RESOLUCIÓN 81 1998
Síntesis:
RECONOCE A LA ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL PARQUE JULIO ARGENTINO ROCA Y APRUEBA SUS ESTATUTOS
Publicación:
15/02/1999
Sanción:
29/12/1998
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Registro N° 1.407-SPS-98, por el cual se tramita el reconocimiento oficial de la Asociación Cooperadora Parque Julio A. Roca, y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada Asociación Cooperadora cumple con los requisitos estatuidos por la Ordenanza N° 35.514/80 (B. M. N° 16.208) (AD 162.1/10) y la Resolución N° 25-SPS-96,
Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ordenanza N° 36.572/81 (B. M. N° 16.504)(AD 123.17)
Artículo 1° Reconócese a la Asociación Cooperadora del Parque Julio A. Roca, cuya Comisión Directiva está formada por las personas que integran la nómina de fs. 12, y Apruébanse los Estatutos que corren a fs. 9/11 vta., los que forman parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2 Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a la Comisión Permanente Asesora y Fiscalizadora de Cooperadora. Cumplido, tome intervención la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, Asociación Cooperadora del PARQUE Julio A. Roca y Administrativa del Parque mencionado. Fecho, archívese.