DECRETO 628 2011

Síntesis:

DISUELVE LA UNIDAD DE PROYECTO ESPECIAL DEL TEATRO COLÓN - TRANSFIERE  TODO SU PERSONAL PATRIMONIO Y PRESUPUESTO A LA SUBSECRETARÍA DE PROYECTOS DE URBANISMO ARQUITECTURA E INFRAESTRUCTURA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO

Publicación:

14/12/2011

Sanción:

02/12/2011

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

El Decreto N° 589/08, las Resoluciones N° 323/MDUGC/08, N° 190/MDUGC/11 y N° 482/MDUGC/11, el Expediente N° 1.836.839/11, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 589/08, de fecha 23 de mayo de 2008, se creó la Unidad de Proyecto Especial del "Teatro Colón", con dependencia del Ministerio de Desarrollo Urbano, asignándosele competencia para el diseño, implementación, contratación, ejecución, control y fiscalización de todas las obras y servicios correspondientes al Teatro Colón;

Que la creación de la Unidad de Proyecto Especial del Teatro Colón tuvo como objetivo fundamental optimizar el trámite administrativo de los proyectos, agilizando la comunicación entre las áreas, promoviendo así la modernización de la gestión;

Que por Resolución N° 323/MDUGC/08 se aprobó la estructura orgánicofuncional de la Unidad de Proyecto Especial del Teatro Colón;

Que en atención al grado de avance y cumplimiento en la ejecución de las obras y teniendo en cuenta que las Unidades de Proyectos Especiales llevan a cabo planes, programas y proyectos específicos que son susceptibles de adaptación al funcionamiento de la organización, se consideró conveniente propiciar la reorganización de la estructura organizativa originaria de la Unidad de Proyecto Especial del Teatro Colón, a fin de lograr la optimización de los recursos, aprobándose en consecuencia la nueva estructura mediante Resolución N° 190/MDUGC/11;

Que, a los fines de entender en la supervisión de las obras del Teatro Colón, por la norma precitada se encomendó a la Subsecretaria de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura del Ministerio de Desarrollo Urbano, la competencia para el diseño, implementación, contratación, ejecución, control y fiscalización de las obras a cargo de la Unidad de Proyecto Especial del Teatro Colón;

Que con posterioridad y por Resolución N° 482/MDUGC/11 se modificó la estructura organizativa de la UPE del Teatro Colón y se encomendaron directamente a la Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura las nuevas obras del Teatro Colón, manteniendo la mencionada Unidad de Proyecto Especial las obras correspondientes al Plan de Obras Residual;

Que encontrándose en la etapa final de los objetivos que se tuvieron en cuenta para la creación de la Unidad de Proyecto Especial Teatro Colón, resulta conveniente propiciar su disolución a partir del 30 de Noviembre de 2011;

Que en atención a lo expuesto y teniendo en cuenta lo establecido por Resolución N° 190/MDUGC/11, corresponde transferir las obras que se encuentren pendientes de finalización, el personal, patrimonio y presupuesto de la Unidad de Proyecto Especial del Teatro Colón a la Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo Arquitectura e Infraestructura del Ministerio de Desarrollo Urbano;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias, artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1.- Disuélvese a partir del 30 de Noviembre de 2011 la Unidad de Proyecto Especial del Teatro Colón, creada por Decreto N° 589/08, transfiriéndose todo su personal, patrimonio y presupuesto a la Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo Arquitectura e Infraestructura del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Artículo 2.- Transfiérense de la Unidad de Proyecto Especial del Teatro Colón a la Subsecretaria de Proyectos de Urbanismo Arquitectura e Infraestructura del Ministerio de Desarrollo Urbano, las obras que se encuentren pendientes de finalización técnica o administrativa.

Artículo 3.- Dispónese el cierre de libros, liquidación de caja y cierre de cuentas bancarias de la Unidad de Proyecto Especial del Teatro Colón a partir del 30 de Noviembre de 2011.

Artículo 4.- Encomiéndase al Ministerio de Hacienda arbitrar las medidas pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 5.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Urbano y de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 6.- Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; comuníquese a la Secretaría de Recursos Humanos y a la Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo Arquitectura e Infraestructura y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a los Ministerios de Desarrollo Urbano y de Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI - Chaín - Grindetti - Rodríguez Larreta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Dec. 628 disuelve la unidad de proyecto especial del teatro colon creado por Dec. 589-08