RESOLUCIÓN 1356 2002 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Síntesis:
INCORPORAN SEGUNDO PARRAFO AL ART. 3° DE LA RESOLUCIÓN N° 5161-DGR-01 REFERENTE AL PROCEDIMIENTO PARA EL RÉGIMEN DE PRESENTACIÓN ESPONTÁNEA
Publicación:
05/04/2002
Sanción:
25/03/2002
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Visto la Ley N° 671 (B.O. N° 1.330) de Régimen de presentación espontánea y regularización de obligaciones exteriorizadas e impagas, el Decreto Reglamentario N° 2.076/01 (B.O. N° 1346) y la Resolución N° 2.676/SHyF/01 (B.O. N° 1350); y,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Reglamentario N° 2.076/01 faculta a la Dirección General de Rentas a dictar las normas complementarias para la instrumentación del régimen que el mismo prevé;
Que a los efectos del cumplimiento de los planes de facilidades de pago, es menester establecer de manera expresa el día de cada mes en que vence el plazo para abonar las cuotas mensuales siguientes a la primera;
Por ello, en uso de la atribución específica conferida en el Art. 15, Inc. e) del Decreto N° 2.076/01;
Artículo 1° Incorpórase como segundo párrafo del Artículo 3° de la Resolución N° 5.161/DGR/01 (B.O. N° 1356), el siguiente:
Cada una de las restantes cuotas mensuales vencerá el día 27 de cada mes, empezando en el inmediato posterior al del vencimiento de la primera
Artículo 2° Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese a las Subdirecciones Generales y Direcciones dependientes de esta Dirección General y a la Procuración General. Cumplido, archívese.