LEY 4108 2011

Síntesis:

MODIFICA EL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA  2-10 - DNU - RÉGIMEN ESPECIAL DE CONDICIONES DE SEGURIDAD EN ACTIVIDADES NOCTURNAS - ACTIVIDADES DE ESPECTÁCULOS Y DIVERSIONES PÚBLICAS - PERMANENCIA EN EL REGISTRO - ACTIVIDAD DECLARADA - EXCEPCIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS

Publicación:

30/01/2012

Sanción:

01/12/2011

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

16/01/2012

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Modifícase el Art. 32 del Anexo del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 2/2010, el que queda redactado de la siguiente manera:

"Permanencia. Para permanecer en el Registro, los establecimientos deberán realizar exclusivamente la actividad declarada al momento de solicitar la inclusión en el régimen del presente Título, a excepción de los usos accesorios propios de su actividad y los complementarios que se encuentren autorizados por la Dirección General de Habilitaciones y Permisos"

Art. 2°.- Comuníquese. Moscariello - Perez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 4108, modifica el artículo 32 del Anexo del Decreto de Necesidad y Urgencia 2-10.</p>
PROMULGADA POR