RESOLUCIÓN 3 2012 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

DESIGNACIONES DE DIRECTORES GENERALES - TRAMITACIÓN POR EXPEDIENTE ELECTRÓNICO -  APRUEBA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ELECTRÓNICO 

Publicación:

20/04/2012

Sanción:

19/04/2012

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 3.304 y N° 4.013, los Decretos N° 589/09, N° 196/11, y el Expediente N° 2012-00161811MGEYA-SSGPM, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública, este Gobierno ha impulsado distintas medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas tecnológicas que permitan agilizar y racionalizar considerablemente los trámites administrativos, al tiempo de dotarlos de una mayor transparencia y accesibilidad para su control, al hacerlos disponibles por medios informáticos;

Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el Decreto N° 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE- como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el referido sistema constituye un avance en el desarrollo integral de tramitación de las distintas jurisdicciones del Poder Ejecutivo dado que permite mayor control y seguridad en la tramitación de los mismos, posibilita una única numeración y minimiza la utilización de documentos basados en papel, sin menoscabo alguno de la seguridad jurídica;

Que dicha norma facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas reglamentarias, complementarias y aclaratorias necesarias para la implementación y funcionamiento del SADE y sus actuaciones;

Que, posteriormente, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de modernización administrativa;

Que en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley antes mencionada, denominado "Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación", se dispuso entre las actividades a implementar ".... desarrollar la arquitectura tecnológica para la implementación del expediente electrónico";

Que el artículo 3° de la Ley establece que "La Jefatura de Gabinete de Ministros es la autoridad de aplicación del presente plan";

Que en ese marco, por Decreto N° 196/11 se ordenó la implementación del "Expediente Electrónico" en los términos del apartado 4 del punto 6.3. "Digitalización de Procesos Administrativos", contenido en el Capítulo III, Título II del Anexo de la Ley N° 3.304";

Que dicho decreto encomendó a la Jefatura de Gabinete de Ministros, como autoridad de aplicación de la Ley de Modernización y a la Secretaría Legal y Técnica, como administradora del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE-, a dictar las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias que resulten necesarias a los fines de la aplicación del presente;

Que asimismo, expresó, en el artículo 3°, que las normas que se dicten en consecuencia deberán prever los trámites que utilizarán el expediente electrónico como herramienta de gestión administrativa, como así también los documentos electrónicos que deban vincularse al mismo, en qué etapa del proceso y qué autoridades administrativas deberán suscribirlos;

Que la nueva Ley de Ministerios N° 4.013 establece que le corresponde a Jefatura de Gabinete en forma conjunta con el Ministerio de Modernización diseñar, coordinar y verificar la implementación de las políticas de gobierno electrónico y tecnologías de la información para el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad;

Que por su parte el artículo 104 inciso 9° determina que el Jefe de Gobierno: "...Establece la estructura y organización funcional de los organismos de su dependencia. Nombra a los funcionarios y agentes de la administración y ejerce la supervisión de su gestión...";

Que, en consecuencia respecto al trámite de Designación de Director General, de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y en el Decreto N° 196/11 y a fin dar cumplimiento al artículo 3° resulta necesario adaptar al formato electrónico dicho trámite.

Por ello y en uso de facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS Y

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

DEL GOBIERNO DE LA

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVEN

Artículo 1°.- Establécese que, a partir del 23 de Abril del presente año, las designaciones de los Directores Generales deberán tramitar por Expediente Electrónico, conforme lo establecido en el Decreto N° 196/11, utilizando el Módulo "EE" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE.

Artículo 2°.- Apruébase el Procedimiento Administrativo Electrónico que deberá observase para la tramitación de la Designación de Director General, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a todas las reparticiones con rango o nivel equivalente, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a los Organismos Descentralizados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ibarra - Rodríguez Larreta - Clusellas


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3896

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Art. 1 de la Res. 3-SECLYT-12, establece que las designaciones de los Directores Generales deberán tramitar por Expediente Electrónico, conforme lo establecido en el Decreto N° 196/11, utilizando el Módulo EE del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE.