DISPOSICIÓN 279 2011 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Síntesis:

DEROGADA - SE DETERMINAN EXCEPCIONES A LA OPERATORIA INSTRUMENTADA EN LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 4-DGCYC/11

Publicación:

03/11/2011

Sanción:

15/09/2011

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Estado:

No vigente


DISPOSICIÓN N.° 279/DGCYC/11

Buenos Aires, 15 de septiembre de 2011

VISTO:

El Decreto N° 477/11, la Resolución N° 835/MHGC/11, lo actuado en el Expediente N° 1.602.273/11, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 477/11 se aprobó el Régimen de Viáticos, Alojamiento y Pasajes destinado a misiones transitorias de carácter oficial en el interior y exterior del país por parte de funcionarios y agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por su parte a través de la Resolución N° 835/MHGC/11 se aprobó y adjudicó la Licitación Pública de Etapa Única N° 4/DGCyC/11 correspondiente a la contratación de la prestación de un Servicio de Reserva y Contratación de pasajes, alojamiento y demás servicios de viaje conexos que puedan ser requeridos desde este Gobierno, así como la emisión, envío y entrega de pasajes, bouchers y demás documentación que se confeccione con motivo de la prestación de dichos servicios y la provisión del sistema de consulta, reservas, reportes y control que puedan ser requeridos desde áreas dependientes de esta Administración;

Que en el Artículo 7° del Decreto N° 477/11 se establece que los viajes oficiales, debidamente autorizados, deben sujetarse a la operatoria instrumentada a través de la Licitación Pública N° 4/DGCyC/11 y la que en lo sucesivo la continúe o reemplace, mientras se encuentre en vigencia la misma, con las excepciones que en forma previa determine esta Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, en cuyos casos la asignación de los fondos para la contratación de los pasajes y del alojamiento tramitará de acuerdo con lo establecido en los artículos 8° y 9° del Decreto de mención;

Que en consecuencia corresponde proceder al dictado de la presente disposición a fin de la determinación de las excepciones de mención;

Por ello, en mérito a todo lo expuesto y en uso de las facultades establecidas en el Artículo 7° del Decreto N° 477/11,

EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE

Artículo 1° - Determinanse en los términos previstos en la parte in fine del Artículo 7° del Decreto N° 477/11, las siguientes excepciones a la operatoria instrumentada en la Licitación Pública N° 4/DGCyC/11 y la que en lo sucesivo la continúe o reemplace, mientras se encuentre en vigencia la misma, correspondiente al Servicio de Reserva y Contratación de pasajes, alojamiento y demás servicios de viaje conexos, de acuerdo con el siguiente detalle:

I.solicitudes de pasajes y /o alojamientos que se realicen en un plazo menor a 48 hs del inicio del viaje

II.solicitudes de pasajes y /o alojamientos que no puedan ser provistos por la empresa, por no disponer la misma de aéreos u hospedaje en las fechas solicitadas

Artículo 2° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Página WEB del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 3° - Regístrese y comuníquese a todos los Ministerios y Secretarias del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango o nivel equivalente, a las Direcciones Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de Contaduría y de Tesorería. Cumplido, archívese. Greco

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 2 de la Disposición 48-DGCYC-19 deroga la Disposición 279-DGCYC-2011.</p>