DECRETO 5407 1990

Síntesis:

LIQUIDACIÓN - SUBSIDIO MENSUAL Y VITALICIO - ORDENANZA 44370 - PROCEDIMIENTO - DIRECCIÓN GENERAL DEL PERSONAL - SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HUMANOS - REGLAMENTACIÓN - SECRETARÍA DE CULTURA - BENEFICIARIOS - GANADORES DE PREMIOS ARTÍSTICOS - ARTE - PRIMER PREMIO - PREMIO ÚNICO - LITERATURA - TEATRO - MÚSICA - SALÓN MUNICIPAL DE ARTES PLÁSTICAS MANUEL BELGRANO - SALÓN MUNICIPAL DE TAPICES - NORMA FONTENLA - JOSÉ NEGLIA - PREMIOS ESPECIALES - RICARDO ROJAS - EDUARDO MALLEA - RUBRO MEJOR TRAYECTORIA LABOR TEATRAL

Publicación:

01/11/1990

Sanción:

24/10/1990

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Artículo 1 ° - Dispónese que, a partir del 1 ° denoviembre de 1990, la liquidación de los subsidios acordados por la OrdenanzaN° 44.370 (B.M. N° 18.839), se practicará por intermedio de la DirecciónGeneral del Personal, dependiente de la Subsecretaría de Recursos Humanos.

Artículo 2° - La Dirección General Técnica Administrativade la Secretaría de Cultura remitirá a la Dirección General del Personal, antesdel día 22 de octubre de 1990, la nómina de las personas beneficiadas por lacitada ordenanza, y el porcentaje que en cada caso corresponda liquidar,mensualmente, y con una anticipación de por lo menos seis días hábilesanteriores a la finalización de cada mes, deberán ser comunicadas en igualforma las novedades que se produzcan.

La presente norma figura publicada en el Digesto Municipal 1993, AD 427.9, Tomo II, Pág. 212.

Ver archivo 1

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
<p>Decreto 5407-90 dispone forma de liquidación de los subsidios acordados por la Ordenanza 44.370.</p>