ACORDADA 34 2011 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Síntesis:
INTEGRANTES DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - REMUNERACIONES - SUELDO BÁSICO - JUEZAS - JUECES - SUPLEMENTO REMUNERATIVO NO BONIFICABLE - ADICIONALES - AUMENTO - INCORPORACIÓN AL SUELDO BÁSICO - REMUNERATIVO - BONIFICABLE
Publicación:
03/01/2012
Sanción:
28/12/2011
Organismo:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
A partir del 1° de diciembre del corriente la Presidencia del Consejo de la Magistratura,según Resolución n° 255/2011, dispuso dar carácter remunerativo y bonificable alincremento previsto por la Res. n° 358/2010, incorporándolo al salario básico de todoslos agentes del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.
A fin de mantener la relación de los haberes determinada por la ley citada para losJueces de este Estrado respecto de los Jueces de Cámara, corresponde que elTribunal se adecue a lo decidido por el Consejo de la Magistratura.
El acto administrativo que se propicia cuenta con dictamen favorable de la AsesoríaJurídica y se ha corroborado la existencia de créditos suficientes en la partidacorrespondiente del presupuesto del Tribunal para el ejercicio en curso.
El Juez José Osvaldo Casás agregó:
La Acordada n° 45/2010 de este Tribunal estableció el suplemento remunerativo nobonificable del 10% solo para sus Jueces, atendiendo a que en el caso de losfuncionarios y empleados que se desempeñaban en este ámbito, ya con anterioridadse había practicado un incremento del sueldo básico, esto es con carácterremunerativo y bonificable.
Así me expreso.
Por ello, de conformidad con el artículo 114 de la Constitución de la Ciudad Autónomade Buenos Aires, y el artículo 1° de la ley 2080, los Jueces del Tribunal Superior deJusticia,
ACUERDAN: