En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, promúlgase la LeyN° 4.116 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires en su sesión del día 7 de Diciembre de 2011. Dése al Registro,publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Secretaría Parlamentariadel citado cuerpo por intermedio de la Dirección Generalde Asuntos Legislativos y Organismos de Control y, a los fines de sucompetencia, remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad.
El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro deJusticia y Seguridad y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.