RESOLUCIÓN 295 2012 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

ESTABLECE ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE EMPADRONAMIENTO INMOBILIARIO

Publicación:

16/05/2012

Sanción:

10/05/2012

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO:

La Ley N° 2.603 (B.O.C.B.A. N° 2.846) y la Resolución N° 500/AGIP/2008 y sus

modificatorias, y las Resoluciones Nros. 168/AGIP/2011, 722/AGIP/2011 y

210/AGIP/2012, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.603 faculta al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a

establecer la estructura de la referida Administración;

Que mediante la Resolución N° 500-AGIP-2008 se aprobó la Estructura Orgánico

Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;

Que mediante las Resoluciones Nros. 168/AGIP/2011, 722/AGIP/2011 y

210/AGIP/2012 se realizaron modificaciones a la estructura funcional de la

Subdirección General de Empadronamiento Inmobiliario de la Dirección General de

Rentas;

Que por el Artículo 2° de la última de la Resoluciones mencionadas en el considerando

precedente, se aprobó el nuevo Organigrama General correspondiente a la

Subdirección General precitada, omitiéndose incluir en el mismo la División Gestión

Administrativa;

Que, resulta necesario adecuar el desarrollo estructural de la precitada Subdirección

General;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE

Artículo 1°.- Establécese que el Organigrama Estructural de la Subdirección General

de Empadronamiento Inmobiliario es el detallado en el Anexo I a) de la presente, el

que a todos sus efectos forma parte de la presente, el cual se complementa con el

desarrollo estructural de las Direcciones que lo conforman, en un todo de acuerdo con

lo indicado en los Anexos I b) y I c), los que a todos sus efectos forman parte

integrante de la presente, sustituyéndose por lo tanto los aprobados oportunamente

para dicha Subdirección General mediante Resoluciones Nros. 168/AGIP/2011,

722/AGIP/2011 y 210/AGIP/2012.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todas las áreas dependientes de la Administración Gubernamental de

Ingresos Públicos, al Ministerio de Hacienda, a la Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de

Modernización y pase al Departamento Recursos Humanos de la Administración

Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese. Walter


ANEXOS

ANEXO

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3912