RESOLUCIÓN 827 2011 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

ASIGNA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL LA COORDINACIÓN Y ASIGNACIÓN DE TAREAS Y OBJETIVOS DE PROFESIONALES MÉDICOS QUE SE DESEMPEÑAN EN DIFERENTES REPARTICIONES - SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Publicación:

14/11/2011

Sanción:

09/11/2011

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO:

Las Leyes N° 2075, N° 2506 y N° 2894 y los Decretos N° 695/09 y N° 55/10, y

CONSIDERANDO:

Que desde el comienzo de la gestión de este Ministerio, en procura de su actualización y mejora permanente en la prestación de servicios a la comunidad, se ha presentado una considerable evolución y transformación de las funciones y competencias del mismo, tanto como consecuencia de la creación de nuevas áreas como de la profundización y modificación de las ya existentes;

Que las referidas acciones de mejora permanente implicaron, entre muchas otras, la necesidad de incorporación de Profesionales de la Salud en distintas dependencias, con el objeto de desempeñar funciones tanto en tales áreas específicas como en otras reparticiones de la jurisdicción, pudiéndose citar a título de ejemplo la Policía Metropolitana y el Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que además de las nuevas incorporaciones previamente mencionadas se debe señalar que este Ministerio ya contaba con Profesionales de la Salud que se desempeñaban en diversas áreas, tales como las Direcciones Generales de Defensa Civil y la de Licencias, entre otras;

Que también ha sido generador de dicha evolución el dictado del Decreto N° 695/09, que aprobó el Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, indicando que la Subsecretaría de Emergencias de este Ministerio es la Autoridad de Aplicación en lo relativo al mismo;

Que frente a la necesidad continua y concreta de optimizar recursos y funciones, con el objeto de alcanzar una mayor efectividad y eficiencia, resulta oportuno concentrar la asignación de tareas de todos los Profesionales de la Salud que se desempeñan en las diversas reparticiones de este Ministerio en una sola área;

Que en atención a las responsabilidades que le competen, en virtud de las previsiones del Decreto N° 55/10, se advierte procedente que la coordinación en cuestión le sea asignada a la Dirección General de Defensa Civil, dependiente de la Subsecretaría de Emergencias de este Ministerio;

Que asimismo, conforme lo establecido por la Ley N° 2506, resulta de competencia de este Ministerio resolver todo asunto concerniente al régimen administrativo de su respectiva jurisdicción, adoptando las medidas de coordinación, supervisión y contralor que considere necesarias para asegurar el cumplimiento de las funciones de su competencia;

Que también se debe tener en consideración que mediante la Ley N° 2894 se instituyó el Sistema de Seguridad Pública, entre cuyos componentes se cuenta este Ministerio, encontrándose incluido entre los objetivos fijados por dicha norma el de establecer los mecanismos de coordinación entre las diversas autoridades para apoyo y auxilio a la población en casos de siniestros o desastres, conforme a los ordenamientos legales vigentes en la materia;

Que la coordinación que se establece a través de la presente determina que los Profesionales de la Salud se desempeñarán en consonancia con las instrucciones que les sean impartidas desde la Dirección General de Defensa Civil, pero sin que ello signifique en modo alguno un cambio en la situación de revista de los profesionales alcanzados por la misma;

Que en razón de lo expuesto, la citada Dirección General, dependiente de la Subsecretaría de Emergencias será la responsable de determinar los objetivos y administrar los recursos humanos disponibles, con el fin de optimizar su aplicación;

Que corresponde determinar que a los efectos de la presente se entiende que son Profesionales de la Salud tanto a los médicos en todas sus especialidades como a los psicólogos, fonoaudiólogos, enfermeros, paramédicos, así como cualquier otro técnico o diplomado en materias que se encuentren relacionadas con las Ciencias Médicas.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1.- Asígnase a la Dirección General de Defensa Civil, dependiente de la Subsecretaría de Emergencias, la coordinación y asignación de tareas y objetivos de todos los profesionales médicos que se desempeñan en diferentes reparticiones de este Ministerio de Justicia y Seguridad.

Artículo 2.- Establécese que la coordinación asignada no significa cambio alguno en la situación de revista de los Profesionales Médicos alcanzados por la presente.

Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a las Subsecretarías de Emergencias, de Seguridad Urbana, de Justicia, de Administración de la Policía Metropolitana y a la Dirección General de Defensa Civil. Cumplido archívese. Montenegro

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
La Resolución 827-MJYSGC-11 asigna a la Dirección General de Defensa Civil, dependiente de la Subsecretaría de Emergencias la coordinación y asignación de tareas y objetivos de todos los profesionales médicos que se desempeñan en diferentes reparticiones de este Ministerio de Justicia y Seguridad en el marco de los arts 3° y 4° del Decreto 695-09
COMPLEMENTA
La Resolución 827-MJYSGC-2011 asigna a la Dirección General de Defensa Civil dependiente de la Subsecretaría de Emergencias la coordinación y asignación de tareas y objetivos de todos los profesionales médicos que se desempeñan en diferentes reparticiones de este Ministerio de Justicia y Seguridad en el marco del DEcreto 55-10