RESOLUCIÓN 951 2011 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

INCORPORA AGENTES A PLANTA PERMANENTE - ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Publicación:

29/11/2011

Sanción:

22/11/2011

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO:

Las Leyes N° 471 (B.O.C.B.A. N°1026), y N° 2603 (B.O.C.B.A. N°2846) , la Resoluciones N°131-AGIP/2011 (B.O.C.B.A. N°3624) y N°620-AGIP/11 (B.O.C.B.A. N°3773) , la Disposición Conjunta N° 1/DGR/DGESYC/DGLYT/DGANFA/UAIAGIP/11 (B.O.C.B.A. N°3636) y el Expediente N°210187/2011, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 131-AGIP/2011 (B.O.C.B.A. N°3624), dictada en Expediente N°210187/2011, se llamó a Concurso Público Abierto para la cobertura de ciento cincuenta (150) puestos en la planta permanente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, para desempeñarse en el ámbito de dicho ente autárquico;

Que el artículo 6° del Anexo I de la Disposición Conjunta N° 1/DGR/DGESYC/ DGLYT/DGANFA/UAIAGIP/11 (B.O.C.B.A. N°3636) dispuso la aplicación de lo normado en la Ley 1502 y su Decreto reglamentario N°812/05 (B.O.C.B.A. N°2210);

Que la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad, COPIDIS, ha tomado la debida intervención en el mencionado Concurso Público Abierto en todas sus etapas;

Que superadas satisfactoriamente las etapas del procedimiento concursal indicado, y a los efectos de brindar un adecuado tratamiento a los concursantes con discapacidad que de acuerdo a su participación merezcan el ingreso a la planta permanente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, como así también la optimización del ámbito de trabajo para su ejercicio, ha resultado conveniente el dictado de la presente en forma complementaria a la Resolución N°620/AGIP/2011 (B.O.C.B.A. N°3773).

Que se ha dado cumplimiento al cupo obligatorio del cinco (5) por ciento establecido por la Ley 1502 para la incorporación de personas con necesidades especiales al Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la normativa aplicable al Concurso Publico Abierto estableció que quienes resultaran seleccionados ingresarían a la planta permanente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos en el Tramo A, Nivel 01 del Agrupamiento del Régimen Escalafonario que les correspondiese en virtud de su situación y conforme establece el Decreto N° 986/04 y normas modificatorias, con más el suplemento establecido en la Ordenanza N° 44.407 sus modificatorias y su reglamentación;

Que a los fines del cumplimiento de lo establecido por el artículo 66 del Anexo I de la Disposición Conjunta N°01/DGR/DGESYC/DGLYT/DGANFA/UAIAGIP/11 (B.O.C.B.A. N°3636) no podrá elaborarse el correspondiente formulario de comunicación de alta de prestación de servicios hasta tanto se acredite el cumplimiento del extremo exigido por dicha norma;

Que la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto manifestó que no existen objeciones de índole presupuestaria para dar cumplimiento con la finalidad de la presente Resolución;

Que la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la debida intervención.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE

Artículo 1°.- Incorporar a partir del 1° de diciembre de 2011, como personal de planta permanente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, a las personas que se indican en el Anexo I y que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, en el modo y condiciones que allí se señalan.

Artículo 2°.- Establecer que no podrá darse de alta en la prestación de servicios a las personas indicadas en el Anexo I hasta tanto acrediten haber cumplimentado los extremos establecidos en el artículo 66 del Anexo I de la Disposición Conjunta N°01/DGR/DGESYC/DGLYT/ DGANFA/UAIAGIP/11 (B.O.C.B.A. N° 3636).

Artículo 3°.- El Departamento Recursos Humanos dependiente de la Dirección de Administración de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos deberá constatar la situación, ante el Registro de Deudores Morosos Alimentarios, de las personas que por este acto se incorporan a la planta permanente, debiendo en su caso dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley 269 (B.O.C.B.A. N°852) modificado por Ley 3223 (B.O.C.B.A. N° 3306).

Artículo 4°.- Determinar que la incorporación del personal conforme lo prescripto por el artículo 1° de la presente, se supeditará a la acreditación de cumplimiento de la obtención del Certificado de Aptitud Médica y de Reincidencia Criminal, confiriéndose un único e improrrogable plazo de tres (3) meses a contar de la fecha de la presente para que el concursante acredite haber cumplido dichos extremos ante la Dirección General de Administración, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos.

Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección de Administración dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, al Ministerio de Hacienda en los términos del artículo N° 2 de la Ley N° 2603, a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Walter


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3800

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 951-AGIP-11 designa personal de planta permanente como resultado del concurso público abierto convocado por res. 131-AGIP-11
COMPLEMENTA
Res. 951-AGIP-11 designa personal de planta permanente en la AGIP, complementa Res. 620-AGIP-11
INTEGRA
Res. 951-AGIP-11 designa planta permanente en la AGIP, en el marco de lo dispuesto por la Disp. 6-DGR-DGESYC-DGLYT-DGANFA-UAIAGIP-11