida que se simplifica la carga de tareas impuestas.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el formulario de Pago (F 5219) “Volante para el Pago solamente“ del aplicativo A.R.Ci.B.A., en reemplazo del (F 5206), el que como Anexo I forma parte integrante de la presente a todos sus efectos.

Artículo 2°.- El pago de las correspondientes declaraciones juradas se efectuará únicamente en las dependencias del Banco Ciudad de Buenos Aires dentro de los plazos fijados, mediante la presentación del formulario F 5219. La entidad emitirá el ticket correspondiente, revistiendo el carácter de comprobante válido de pago de las obligaciones fiscales.

Artículo 3°.- La versión 1.0 release 3 del aplicativo A.R.Ci.B.A. se encuentra disponible en el sitio web de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (www.agip.gob.ar), el que será de uso obligatorio a partir del día 01 de Noviembre de 2011, con la presentación y pago del período 10/2011 y para todas las obligaciones de los Agentes de Recaudación.

Artículo 4°.- La inobservancia de la obligación de efectuar los pagos y presentaciones conforme los términos establecidos en la normativa vigente por parte de los sujetos responsables, dará lugar a la aplicación del régimen de sanciones por infracción a los deberes formales previsto en el Código Fiscal vigente.

Artículo 5°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a las Subdirecciones Generales y demás dependencias directas de esta Dirección General, a la Subdirección General de Sistemas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y al Banco Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Leguizamón


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3770

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art 1 de la res 2468-DGR-05 aprueba el Formulario de Pago F 5219 en reemplazo del F5206, para el Software aprobado por Res 382-DGR-05- Art 3 establece obligatoriedad de uso de la versión 1.0 release 3 de ARCIBA
REGLAMENTA
Art 2 de la Res 2468-DGR-11 establece forma de pago y comprobante válido, de DJJ mediante presentación del formulario F5219