DECRETO 220 2012

Síntesis:

CREA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES-UPE - DISTRITO GUBERNAMENTAL - RANGO - ATRIBUCIONES Y NIVEL DE DIRECCIÓN GENERAL - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO - ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL - DESIGNACIÓN DE PERSONAL Y DICTADO DE NORMAS  MINISTRO DE DESARROLLO URBANO - OBRA CONSTRUCCIÓN DE LOS EDIFICIOS DEL NUEVO DISTRITO GUBERNAMENTAL  

Publicación:

15/05/2012

Sanción:

09/05/2012

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

la Ley N° 4.013, el Decreto N° 660/11, el Expediente N° 392784/2012, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 4.013 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Desarrollo Urbano;

Que por Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel Dirección General;

Que es competencia del Ministerio de Desarrollo Urbano, diseñar y ejecutar los planes, programas y proyectos urbanísticos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en tal sentido, se insta la creación de un Distrito Gubernamental, con la finalidad de contar con un espacio gubernamental de carácter local, con fuerte identidad y dotado de la calidad espacial y simbolismo requerido para destacar la presencia de la Administración de la Ciudad;

Que en virtud de las competencias que le son propias, el Ministerio de Desarrollo Urbano, ha arbitrado las acciones necesarias con la finalidad de ejecutar la obra "Construcción de los Edificios del Nuevo Distrito Gubernamental";

Que en aras de la ejecución de la obra en cuestión, será objetivo fundamental optimizar el trámite administrativo de los proyectos, agilizando la comunicación entre las áreas y brindando respuestas eficientes a los reclamos de la gestión;

Que a los efectos de desarrollar la mentada tarea, resulta necesaria la creación de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Distrito Gubernamental, en la órbita del Ministerio de Desarrollo Urbano;

Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Créase en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Urbano, la Unidad de Proyectos Especiales (UPE), Distrito Gubernamental, con rango, nivel y atribuciones de Dirección General, de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) y II (Objetivos), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 660/11.

Artículo 2°.- Delégase en el señor Ministro de Desarrollo Urbano, la definición de la estructura orgánico funcional de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE), Distrito Gubernamental y la designación de su personal, así como el dictado de la normas complementarias que resulten necesarias para la consecución de los objetivos de la Unidad.

Artículo 3°.- La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependiente del Ministerio de Hacienda, arbitrará las medidas pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Urbano, de Modernización y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios de Modernización y de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. MACRI - Chaín - Ibarra - Rodríguez Larreta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3911

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Dec. 220-12 modifica en forma parcial al Dec. 660-11 respecto al Ministerio de Desarrollo Urbano
MODIFICADA POR
Artículo 1 del Decreto 314-14, modifica los objetivos de la Unidad de Proyectos Especiales -UPE- Distrito Gubernamental, creada por Decreto 220-12.