RESOLUCIÓN 596 2012 MINISTERIO DE HACIENDA

Síntesis:

INSTRUMENTA ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 6-12 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA

Publicación:

24/04/2012

Sanción:

18/04/2012

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA


VISTO:

La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva N° 6/12 de la Comisión Paritaria Central, el Expediente N° 760556/12, Y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Acta de Negociación Colectiva N° 6/12, suscripta el 12/04/12 en el marco de la Comisión Paritaria Central, entre el Consejo Central para la Negociación Colectiva y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), se acordó el incremento salarial para el personal que revista en la planta permanente de la Carrera Administrativa (Decreto N° 583/05 ssgtes. y complementarios) de la Administración Central;

Que, asimismo, en dicha Acta se estableció el esquema en que se hará efectivo el referido incremento salarial, como así también la aplicación de una nueva escala de antigüedad y la modificación de diversos adicionales;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley citada, los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;

Que, en ese sentido, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se instrumente el Acta de Negociación Colectiva N° 6/12 suscripta en el marco de la Comisión Central;

Por ello, en virtud de las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE

Artículo 1°.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva N° 6/12, suscripta el 12/04/12 en el marco de la Comisión Paritaria Central, entre el Consejo Central para la Negociación Colectiva y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), que en copia certificada obra como Anexo y forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA) y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Secretaría Legal y Técnica y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3898

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
Res 596-MHGC-12 Instrumenta Acta de Negociación Colectiva 6-12, entre el Consejo Central para la Negociación Colectiva y SUTECBA según ley 471