RESOLUCIÓN 84 2012 MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO

Síntesis:

APRUEBAN PAUTAS GENERALES - OPERATORIA DE CRÉDITO CON AUTOPISTAS URBANAS SA - SUSCRIPCIÓN CONTRATO DE MUTUO ENTRE AUTOPISTAS URBANAS SA Y EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES REPRESENTADO POR EL MINISTRO DE HACIENDA.

Publicación:

30/01/2012

Sanción:

19/01/2012

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO


VISTO:

Las Leyes Nros. 70, 3.060 y 4041, las Resoluciones N° 596/MDUGC/09 y Conjunta N° 356/MDUGC/MHGC/10 y el Expediente Nro 101.799/12, y;

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° de la Ley N° 3.060 se otorgó a Autopistas Urbanas S.A. la Concesión de Obra Pública de la Red de Autopistas y Vías Interconectadas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y Puentes de conexión física con la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de veinte (20) años a título oneroso y a partir de la expiración de la Concesión otorgada oportunamente por el Decreto 1.721/04;

Que asimismo por el Artículo 7° de la mencionada Ley se designó al Ministerio de Desarrollo Urbano como Autoridad de Aplicación de dicha norma, facultándolo para reglamentar la concesión, definir el Plan de Obras e Inversiones, efectuar los ajustes que permitan la efectiva concreción de las obras y dictar las normas complementarias que fueren menester;

Que pese a que existen restricciones presupuestarias en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ellas no resultan óbice para la ejecución de las obras que resulten necesarias a los fines de un plan de mejoramiento que facilite la interconectividad entre las distintas áreas de la Ciudad, y cuya realización no debe ser postergada;

Que mediante las Resoluciones Nros. 596/MDUGC/09 y 356/MDUGC-MHGC/10 se definió el Plan de Obras correspondiente a la concesión otorgada a la empresa Autopistas Urbanas S.A. mediante Ley N° 3060, encomendándose a la misma su implementación, ejecución, control y fiscalización de las obras a fin de lograr la materialización del citado Plan de Obras;

Que sin perjuicio de contar con la capacidad técnica para ejecutar el plan de obras encomendado el flujo de caja operativo de Autopistas Urbanas S.A. no resulta suficiente para hacer frente a las obras encomendadas, exclusivamente con los recursos provenientes de la recaudación por peaje, debiéndose entonces recurrir a la obtención de financiamiento;

Que el Ministerio de Hacienda es la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 70, reguladora de los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyas disposiciones resultan aplicables a Autopistas Urbanas S.A., en virtud de lo normado por el artículo 4° de la referida norma;

Que en consecuencia corresponde mediante el acto administrativo respectivo establecer el procedimiento para la instrumentación de las acciones necesarias a fin de otorgar a la empresa AUSA S.A. el financiamiento necesario para ser aplicado a la realización de algunas de las obras previstas en las Resoluciones Nros. 596/MDUGC/09 y Conjunta N° 356/MDUGC/MHGC/10;

Por ello, y en uso de las facultades que les son propias;

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVEN:

Artículo 1.- Apruébanse a los efectos de la presente Resolución las pautas generales que como Anexo I forman parte integrante de la misma.

Artículo 2.- La operatoria de crédito será instrumentada mediante la suscripción de un Contrato de Mutuo entre la empresa Autopistas Urbanas S.A. y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el señor Ministro de Hacienda.

Artículo 3.- Instrúyase a la Dirección General de Tesorería a fin de que se sirva arbitrar, en el marco de sus competencias, todas las acciones que resulten necesarias para el efectivo cumplimiento de las condiciones previstas en el Contrato de Mutuo precitado.

Artículo 4 - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Unidad de Contralor de Concesiones Viales, a la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera, dependiente del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y para su conocimiento y demás efectos remítase a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería. Cumplido remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano a fin de que proceda a notificar en forma fehaciente a la empresa Autopistas Urbanas S.A. Fecho, archívese. Cabrera - Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3843

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res.84-MDUGC-MHGC-12 aprueba lineamientos generales en el marco de la Res. 596-MDUGC-09