RESOLUCIÓN 2 2012 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

FIJA PERÍODO PREVISTO POR EL ART 1° INC A) RESOLUCIÓN N° 59-DGR-06 ENTRE LOS DÍAS 2 Y 13 DE ENERO DE 2012  -  PLAZOS PROCEDIMENTALES - CÓMPUTO DÍAS HÁBILES - PRIMERA QUINCENA DE ENERO DE CADA AÑO Y PRIMERA SEMANA DE FERIA JUDICIAL DE INVIERNO ESTIPULADA CADA AÑO POR PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Publicación:

04/01/2012

Sanción:

02/01/2012

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO:

El Código Fiscal (t. o. 2011), la Resolución N° 59-DGR/2006 (BOCBA N° 2361) y los plazos administrativos establecidos para los procedimientos vigentes ante esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos vinculados con la determinación, fiscalización y percepción de los tributos a su cargo y la aplicación de sanciones por infracciones materiales y formales relacionadas con los mismos, y

CONSIDERANDO:

Que el Reglamento para la Justicia Nacional, el Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Reglamento del Tribunal Superior de Justicia disponen la suspensión de la actividad judicial en el ámbito de sus respectivas competencias, con excepción de aquellos asuntos que por su naturaleza no admitan demora, durante el mes de Enero y dos semanas en el invierno de cada año;

Que diversas entidades de profesionales, cuyos miembros actúan en representación de contribuyentes y responsables ante esta Jurisdicción, han solicitado a esta Administración Gubernamental la adopción de medidas ordenatorias tendientes a la suspensión de los plazos administrativos fijados para los procedimientos desarrollados ante este Organismo durante los períodos de feria judicial;

Que por Resolución N° 59-DGR/2006 se establece que en el ámbito de la Dirección General de Rentas no se computan respecto de los plazos procedimentales, los días hábiles comprendidos en la primera quincena de enero de cada año y la primera semana correspondiente a la feria judicial de invierno que establezca para cada año el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1°, inciso a) de la misma Resolución se hace necesario precisar los días incluidos en dicho período.

Por ello, en virtud de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL

DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE

Artículo 1°.- Se fija el período previsto por el artículo 1°, inciso a) de la Resolución N° 59-DGR/06 entre los días 2 y 13 de enero de 2012, ambas fechas inclusive.

Artículo 2°.- La presente Resolución regirá a partir del 02 de enero de 2012.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a la Dirección General de Rentas y demás áreas dependientes de esta Administración Gubernamental para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Walter

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>La Resolución 2-AGIP-201 fija el período previsto por el artículo 1° inciso a) de la Resolución N° 59-DGR-06 entre los días 2 y 13 de enero de 2012 inclusive.</p>