RESOLUCIÓN 786 2002 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

AUTORIZA LA CONTINUIDAD DEL PERMISO DE USO GRATUITO E INTRANSFERIBLE A FAVOR DE LA PARROQUIA DE SAN CRISTÓBAL Y DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR ORDENANZA N° 50.301, SOBRE LA PARCELA IDENTIFICADA BAJO NOMENCLATURA CATASTRAL: CIRCUNSCRIPCIÓN 8, SECCIÓN 30, MANZANA 92, PARCELA 1, UBICADA EN LA AVENIDA JUJUY 1301/09

Publicación:

11/04/2002

Sanción:

26/03/2002

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Expediente N° 17.630/00 (Reconstruido), y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 7 de noviembre de 1980 y mediante Ordenanza N° 36.217 se dispuso incorporar a la vía pública, diversas parcelas entre las que se encuentra, la parcela identificada bajo la Nomenclatura Catastral: Circunscripción 8 - Sección 30 - Manzana 92 - Parcela 1, ubicada en la Avenida Jujuy 1301/09, a fin de realizar las obras conexas con las Autopistas 25 de Mayo y Perito Moreno, necesarias para asegurar la funcionalidad del citado complejo vial;

Que por Ordenanza N° 50.301 de fecha 8 de diciembre de 1995, promulgada por Decreto N° 22/96, se dispuso otorgar a la Parroquia de San Cristóbal, el permiso de uso gratuito e intransferible sobre el citado predio, con destino exclusivo al funcionamiento de un Centro Recreativo para Ancianos;

Que el plazo de vigencia de la disposición de otorgamiento, quedó supeditado a la realización de las obras determinadas en la Ordenanza N° 36.217, en cuyo caso la Parroquia debería proceder a la inmediata restitución del predio;

Que en cumplimiento de lo establecido por la Ordenanza N° 50.301, se procedió a labrar el Acta de Entrega de estilo, la que devino de imposible cumplimiento, en virtud de encontrarse ocupado el predio por intrusos;

Que con fecha 26/8/98 la Dirección General de Administración de Bienes notificó a la Parroquia de San Cristóbal que podía tomar posesión del mismo, habiéndose constatado su desocupación;

Que mediante Cédula de Notificación N° 36 de fecha 17 de marzo de 1999 la ex Comisión de Verificación del Estado de Ocupación de los Bienes del Dominio Público de la Ciudad de Buenos Aires, requirió a la Parroquia de San Cristóbal su presentación ante la misma, atento su condición de ocupante de un bien de dominio público de la Ciudad de Buenos Aires;

Que como consecuencia del requerimiento efectuado, el 20 de abril de 1999 se presentó la citada Entidad ante la ex Comisión de Verificación del Estado de Ocupación de los Bienes del Dominio Público de la Ciudad de Buenos Aires la que, del estudio de los antecedentes y elementos aportados concluyó mediante Acta N° 23 de fecha 14 de septiembre de 1999 que la Parroquia de San Cristóbal, cumple acabadamente con el objeto del beneficio otorgado por Ordenanza N° 50.301, no resultando por lo tanto aconsejable la recuperación del inmueble hasta no tener destino cierto para el predio de que se trata;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, y en cumplimiento de lo establecido en el Art. 4° del Decreto N° 895/GCABA/01;

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Continúese en las condiciones de uso gratuito e intransferible a favor de la Parroquia de San Cristóbal y de conformidad con lo dispuesto por Ordenanza N° 50.301, la parcela identificada bajo Nomenclatura Catastral: Circunscripción 8, Sección 30, Manzana 92, Parcela 1, ubicada en la Avenida Jujuy 1301/09.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 11 del Decreto N° 698/GCBA/96 y su modificatorio, Decreto N° 1.583/GCBA/01, a la Dirección General de Administración de Bienes y para su conocimiento, notificación fehaciente y demás efectos, remítase a la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIADA POR
COMPLEMENTA
La Res 786-SHYF-02 autoriza la continuidad del permiso de uso otorgado a favor de la Parroquia San Cristóbal, sobre el citado predio