RESOLUCIÓN 3277 2011 SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS

Síntesis:

NORMA DEROGADA - APRUEBA EL PLAN OPERATIVO DESARROLLADO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE PRENSA

Publicación:

09/11/2011

Sanción:

20/08/2011

Organismo:

SUBSECRETARIA DE EMERGENCIAS


RESOLUCIÓN N.° 3277/SSEMERG/11

Buenos Aires, 20 de agosto de 2011

VISTO:

Las Leyes Nro. 1346, las Leyes Nro. 2191, las leyes Nro. 2506, los decretos 2252/99, 622/04, 2075/07 y el Decreto 695/09 y

CONSIDERANDO:

Que, a la luz de la Ley Nro. 1346 y su modificatorio Nro. 2191 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se fueron desarrollando los sistemas de seguridad en orden a las nuevas tendencias que surgieron con motivo de los acontecimientos de siniestralidad que protagonizó la Ciudad y que son de público conocimiento;

Que, mediante la Ley Nro. 2506, Capitulo II, Artículo 17, Inc. 12 se coloca bajo la órbita del Ministerio de Justicia y Seguridad, de la Ciudad la responsabilidad de "Establecer el sistema de asistencia a la comunidad ante situaciones de emergencia social, catástrofe y siniestros".

Que, la Subsecretaría de Emergencias tiene entre sus responsabilidades primarias aprobadas por Decreto Nro. 2075/07 la de "Actualizar el Plan Maestro Metropolitano de la Defensa Civil y el diseño de planes y proyectos relacionados";

Que, mediante el Decreto 2252/99 se puso en vigencia el Plan Maestro Metropolitano de Defensa Civil como norma básica en materia de emergencias y este tenía por objetivo "disminuir mediante determinadas estrategias el grado de vulnerabilidad a que se encuentran expuestos ante las distintas amenazas naturales y/o tecnológicas, la vida y los bienes de la población".

Que mediante el Decreto 622/04 se determinó la necesidad de actualizar el Plan Maestro Metropolitano de Defensa Civil y el diseño de los planes y proyectos relacionados;

Que del análisis de los hechos posteriores y de la experiencia surgida de la actuación de los organismos pertinentes en la materia en cuestión, se concluye la necesidad de abordar la problemática desde sistemas más modernos y de probada eficacia en otras Ciudades del mundo;

Que, mediante el Decreto 695/09, el Plan Maestro Metropolitano fue derogado con la finalidad de disponer de herramientas más eficaces para resolver en la práctica los problemas reales que se suscitan frente a los llamados "incidentes" y en virtud de la existencia de un proyecto integral y participativo para todas la aéreas involucradas ante una situación de emergencia;

Que, mediante mismo Decreto 695/09, se aprobó el Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las áreas integrantes de este Plan desarrollaron los planes operativos correspondientes elevándolos a la autoridad de aplicación para su aprobación y posterior incorporación definitiva;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 2.506, el Decreto N° 2.075/07, y por lo expresado en el Art. N°3 y 4 del Decreto 695/09, que designa al Subsecretario de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, como autoridad de aplicación de la presente Norma:

EL SUBSECRETARIO DE EMERGENCIAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébese el Plan Operativo desarrollado por la Dirección General de Coordinación de Prensa, perteneciente a la Secretaría de Medios de la Jefatura de Gobierno, integrante del Plan Director que como Anexo se adjunta y forman parte de la presente norma.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación y demás efectos, remítanse copias a la Dirección General mencionadas en el Art. 1°, a los fines de que tomen conocimiento de la mencionada aprobación y a las Direcciones Generales integrantes de la Subsecretaría de Emergencias con la misma finalidad. Cumplido, archívese. Nicolás

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 139-SSEMERG-15, deroga la Resolución 3277-SSEMERG-11.</p>