RESOLUCIÓN 13081 2011 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

INSTRUMENTOS DE RELEVAMIENTO DE INFORMACIÓN SOBRE ESTADÍSTICAS EDUCATIVAS CONTINUAS -  MODIFICA LA RESOLUCIÓN1701-SED-97 - ESTABLECE  QUE LA  GERENCIA OPERATIVA DE INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICA - DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - ES LA DEPENDENCIA RESPONSABLE DE LAS ACCIONES

Publicación:

17/02/2012

Sanción:

26/12/2011

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO:

El Expediente N° 1752164/11, y

CONSIDERANDO:

Que por las mencionada actuación tramita la modificación de los artículos 1 y 2 de la Resolución N° 1701/SED/97 que refiere a los instrumentos de relevamiento de información sobre estadísticas educativas continuas;

Que mediante la Ordenanza N° 35.386/79 se implementó el funcionamiento del Sistema Estadístico Municipal (hoy Sistema Estadístico de la Ciudad de Buenos Aires) como subsistema del Sistema Estadístico Nacional, previendo su articulación alrededor de la actual Dirección General de Estadística y Censos y de los organismos estadísticos y de relevamiento de datos que las distintas divisiones administrativas mayores puedan requerir;

Que mediante la Resolución N° 1701/SED/97 se establecieron, por primera vez, las responsabilidades de la entonces Dirección General de Planeamiento, a través de su unidad de estadística, para la elaboración de la propuesta de los instrumentos de relevamiento de información, a los efectos de mantener las estadísticas educativas continuas y/o dar respuestas a las necesidades eventuales que surgieran de la gestión de gobierno, como asimismo, se impusieron obligaciones a todos los establecimientos educativos estatales y privados dependientes de la entonces Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, para el cumplimiento de tales relevamientos;

Que mediante la Resolución N° 2220/SED/01 se estableció la necesidad de adoptar acciones tendientes a utilizar las nuevas tecnologías informáticas y de la comunicación en el ámbito del sistema educativo de la Ciudad de Buenos Aires, dirigiendo tales medidas, tanto a la modernización del trabajo pedagógico como al logro de una gestión eficiente;

Que por las Resoluciones del entonces Consejo Federal de Cultura y Educación N° 48/CFCE/95 y del actual Consejo Federal de Educación N° 92/CFE/09, a las que adhirió este Ministerio de Educación, se dio nacimiento al Sistema Federal de Información Educativa y se establecieron las bases para su funcionamiento;

Que la Gerencia Operativa de Investigación y Estadística, dependiente de la Dirección General de Planeamiento Educativo, dentro de la estructura organizativa del Ministerio de Educación, aprobada por Decreto N° 2075/GCABA/07 y sus modificatorios, resulta competente para entender en las acciones dirigidas a proveer y difundir información cualitativa y cuantitativa sobre el sistema educativo de la Ciudad de Buenos Aires, a fin de realizar el análisis prospectivo de la realidad educativa local;

Que la información estadística constituye un elemento básico para la toma de decisiones de política en el sector, en virtud que permite disponer de indicadores adecuados y confiables para los distintos niveles de gestión de esta jurisdicción;

Que resulta conveniente, en función de las nuevas tecnologías informáticas, actualizar el compromiso de la unidad de estadística del Ministerio de Educación y de todos los establecimientos educativos, en el sentido de producir y consolidar la estadística educativa en forma oportuna y veraz, dando cumplimiento así a la normativa local y a los acuerdos federales contraídos en materia informativa;

Que dentro de ese contexto y en el marco de la política de modernización que está llevando a cabo esta Administración, resulta procedente dictar el pertinente acto administrativo a los efectos de modificar, en tal sentido, la norma vigente incorporando las nuevas tecnologías informáticas y de comunicación;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que les compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE

Artículo 1.- Modifícanse los artículos 1 y 2 de la Resolución N° 1701/SED/97, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:

"Articulo 1 -Establécese que todos los establecimientos educativos de gestión estatal y de gestión privada dependientes del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires deberán responder, en forma oportuna y veraz, a los instrumentos de relevamiento de información, sean estos electrónicos y/o de otra naturaleza, propuestos o elaborados por la Gerencia Operativa de Investigación y Estadística, dependiente de la Dirección General de Planeamiento Educativo, a los efectos de dar continuidad a las estadísticas educativas y de atender a las necesidades derivadas de la propia gestión de gobierno".

"Artículo 2.- Determínase que, en caso de corresponder, la Gerencia Operativa de Investigación y Estadística será la encargada de distribuir y recuperar los instrumentos de relevamiento de información mencionados, a través de las supervisiones, supervisiones técnicas, coordinaciones o autoridades responsables de las respectivas direcciones generales y direcciones operativas".

Artículo 2 Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese por copia a las Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pdagógica, y de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada, de Inclusión Educativa, de Planeamiento Educativo y de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese. Bullrich

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 13081-MEGC-11 Modifica los art. 1 y 2 de la Res. 1701-SED-97