LEY 4116 2011

Síntesis:

MODIFICA EL ARTÍCULO 22 DE LA LEY  7 - TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DICTA SU REGLAMENTO CONFORME ARTÍCULO 114 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD - PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE SERÁN ELEGIDOS POR MAYORÍA ABSOLUTA DE VOTOS DE LOS JUECES DEL TRIBUNAL - DURACIÓN DE MANDATO - 2 AÑOS - JUSTICIA - PODER JUDICIAL - ELECCIÓN DE AUTORIDADES

Publicación:

31/01/2012

Sanción:

07/12/2011

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

16/01/2012

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Modificase el artículo 22 del Título Segundo de la Ley 7, el que quedará redactado del siguiente modo:

"El Tribunal Superior de Justicia dicta su reglamento conforme al artículo 114° de la Constitución de la Ciudad. Su presidente y vicepresidente serán elegidos por mayoría absoluta de votos de los jueces del Tribunal y durarán dos (2) años en el ejercicio de sus funciones".

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Moscariello - Perez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Punto Primero de la Acordada 13-TSJ-12 modifica el Reglamento del TSJ en razón de lo instituido por la Ley 4116</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 4116, modifica el artículo 22 del Título Segundo de la Ley 7.</p>
PROMULGADA POR
INTEGRADA POR
<p>P 1  de la Acordada 31-TSJ-15 modifica el Art. 5 del Reglamento del TSJ en razón de lo instituido por la Ley 4116.</p>