DISPOSICIÓN 4386 2012 DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS
Síntesis:
ESTABLECE MARCO REFERENCIAL NORMATIVO - TRAMITACION DE SOLICITUDES DE HABILITACION - RÉGIMEN DE HABILITACIONES Y REGLAMENTACIÓN - DECRETO 93-2006 - COMERCIOS MINORISTAS DE AFLUENCIA MASIVA - DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS
Publicación:
21/05/2012
Sanción:
11/05/2012
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS
VISTO:
la Resolución 211/AGC/2011(BOCBA N° 3727) y su modificatoria Resolución N°
484/AGC/2011;
CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado de la Resolución 211/AGC/2011 (BOCBA N° 3727) y su
modificatoria Resolución N° 484/AGC/2011, se implementa el sistema de Auditorias
Integrales Programadas, que propone unificar los criterios y procedimientos
inspectivos a llevarse a cabo por parte de los organismos de fiscalización de la
Agencia Gubernamental de Control, respecto de las actividades previstas en la Ley
2553;
Que a los fines de potenciar la eficacia de las procedimientos de fiscalización y control
que desarrolla la Agencia Gubernamental de Control, su Dirección Ejecutiva decidió
instrumentar el programa de Auditorías Integrales Programadas (AIP), con el objeto de
promover a la regularización de los establecimientos comerciales de la Ciudad,
recurriendo a herramientas que reafirman la transparencia y la colaboración recíproca
entre el poder público y los administrados;
Que en ese sentido, corresponde ofrecer al administrado criterios claros y precisos a
tenerse en cuenta para el debido cumplimiento de las normas de aplicación
comprometidas en cada caso;
Que con objeto de instrumentar el procedimiento que determina las AIP en el ámbito
de competencia de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, se entiende
oportuno integrar las fuentes legales que dan sustento a los usos implicados en los
establecimientos destinados a Comercios Minoristas: "Locales Comerciales de
Afluencia Masiva de Público" y englobar de manera uniforme el contenido normativo
de cada uno de los rubros;
Que el marco normativo indicado, deberá ser considerando en la tramitación de
solicitudes que se gestionen conforme lo establece el Régimen de Habilitaciones que
determina el Capítulo 2.1 AD 700.5,
Por ello y en virtud de las facultades conferidas.
Artículo 1.- Establecer el marco referencial normativo a aplicarse en la tramitación de
solicitudes que se gestionen al amparo de lo establecido en el Régimen de
Habilitaciones que determina el Capítulo 2.1 AD 700.5 y su reglamentación dictada
mediante Decreto N° 93/2006 para los rubros comprendidos en el Agrupamiento
"Comercios Minoristas: Locales Comerciales de Afluencia Masiva de Público",
conforme los términos del Anexo I que forma parte integral de la presente.
Artículo 2.- Regístrese. Comuníquese a la Dirección Ejecutiva de la Agencia
Gubernamental de Control, a la Direcciones Generales de Fiscalización de Obras y
Catastro, de Fiscalización y Control y de Higiene y Seguridad Alimentaria. Publíquese
en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecho,
archívese. Sandberg Haedo
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3915