RESOLUCIÓN 43 2012 SECRETARIA DE GESTION COMUNAL Y ATENCION CIUDADANA

Síntesis:

APROBACIÓN DE INFORME FINAL DE GESTIÓN DE FUNCIONARIO - RECONOCIMIENTO DE TAREA - DIRECTOR GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL CENTRO DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN COMUNAL 15 - IGNACIO CREVENA

Publicación:

09/03/2012

Sanción:

02/03/2012

Organismo:

SECRETARIA DE GESTION COMUNAL Y ATENCION CIUDADANA


VISTO:

La Ley N° 70, el Decreto N° 1.000/99, el Decreto N° 816/06, el Decreto N° 173/11, la Disposición N° 24/DGOGPP/11, el Expediente N° 2298130/2011, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 70, en su artículo 25, establece que los responsables de programas y proyectos, y sus superiores jerárquicos, deben redactar un informe final sobre su gestión al dejar el cargo, prestando colaboración a quien legítimamente le sucede en el mismo, siendo dicha tarea remunerada;

Que, el Decreto N° 1.000/99, reglamentario de la Ley N° 70, en su artículo 14 dispone que dicho informe será remunerado con un monto equivalente al del cargo que ocupaban;

Que, a su vez, por Disposición N° 24/DGOGPP/2011, se determinaron las características, alcance y contenido del mencionado informe;

Que, el Decreto 816/2006 en su artículo N° 3 estableció que los F/N Centros de Gestión y Participación Comunal quedarán disueltos al asumir funciones las primeras Juntas Comunales, en los términos del Título III y el artículo 47 de la Ley N° 1.777;

Que, asimismo, por Decreto N° 173/2011 se convocó a elecciones de las quince (15) Comunas en que se encuentra dividida la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme al Anexo de la Ley N° 1.777, dejando especificado que asumirán sus funciones el día 10 de diciembre de 2011;

Que, por Expediente N° 2298130/2011, el señor Ignacio Crevena ex Director del Centro de Gestión y Participación Comunal N° 15 presentó el día 29 de Diciembre de 2011 el informe final de gestión;

Que, la ya mencionada Disposición N° 24/DGOGPP/2011, en su artículo 3°, establece que el Informe de Gestión debe ser presentado por el funcionario antes de que transcurran treinta (30) días corridos desde el momento en que se aleje de su cargo, plazo que se contará a partir de la fecha de la norma por la cual se efectivice el cese;

Que, de acuerdo a las constancias de autos, el Informe de marras ha sido presentado en el tiempo indicado;

Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley N° 70.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE GESTION COMUNAL Y ATENCION CIUDADANA

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el informe final de gestión presentado por el señor Ignacio Crevena, respecto de su desempeño como Director General del Centro de Gestión y Participación Comunal N° 15, conforme la reglamentación establecida en el Anexo de la Disposición N° 24-DGOGPP/2011, y reconócese la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley N° 70, reglamentado por el artículo 14 del Decreto N° 1.000/99, con la retribución de una (1) remuneración equivalente a la del cargo que detentaba.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, remítase copia del informe final de gestión a la Sindicatura General de la Ciudad y para su conocimiento, notificación al interesado y pertinente liquidación, remítase a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. Macchiavelli

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Res 43-SECGCYAC-12 aprueba informe final de gestión de Crevena, cesado por F/N disueltos según lo previsto por Art 3 del Dto 816-06