RESOLUCIÓN 22 2012 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

INCORPORACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - GEDO - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS - SADE- MÓDULO GENERADOR DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS OFICIALES - SOLICITUD DE PERMISO - PRONUNCIAMIENTO APERTURA - PRONUNCIAMIENTO CORTE CALZADA - NOTIFICACIÓN - INFORME DEL OFICIAL NOTIFICADOR - FIRMA CON TOKEN - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ELECTRÓNICO

Publicación:

30/01/2012

Sanción:

19/01/2012

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO:

La Ley N° 3.304; los Decretos N° 589/09 y las Resoluciones N° 96SECLyT/2009, N° 138-SECLyT/10, N° 1-SECLyT/11, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública este Gobierno ha incorporado diversas tecnologías a los trámites, actuaciones y procedimientos de la Administración;

Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE- como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el referido sistema constituye un avance en el desarrollo integral de tramitación de las distintas jurisdicciones del Poder Ejecutivo dado que permite mayor control y seguridad en los trámites, posibilita una única numeración y minimiza la utilización de documentos basados en papel, sin menoscabo alguno de la seguridad jurídica;

Que dicha norma facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, complementarias y aclaratorias necesarias para la implementación y funcionamiento del SADE y sus actuaciones;

Que en consecuencia, por Resolución N° 96-SECLyT-2009 y luego por Resolución N° 138-SECLYT/2010 se modificó el Reglamento para el Inicio, ordenamiento, registro y circulación de expedientes y actuaciones administrativas;

Que dichos Reglamentos definieron los tipos de documentación administrativa que utiliza la Administración en los distintos procedimientos de gestión, distinguiendo, entre expedientes y actuaciones administrativas;

Que, según la Resolución N° 138/SECLYT/10, constituye "documento: (la) entidad identificada y estructurada que comprende texto, gráficos, sonido, imágenes o cualquier clase de información inherente a los procesos administrativos";

Que la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de modernización administrativa;

Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado "Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación", entre las actividades a desarrollar determinó la implementación del: "Documento Electrónico: Propiciar la utilización de documentos administrativos electrónicos firmados digital o electrónicamente ";

Que por Resolución N° 1/SECLyT/11 se aprobó el Reglamento para la Generación de Documentos Electrónicos Oficiales -GEDO-;

Que, el artículo 3° estableció que "... los Documentos Electrónicos Oficiales generados en -GEDO- son encriptados mediante tecnología de firma digital, utilizando identificación y clave de usuario y archivados en el repositorio único de imágenes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.";

Que actualmente se utiliza el Generador de Documentos Electrónicos Oficiales GEDO- para la creación de informes, providencias, disposiciones, dictámenes, actas, convenios y declaraciones juradas;

Que por Decreto N° 196/11 se implementó el Expediente Electrónico en los términos de la Ley de Modernización;

Que atento el avance en la incorporación de trámites al Expediente Electrónico, resulta necesario incorporar nuevos documentos electrónicos al Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales -GEDO- que deberán utilizarse en los distintos trámites del Gobierno de la Ciudad tales como "Solicitud de Permiso", "Pronunciamiento Apertura", "Pronunciamiento Corte Calzada" y "Notificación";

Que cabe recordar que por apertura se entiende a toda obra que consista en el levantamiento y/o rotura de vereda, calzada o cordón para extensiones, ampliaciones o renovaciones de redes o de instalaciones conexas o reparaciones de fallas que, en razón de su actividad, deba realizar toda persona física o jurídica de derecho público o privado, resultando necesario incorporar como nuevos documentos electrónicos a la "Solicitud de Permiso", al "Pronunciamiento Apertura" y al "Pronunciamiento Corte Calzada";

Que por su parte, la notificación refiere a la comunicación formal de una decisión, mediante la cual el contenido de la misma llega a ser conocida a quien le fuera enviada, incorporando el documento electrónico "Notificación";

Que en consecuencia es preciso determinar que deberá utilizarse el Módulo "Generador de Documentos Electrónicos Oficiales -GEDO-" como medio de creación, registración y archivo de: "Solicitud de Permiso", "Pronunciamiento Apertura", "Pronunciamiento Corte Calzada" y "Notificación".

Por ello y en uso de facultades que le son propias,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Incorpórense al Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales -GEDO- los siguientes documentos electrónicos:

- Solicitud de Permiso: Documento mediante el cual una persona física o jurídica solicita que la Administración acredite la autorización para la realización de una actividad que en principio no está permitida.

- Pronunciamiento Apertura: Documento mediante el cual se acredita que la Administración concede o deniega el levantamiento y/o rotura de acera, calzada o cordón para extensiones, ampliaciones o renovaciones de redes o de instalaciones conexas o reparaciones de fallas.

- Pronunciamiento Corte Calzada: Documento mediante el cual se acredita que la Administración concede o deniega el corte de calzada.

- Notificación: Documento mediante el cual se acredite que se ha dejado constancia de la comunicación enviada formalmente por la Administración a un tercero a fin de poner en conocimiento una decisión, opinión o certificación.

El documento "notificación" será importado mediante la solapa "Importar Documentos" del Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos. Dicho documento deberá contener los requisitos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo y el informe del Oficial Notificador.

Artículo 2°.- Establécese que el "Pronunciamiento Apertura" y el "Pronunciamiento Corte Calzada" serán firmados con TOKEN.

Artículo 3°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos las Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, Entes Descentralizados y a los Organismos Fuera de Nivel, a la Procuración General, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. Cumplido, archívese. Clusellas

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art 1 de la Res 22-SECLYT-12 incorpora documentos electrónicos al Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales -GEDO - reglamento aprobado por Res 1-SECLYT-11- Solicitud de Permiso - Pronunciamiento Apertura - Pronunciamiento Corte Calzada - Notificiación</p>