LEY 4136 2012

Síntesis:

MODIFICA CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TAXI MEDIANTE UN CONDUCTOR NO HABILITADO PARA PRESTAR DICHO SERVICIO O NO HABILITADO PARA CONDUCIR ESA UNIDAD

Publicación:

29/05/2012

Sanción:

26/04/2012

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

22/05/2012

Estado:

No vigente


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Sustitúyese el texto del inciso 12.11.2.2 del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad de Buenos Aires por el siguiente:

"12.11.2.2 la prestación de servicio de taxi mediante un conductor no habilitado para

prestar dicho servicio o no habilitado para conducir esa unidad, dará lugar al labrado

del acta de comprobación a su conductor y al titular de la Licencia le será dispuesta la

caducidad de la misma, pudiendo incluso disponerse la inhabilitación del responsable

por el término de cinco (5) años para ejercer la actividad."

Art 2°.- Comuníquese. etc. Ritondo - Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo1 de la Ley 4136, sustituye el texto del inciso 12.11.2.2 del Código de Tránsito y Transporte, aprobado por Ley 2148.</p>
PROMULGADA POR