DECRETO 246 2002

Síntesis:

ESTABLECE QUE LOS PROGRAMAS, PROYECTOS Y ESTUDIOS REFERENTES A LA MODERNIZACIÓN, APOYO INSTITUCIONAL, REFORMA FISCAL Y PLAN DE INVERSIONES DE LA C.A.B.A., EN EL MARCO DEL CONVENIO BID N° 1.107/OC/AR, DEBERÁN SER APROBADOS POR EL SR. JEFE DE GABINETE

Publicación:

14/03/2002

Sanción:

11/03/2002

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Contrato de Préstamo N° 1107/OC/AR entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Banco Interamericano de Desarrollo, el Decreto N° 2.055/GCBA/01, y;

CONSIDERANDO:

Que la Secretaría de Jefe de Gabinete de conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 2.055/GCBA/01 -Estructura Orgánica del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- tiene entre sus objetivos asistir al Jefe de Gobierno en el planeamiento de las políticas prioritarias diseñadas como eje de gobierno, así como realizar el seguimiento y coordinación de las actividades que aseguren la efectiva realización de los distintos objetivos de Gobierno;

Que, en este orden de ideas, la citada Secretaría es la encargada de ...Diseñar los instrumentos para el monitoreo y control de resultados de la aplicación de los planes, programas y proyectos que se gestionan a través de las distintas áreas y recomendar las acciones correctivas que aseguren el cumplimiento de los objetivos de gobierno;

Que, asimismo, dicha Secretaría tiene entre sus objetivos la coordinación del proceso de transformación y reforma del Estado, así como el diseño de las políticas de perfeccionamiento de la organización, de los recursos humanos y de la aplicación de nuevas tecnologías;

Que a fin de posibilitar una correcta implementación de las medidas necesarias para lograr un acabado cumplimiento de los objetivos del Programa de Apoyo Institucional, Reforma Fiscal y Plan de Inversiones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, financiado parcialmente por el Convenio de Préstamo BID N° 1.107/OC/AR, se considera pertinente que los objetivos del Subprograma de Modernización estén supervisados por el Sr. Jefe de Gabinete;

Que, la mencionada Secretaría cuenta en su Estructura con la Dirección General de Modernización, la que tiene entre sus responsabilidades primarias la de centralizar las políticas tendientes al proceso de modernización de la gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por lo tanto resulta adecuado que sea dicha Secretaría quien impulse la ejecución de los objetivos que se desarrollen dentro del Subprograma de Modernización;

Que a su vez en virtud de las funciones del Sr. Jefe de Gabinete relativas a la asistencia que debe prestar al Jefe de Gobierno referentes a establecer las políticas prioritarias para la gestión de gobierno, resulta relevante que sea el Jefe de Gabinete quién apruebe los estudios relacionados con la prefactibilidad, preinversión y diseño de los proyectos de los programas y proyectos correspondientes al Subprograma de Apoyo al Plan de Inversiones del Programa de Apoyo Institucional, Reforma Fiscal y Plan de Inversiones de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias, en virtud de los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°- Los programas y proyectos correspondientes al Subprograma de Modernización del Programa de Apoyo Institucional, Reforma Fiscal y Plan de Inversiones de la Ciudad de Buenos Aires deberán ser aprobados por el Sr. Jefe de Gabinete.

Artículo 2°- Los estudios relacionados con la prefactibilidad, preinversión y diseño de los proyectos de los programas y proyectos correspondientes al Subprograma de Apoyo al Plan de Inversiones del Programa de Apoyo Institucional, Reforma Fiscal y Plan de Inversiones de la Ciudad de Buenos Aires deben ser aprobados por el Sr. Jefe de Gabinete con anterioridad a ser considerados por la Unidad Ejecutora de Coordinación.

Artículo 3°- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 4°- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Hacienda y Finanzas, a la Unidad de Ejecutora del Préstamo BID, a la Secretaría de Jefe de Gabinete y a la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
El Dec. 246-02 determina que los programas y proyectos del Subprograma de Modernización y los estudios vinculados a los programas y proyectos del Subprograma de Apoyo al Plan de Inversiones, deberán ser aprobados por el Jefe de Gabinete