DECRETO 5407 1990
Síntesis:
LIQUIDACIÓN - SUBSIDIO MENSUAL Y VITALICIO - ORDENANZA 44370 - PROCEDIMIENTO - DIRECCIÓN GENERAL DEL PERSONAL - SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HUMANOS - REGLAMENTACIÓN - SECRETARÍA DE CULTURA - BENEFICIARIOS - GANADORES DE PREMIOS ARTÍSTICOS - ARTE - PRIMER PREMIO - PREMIO ÚNICO - LITERATURA - TEATRO - MÚSICA - SALÓN MUNICIPAL DE ARTES PLÁSTICAS MANUEL BELGRANO - SALÓN MUNICIPAL DE TAPICES - NORMA FONTENLA - JOSÉ NEGLIA - PREMIOS ESPECIALES - RICARDO ROJAS - EDUARDO MALLEA - RUBRO MEJOR TRAYECTORIA LABOR TEATRAL
Publicación:
01/11/1990
Sanción:
24/10/1990
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Artículo 1 ° - Dispónese que, a partir del 1 ° denoviembre de 1990, la liquidación de los subsidios acordados por la OrdenanzaN° 44.370 (B.M. N° 18.839), se practicará por intermedio de la DirecciónGeneral del Personal, dependiente de la Subsecretaría de Recursos Humanos.
Artículo 2° - La Dirección General Técnica Administrativade la Secretaría de Cultura remitirá a la Dirección General del Personal, antesdel día 22 de octubre de 1990, la nómina de las personas beneficiadas por lacitada ordenanza, y el porcentaje que en cada caso corresponda liquidar,mensualmente, y con una anticipación de por lo menos seis días hábilesanteriores a la finalización de cada mes, deberán ser comunicadas en igualforma las novedades que se produzcan.