RESOLUCIÓN 683 2011 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Síntesis:
TRANSFERENCIA DE FONDOS - SUBASTAS PÚBLICAS - INMUEBLES AVENIDA EDUARDO MADERO 1014-20 - 1180 Y AV. LEANDRO N. ALEM 815 - TRANSFIEREN FONDOS AL BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES - LEY 3232 - DECRETO 1014-09
Publicación:
16/12/2011
Sanción:
06/12/2011
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
VISTO:
Las Leyes Nros. 2.095 y 3.232, los decretos Nros. 754/08 y 1.014/09, el Expediente N° 71.570/11, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.232 desafectó del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los inmuebles sitos en Avenida Eduardo Madero N° 1.014/20 (Nomenclatura catrastral: circunscripción 20, sección 3, manzana 62 D, parcela 4), Avenida Eduardo Madero N° 1.180 (Nomenclatura catrastral: circunscripción 20, sección 3, manzana 62 D, parcela 5a) y Av. Leandro N. Alem N° 815 (Nomenclatura catrastral: circunscripción 20, sección 3, manzana 62B, parcela 3);
Que la referida norma, asimismo, declaró innecesarios para la gestión del Poder Ejecutivo a los referidos inmuebles, disponiendo, en consecuencia, su enajenación mediante el procedimiento de venta en subasta pública, de conformidad con los términos de la Ley N° 2.095;
Que según lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley N° 3.232, los ingresos provenientes de las referidas enajenaciones sería afectados especificamente a los incisos de Gasto 4.1 "Bienes - Pre-existentes" y 4.2 "Construcciones" del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad;
Que por Decreto N° 1.014/09 se dispuso el llamado a subasta pública para la enajenación de los referidos inmuebles, de conformidad con lo dispuesto por el título IV, Capítulo I, de la Ley N° 2.095;
Que según lo dispone el artículo 47 de la mencinada Ley, el "Banco Ciudad de Buenos Aires es el encargado de realizar el remate o subasta pública y de practicar las tasaciones de los inmuebles y/o muebles registrables sujetos a enajenación";
Que para materializar la referida subasta pública, el Banco Ciudad de Buenos Aires, gestionó las correspondientes publicaciones tendientes a dar difusión al referido procedimiento cuyo monto asciende a la suma de Pesos Quinientos Cuarenta y Un Mil Ciento Veinte con 51 cvs. ($ 541.120,51);
Que corresponde transferir al Banco Ciudad de Buenos Aires las sumas destinadas a dar difusión a las subastas efectuadas con fecha 02/12/2009, 11/06/2010 y 05/11/2010, toda vez que el mencionado Decreto N° 1.014/09 no dispuso previsión presupuestaria alguna para atender los gastos derivados de su publicidad.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Transfiérese al Banco Ciudad de Buenos Aires la suma de pesos doscientos sesenta y seis mil quinientos sesenta y uno con 32 cvs. ($ 266.561,32), en concepto de gastos de publicidad para difundir las subastas efectuadas con fecha 02/12/2009 y 11/06/2010, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 3.232.
Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Contaduría y Tesorería dependientes del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.