RESOLUCIÓN 118 2012 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Síntesis:

IMPLEMENTACIÓN - ENCOMENDACIÓN A PROFESIONALES - FORMA DIGITAL - DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS - TRÁMITE DE HABILITACIÓN DE LOCALES - INGENIEROS - ARQUITECTOS - AGRIMENSORES - MAESTROS MAYORES DE OBRA - TÉCNICOS CONSTRUCTORES - CMPLIMIENTO DE REQUISITOS - CÓDIGO DE HABILITACIONES Y VERIFICACIONES - ENCOMIENDA - ANEXO TÉCNICO CERTIFICADO - CERTIFICACIÓN - CONSEJOS PROFESIONALES DE INGENIERÍA CIVIL ARQUITECTURA Y URBANISMO - COLEGIO DE AGRIMENSORES - CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELECTRICISTA Y EL CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA INDUSTRIAL - PROFESIONALES MATRICULADOS - TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA - DELEGACIÓN DE FACULTADES - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - SISTEMA INFORMÁTICO - SOFTWARE - APLICATIVO - PROGRAMA DE OPTIMIZACIÓN DE LOS PROCESOS DE ATENCIÓN A LOS CIUDADANOS - PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO - BASE DE DATOS

Publicación:

28/03/2012

Sanción:

07/03/2012

Organismo:

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624


VISTO:

LEY N° 2.624, EL CÓDIGO DE HABILITACIONES Y VERIFICACIONES, EL DECRETO N° 93/06, Y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 93/06 se encomendó a los profesionales arquitectos, ingenieros, agrimensores, maestros mayores de obra y/o técnicos constructores, matriculados habilitados por sus respectivos Consejos Profesionales, a confeccionar el anexo técnico (encomienda) del trámite de habilitación mencionado en el Artículo 2.1.3 del Código de Habilitaciones y Verificaciones;

Que en consecuencia, el profesional designado por el titular del local, debe cotejar si el local cumple con los requisitos establecidos por el Código de Habilitaciones y Verificaciones, y para acreditar ello debe confeccionar la encomienda y/o anexo técnico que deberá ser certificada por el correspondiente Consejo Profesional;

Que la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, dependiente de esta Agencia Gubernamental de Control (AGC), utiliza un sistema informático recientemente desarrollado, destinado a dar operatividad y mayor celeridad a la tramitación de las habilitaciones;

Que en el marco del programa de "Optimización de los Procesos de Atención a los Ciudadanos", se pretende implementar, dentro del dicho sistema, un aplicativo que permita al profesional designado, confeccionar de manera digital la encomienda profesional para el trámite de habilitación;

Que de este modo se evitarán, en mayor medida, observaciones en el proceso de tramitación de las habilitaciones;

Que a efectos de implementar la encomienda profesional de manera digital, es menester que los Consejos Profesionales de Ingeniería Civil, Arquitectura y Urbanismo, el Colegio de Agrimensores, el Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista y el Consejo Profesional de Ingeniería Industrial incorporen la base de datos de sus matriculados en el aplicativo del sistema destinado a tal fin por la Dirección General de Habilitaciones y Permisos;

Que de esta manera, los mencionados Consejos, generarán un usuario y contraseña, que entregarán a los profesionales, para que estos puedan ingresar vía web y confeccionar la encomienda digital;

Que posteriormente, la mencionada encomienda deberá ser certificada por el Consejo Profesional que corresponda;

Que en virtud de lo expuesto corresponde facultar a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, a dictar los actos administrativos pertinentes a los efectos de implementar en forma definitiva la nueva modalidad referenciada;

Que no obstante el procedimiento descripto ut-supra, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos continuará recibiendo las encomiendas técnicas con el procedimiento anterior, hasta tanto dicte el acto administrativo para la implementación definitiva de la nueva modalidad de trámite, debiendo comunicar fehacientemente a los Consejos Profesionales antedichos para que cesen de certificar encomiendas realizadas fuera del nuevo sistema;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 12 inciso e) y concordantes de la Ley N° 2624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE:

Artículo 1.- Impleméntese la encomienda profesional de forma digital, por medio del sistema informático destinado a efectuar la tramitación de las solicitudes de habilitaciones por la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, debiendo los Consejos Profesionales de Ingeniería Civil, Arquitectura y Urbanismo, el Colegio de Agrimensores, el Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista y el Consejo Profesional de Ingeniería Industrial, generar un usuario y contraseña a sus profesionales matriculados, para que estos puedan ingresar vía web y confeccionar la encomienda digital que luego deberá ser certificada por el Consejo Profesional que corresponda.

Artículo 2.- Facúltase a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos de esta AGC, para que en el plazo de 30 días hábiles de publicada la presente resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, proceda a dictar los actos administrativos pertinentes a los efectos de implementar en forma definitiva la nueva modalidad referenciada.

Artículo 3.- Instrúyase a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, a fin que preste colaboración a los Consejos Profesionales de Ingeniería Civil, Arquitectura y Urbanismo, al Colegio de Agrimensores, al Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista y al Consejo Profesional de Ingeniería Industrial, a fin que procedan a incorporar la base de datos de sus matriculados en el mencionado sistema informático.

Artículo 4.- Instrúyase a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, a fin que ponga en conocimiento de los Consejos Profesionales mencionados en el artículo anterior, que deberán certificar la encomienda de manera digital, por medio del aplicativo del sistema destinado a tal fin, expidiendo un comprobante de dicha certificación que le será entregado al profesional interviniente para la prosecución del trámite ante la mencionada Dirección General.

Artículo 5.- Instrúyase a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos para que continúe recibiendo las encomiendas técnicas con el procedimiento vigente a la fecha de la presente Resolución, hasta tanto dicte el/los acto/s administrativo/s para la implementación definitiva de la nueva modalidad de trámite, debiendo comunicar fehacientemente a los Consejos Profesionales antedichos para que cesen de certificar encomiendas realizadas fuera del nuevo sistema.

Artículo 6.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, a los Consejos Profesionales de Ingeniería Civil, Arquitectura y Urbanismo, al Colegio de Agrimensores, al Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista y al Consejo Profesional de Ingeniería Industrial. Cumplido, archívese. Ibañez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 5 de la Resolución 178-AGC-2017, deroga la Resolución 118-AGC-2012. </p>
COMPLEMENTA
<p>Res 118-AGC-12 Implementa la encomienda profesional establecida por Dto 93-06, de forma digital</p>
MODIFICADA POR
Dispo 7008-DGHP-12 Prorroga plazo hasta el 30 de julio de 2012 por Res 118-AGC-12