DECRETO 1 2012

Síntesis:

RATIFICA CONVENIO DE USO PRECARIO Y ONEROSO SUSCRIPTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES REPRESENTADO POR JAVIER SOLARI COSTA EX DIRECTOR GENERAL DE CONCESIONES Y MATCH TENNIS SRL REPRESENTADA POR LUCAS CONTINI - 23 DE NOVIEMBRE DE 2009 -ESPACIO DE DOMINIO PÚBLICO - PREDIO 113B SITO BAJO AUTOPISTA 25 DE MAYO -AU-1- TÉRMINO UN -1- AÑO - CONVALIDA OCUPACIÓN 29 DE SEPTIEMBRE DE 2010 AL 10 DE ABRIL DE 2011 INCLUSIVE - ACTA ACUERDO SUSCRIPTA 5 DE OCTUBRE DE 2010

Publicación:

12/01/2012

Sanción:

02/01/2012

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

Los Decretos Nros. 1.721/04, 447/08, 1.063/09, el Expediente N° 1.268.680/09, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el Visto, se propicia el dictado del decreto ratificatorio del Convenio de Uso Precario y Oneroso, suscripto entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la empresa Match Tennis S.R.L., respecto del predio 113B, espacio de dominio público sito bajo la Autopista 25 de Mayo (AU-1) con frente sobre la calle Santiago del Estero hacia San José, entre la avenida San Juan y la calle Cochabamba, identificado catastralmente como Circunscripción 12, Sección 14, Manzana 38, así como los terrenos remanentes de expropiación detallados en el plano anexo al instrumento mencionado;

Que en virtud de lo dispuesto por el articulo 5° del Decreto N° 1.721/04, se otorgó a Autopistas Urbanas SA la explotación por si o por terceros de los espacios genéricamente denominados bajos de autopistas y remanentes de expropiación correspondientes a la red concesionada, situación en la que se encuentra el espacio mencionado en considerando precedente;

Que por Decreto N° 447/08 se revocó dicho otorgamiento, confiriéndose la administración y explotación de los referidos espacios a la Dirección General de Concesiones;

Que la empresa Match Tennis S.R.L. se encontraba ocupando el referido predio en virtud del contrato que suscribiera oportunamente con Autopistas Urbanas SA, cuyo vencimiento operó el 29 de septiembre de 2009;

Que debido a la imposibilidad fáctica de culminar un proceso de Subasta Pública con anterioridad a la fecha de vencimiento enunciada, la Dirección General de Concesiones estimó conveniente extender dicha ocupación mediante la suscripción de un convenio de uso .precario y oneroso por el.plazo de un (1) año, computado a partir del 30 de septiembre de 2009,

Que en tal sentido cabe destacar que, tratándose de un. bien perteneciente al dominio público del Gobierno de la Ciudad "... lo atinente al otorgamiento de \\\\\\'permisos\\\\\\' de uso sobre dependencias dominicales, en principio general, no pertenece a la actividad reglada de la Administración. Al contrarío, por Principio general, pertenece al ámbito de la actividad discrecional\\\\\\' de ella. De ahí que la Administración Pública no está obligada a otorgar los permisos de uso que se le soliciten. El otorgamiento de dichos permisos depende de la \\\\\\'discrecionalidad\\\\\\' administrativa, pues la Administración hállase habilitada para apreciar si el permiso que se pide está o no de acuerdo con el interés público" (conf. Marienhoff, Miguel S., Tratado del Dominio Público, Editorial TEA, año 1960, págs. 331 y ss.);

Que la firma Match Tennis S.R.L .manifestó en fecha 1 de octubre de 2010 su desinterés de continuar la explotación del espacio en cuestión y consintió la notificación de la Dirección General de Concesiones de fecha 28 de septiembre de 2010 del vencimiento del plazo previsto en el Convenio para restituir el espacio;

Que mediante Acta Acuerdo de fecha 5 de octubre de 2010, se convino con la empresa citada que permaneciera en el predio en carácter de custodio, con la facultad de continuar la explotación comercial hasta la restitución efectiva a esta Administración, dado el potencial riesgo de intrusión al que se vería afectado el espacio en caso de quedar desocupado en ese momento;

Que en el instrumento mencionado las partes acordaron que su suscripción no constituía de manera alguna la prórroga del Convenio de Uso Precario y Oneroso de fecha 23 de noviembre de 2009, entendiéndose que la tenencia del espacio se encuadraba en los términos del artículo 1.622 del Código Civil, no importando por tanto su tácita reconducción, motivo por el cual no resultaba de aplicación el incremento de canon estipulado en la cláusula tercera ni la multa establecida en la cláusula Sexta, basado en el hecho que el ocupante manifestó oportunamente su voluntad de restituir el espacio, y fue esta Administración quien solicitó su permanencia;

Que el día 20 de abril de 2011 se ha concretado la restitución del espacio de dominio público en cuestión a esta Administración;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención que le compete de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley N° 1.218.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1.- Ratificase el Convenio de Uso Precario y Oneroso suscripto con fecha 23 de noviembre de 2009, entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el ex Director General de Concesiones, Dr. Javier Alejandro Solari Costa, y la empresa Match Tennis S.R.L, representada por su Gerente, el señor Lucas Contini (DNI 25.187.013), respecto del espacio de dominio público del predio 113B sito bajo la Autopista 25 de Mayo (AU-1) con frente sobre la calle Santiago del Estero hacia San José, entre avenida San Juan y la calle Cochabarnba, identificado catastralmente como Circunscripción 12, Sección 14, Manzana 38, y los terrenos remanentes de expropiación detallados en el plano anexo al instrumento mencionado, por el término de un (1) año, el que en copia fiel como Anexo I forma parte inegrante del presente.

Artículo 2.- Convalídase la ocupación detentada por la firma Match Tennis S.R.L desde el 29 de septiembre de 2010 al 10 de abril de 2011 inclusive, en los términos previstos en el Acta de Acuerdo suscripta el día 5 de octubre de 2010, la que a todo efecto en copia fiel como Anexo II forma parte integrante del presente.

Artículo 3.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4.- Dése al Registro. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento, comunicación al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Escribanía dependiente de la Secretaría Legal y Técnica y notificación fehaciente al interesado, gírese a la Dirección General de Concesiones. Cumplido. archívese. MACRI - Cabrera - Rodríguez Larreta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3831

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICA
Dto 1-12 ratifica convenio de uso precario y oneroso suscripto en el marco del Dto 447-08