DECRETO 252 2012
Síntesis:
MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - Y MINISTERIO DE GOBIERNO - CREA LA SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACIÓN - SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PÚBLICOS - MODIFÍCA DENOMINACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL OFICINA DE ASUNTOS LEGISLATIVOS Y ORGANISMOS DE CONTROL POR DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LEGISLATIVOS - MINISTERIO DE HACIENDA ARBITRA LAS MEDIDAS PERTINENTES
Publicación:
01/06/2012
Sanción:
28/05/2012
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 4.013, los Decretos Nros 684/09, 660/11 y modificatorios, el Expediente N°
847.055112. y
CONSIDERANDO:
Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha
venido desarrollando diferentes políticas públicas para mejorar la eficiencia y la
eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras
organizativas una de las acciones centrales para la consecución de los objetivos antes
mencionados;
Que dichas políticas, entre otros aspectos, se han enfocado en el manejo de los
recursos del Gobierno en pos del desarrollo de un plan operativo estraratégico nuevas
políticas de recursos humanos, incorporación de nuevas tecnologías, promoción de
una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos
administrativos y establecimiento de nuevas estructuras orgánico funcionales;
Que por el Decreto N° 684/09 se reglamentó el Régimen Gerencial para los cargos
más altos de la Administración Pública, previstos en el artículo 34 de la ley N° 471;
Que por la ley N° 4.013 se sancionó la ley de Misterios del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios de Poder E.jecutivo, a la Jefatura
de Gabinete de Ministros y al Ministerio de Gobierno;
Que por el Decreto N° 660/11 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de
Dirección General;
Que de conformidad con lo establecido en el citado Decreto, la Subsecretaría de
Gobierno es un área dependiente del Ministerio de Gobierno, que tiene entre sus
responsabilidades primarias coordinar las relaciones con otros poderes de la Ciudad
de Buenos Aires, entender en las relaciones del Poder Ejecutivo con la Legislatura de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con todos los organismos de control de la
Ciudad y promover y diseñar acciones y mecanismos que faciliten el libre acceso a la
información pública;
Que asimismo, es la Jefatura de Gabinete de Ministros, en su carácter de Ministro
Coordinador, el área encargada de diseñar e implementar los instrumentos para el
monitoreo de planes, programas y proyectos que aseguren el cumplimiento de los
objetivos fijados en el Plan General de Acción de Gobierno, efectuar el control de
gestión y supervisar a gestión del Gobierno de la Ciudad, diseñar y supervisar el
sistema de atención y reclamos de los ciudadanos;
Que en este marco, y de acuerdo a las competencias descriptas resulta conveniente
que sea el Ministerio Coordinador el encargado de actuar como enlace con los
Organismos de Control de la Ciudad de Buenos Aires y de administrar el sistema de
gestión de actuaciones derivadas por los mismos, al tiempo que es propicio que sea
dicho Ministerio quien diseñe e implemente tas acciones y mecanismos que faciliten el
libre acceso a la información pública;
Que, en virtud de lo expuesto resulta necesario crear la Subsecretaría de Asuntos
Públicos dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y en su órbita la
Dirección General Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información;
Que por otra parte corresponde transferir la Dirección General de Coordinación de la
Gestión Política y Relaciones Institucionales de la órbita de la Subsecretaría de
Gobierno del Ministerio de Gobierno a la Subsecretaría de Asuntos Públicos de la
Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que en atención a las mentadas modificaciones, corresponde adecuar las
responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Gobierno y de la Dirección
General de Asuntos legislativos y Organismos de Control, así como modificar la
denominación de la citada Dirección General por Dirección General de Asuntos
Legislativos;
Que atento a lo expuesto, corresponde modificar parcialmente la estructura
Organizativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del Ministerio de Gobierno,
quedando modificado en tal sentido el Decreto N° 660/11 y modificatorios.
Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Modifícase la estructura organizativa de la Jefatura de Gabinete de
Ministros y del Ministerio de Gobierno del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 660/11 y modificatorios, de
acuerdo con los Anexos I (Organigrama) y II (Responsabilidades Primarias y Acciones)
los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente.
Artículo 2°.- Créase la Subsecretaría de Asuntos Públicos dependiente de la Jefatura
de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Créase la Dirección General Seguimiento de Organismos de Control y
Acceso a la Información dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Públicos de la
Jefatura de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Modifícase la denominación de la Dirección General Oficina de Asuntos
Legislativos y Organismos de Control por Dirección General de Asuntos Legislativos.
Artículo 5°.- El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, arbitrara las medidas pertinentes para dar
cumplimiento al presente Decreto.
Artículo 6°.- El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Gobierno y
de Modernización y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 7°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto
del Ministerio de Hacienda y de Estructuras del Gobierno y Relaciones Laborales del
Ministerio de Modernización y para su conocimiento y demás efectos remítase al
Ministerio de Gobierno y a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese.
MACRI - Monzó - Ibarra - Rodríguez Larreta
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3923