DISPOSICIÓN 6 2011 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Síntesis:
ESTABLECE CONDICIONES PARA LOS CUPOS NO CUBIERTOS POR FALTA DE CONCURSANTES EN EL PUESTO DE ANALISTA CONTABLE NOVEL - RENUNCIA AL DERECHO DE EXPECTATIVA DE INGRESO COMO ANALISTA CONTABLE ESPECIALIZADO
Publicación:
24/10/2011
Sanción:
07/10/2011
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
VISTO:
Las Resoluciones N°131-AGIP/2011 (B.O.C.B.A. N°3624) y N°570-AGIP/11 (B.O.C.B.A. N°3762),la Disposición Conjunta N° 1/DGR/DGESYC/DGLYT/ DGANFA/UAIAGIP/11 (B.O.C.B.A. N°3636), y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 131/AGIP/2011 (B.O.C.B.A. N°3624) se autorizó a realizar el llamado a Concurso Público Abierto para la cobertura de ciento cincuenta (150) puestos en la planta permanente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que en el mismo acto administrativo se otorgaron facultades a los Directores Generales y/o Adjuntos de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos para aprobar las condiciones generales y particulares del Concurso Público Abierto referido y de dictar todas las normas reglamentarias y complementarias para la implementación del mismo;
Que en oportunidad de confeccionar el Orden de Mérito, aprobado por Resolución N°570-AGIP/11 (B.O.C.B.A. N°3762), se ha verificado la existencia de vacantes en el puesto concursado de Analista Contable Novel que no han sido cubiertas por falta de concursantes;
Que a los efectos de proceder a integrar su cobertura, el Comité de Selección del Concurso Público Abierto estimó conveniente realizar un ofrecimiento a aquellos concursantes del puesto de Analista Contable Especializado que, si bien atravesaron satisfactoriamente todas las etapas del mismo, no llegaron a ocupar vacante alguna por su ubicación en el Orden de Mérito;
Que el cambio de puesto en la integración del Orden de Mérito requiere ineludiblemente la aceptación en forma expresa por parte del concursante y en consecuencia la renuncia al derecho a la expectativa de ingreso como Analista Contable Especializado;
Que la normativa vigente aplicable al Concurso Público Abierto no contempla la situación descripta;
Que en consecuencia, resulta indispensable el dictado del acto administrativo;
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por Resolución N°131-AGIP/11,
Artículo 1°.- Establecer que los cupos no cubiertos por falta de concursantes en el puesto de Analista Contable Novel, se podrán cubrir con los concursantes aprobados del puesto de Analista Contable Especializado que no hayan alcanzado a ingresar en virtud de su ubicación en el Orden de Mérito concursado.
Artículo 2°.-Requerir la conformidad previa de los concursantes para ser incluidos en el Orden de Mérito del puesto cuyo cupo corresponde cubrir, notificándolos que de acceder a su solicitud la misma implicará la expresión de renuncia al derecho a la expectativa de ingreso como Analista Contable Especializado.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, a la Comisión para la plena Integración e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS), a las Direcciones Generales dependientes de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido archívese. Leguizamon - Donati - Pérez Colman - Luszynski - Lahoz