RESOLUCIÓN 270 2012 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
AUTORIZA A REALIZAR FESTIVALES A LA DIRECCIÓN GENERAL FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES - AÑO 2012 - FEBRERO FESTIVAL SHAKESPEARE BUENOS AIRES - ABRIL FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINE INDEPENDIENTE - MAYO CAMPEONATO DE BAILE DE LA CIUDAD - JUNIO FESTIVAL CIUDAD EMERGENTE - AGOSTO TANGO BUENOS AIRES FESTIVAL Y MUNDIAL DE BAILE - OCTUBRE FESTIVAL BUENOS AIRES DANZA CONTEMPORÁNEA - NOVIEMBRE BUENOS AIRES JAZZ FESTIVAL INTERNACIONAL;
Publicación:
16/02/2012
Sanción:
23/01/2012
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO
la Ley N° 2506 (B.O.C.B.A. N° 2824) los Decretos Nros 834/GCBA/02 (B.O.C.B.A. N° 1498), su modificatorio N° 2049/GCBA/04 (B.O.C.B.A. N° 2069), 2075/GCBA/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) y el Decreto N° 660/GCBA/11 (B.O.C.B.A. N° 3811) y el Expediente N° 151831/2012, y;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 660/GCBA/11 ordenó al Fuera de Nivel Dirección General Festivales y Eventos Centrales la organización, coordinación y ejecución de los Festivales asignados a este Ministerio de Cultura entre ellos el Festival Shakespeare Buenos Aires, Festival Internacional de Cine Independiente, Campeonato de Baile de la Ciudad, Festival Ciudad Emergente, Tango Buenos Aires Festival y Mundial de Baile, Festival Buenos Aires Danza Contemporánea, Buenos Aires Jazz Festival Internacional;
Que razones de conveniencia y operatividad ameritan aprobar la ejecución de los Festivales antedichos con el objetivo de acelerar y garantizar eficaz y eficientemente la gestión administrativa;
Que asimismo, el gasto que demande la preproducción y ejecución de cada uno de los Festivales se encuentra contemplado en el presupuesto para el ejercicio 2012;
Por ello y en uso de la facultades conferidas por la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2.824),
Artículo 1°.- Autorizase al Fuera de Nivel Dirección General Festivales y Eventos Centrales a realizar en las fechas indicadas, los Festivales que se detallan en el Anexo I, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- El Reglamento y los Premios de cada uno de los Festivales autorizados en el Anexo I, serán aprobados oportunamente mediante el dictado del pertinente acto administrativo.
Artículo 3°.- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase al Fuera de Nivel Dirección General de Festivales y Eventos Centrales. Cumplido, archívese.
ANEXOS